Síguenos

Valencia

Barceló: «Puede que solo se aplique una dosis a los vacunados con AstraZeneca»

Publicado

en

València, 8 abr (EFE).- La consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha explicado este jueves que cabe la posibilidad de que solo sea necesaria aplicar una dosis a las personas menores de 60 años que han sido vacunadas con AstraZeneca, ya que hay estudios que muestran que la eficacia de esta vacuna es del 76 % solo con la primera inoculación.

La consellera se ha pronunciado así en rueda de prensa preguntada por la decisión del Consejo Interterritorial de Sanidad adoptada este miércoles de paralizar la vacunación con AstraZeneca a los menores de 60 años, en la que ha transmitido un mensaje de «total tranquilidad».

Ha recordado que la pauta entre ambas dosis es de doce semanas, por lo que hasta principios de junio no correspondería inocular la segunda en la Comunitat Valenciana, de manera que hay «margen de decisión» en esos tres meses para esperar a la decisión que adopte Salud Pública al respecto.

La consellera ha destacado que se está trabajando en la comisión de Vacunas y en la de Salud Pública sobre esta cuestión, y que esperarán a que los estudios que se han puesto en marcha sobre los efectos de esta vacuna alcancen una conclusión, ha agregado.

Asimismo, ha apuntado la posibilidad de que la vacuna de AstraZeneca, que en principio se reservó para menores de 55 y posteriormente se amplió hasta los 65 años, pueda ser autorizada para su aplicación a mayores de 65, como ya han solicitado varias autonomías, para lo que se va a celebrar una reunión esta tarde.

Barceló ha explicado que, en estos momentos, no hay ninguna persona menor de 60 años citada en la Comunitat Valenciana para ser vacunada, y que se está citando al colectivo de edad de 79 a 75 años, y a partir de los 65 años.

La consellera ha recordado que la mayoría de vacunas de AstraZeneca se han administrado a personal docente y de las fuerzas de seguridad, a quienes se pospone y aplaza la inoculación de la segunda dosis hasta que se disponga de vacunas de otras marcas o se tengan los informes al respecto.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo