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Un juzgado de Granada paraliza la entrega del hijo de Juana Rivas a su padre en Italia hasta el 25 de julio

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caso Juana Rivas

El menor se quedará provisionalmente con su madre tras negarse a regresar con su progenitor, Francesco Arcuri. Mañana se celebrará una vista judicial clave con ambas partes y la Fiscalía.

Granada, 22 de julio de 2025. El caso de Juana Rivas vuelve a dar un giro inesperado. El Juzgado de Familia número 3 de Granada ha decidido suspender temporalmente la entrega del hijo menor de Rivas a su padre, Francesco Arcuri, al menos hasta el próximo viernes 25 de julio.

La resolución se ha dictado tras los informes del Punto de Encuentro Familiar de la Junta de Andalucía, que alertaron de dificultades en la ejecución de la entrega, prevista inicialmente para este martes por la mañana. El tribunal considera que no se puede proceder si existe la posibilidad de que se use «fuerza física o coacción», algo completamente descartado en este contexto.

El niño rechaza volver a Italia: «Me va a matar como vuelva»

En una escena cargada de tensión, el menor expresó su rechazo rotundo a regresar con su padre a Italia. «No me quiero ir. Me va a matar como vuelva. No puedo volver», dijo a la salida del centro, donde se le vio visiblemente afectado y acompañado por su hermano mayor, Gabriel, de 18 años.

La madre, Juana Rivas, también se mostró profundamente afectada. Tras el intento fallido de entrega, sufrió una crisis de ansiedad y fue atendida por una ambulancia en el mismo lugar. Todo ello sucedió bajo una gran expectación mediática, con numerosos periodistas y simpatizantes congregados.

Mañana, vista con la Fiscalía para definir el futuro del menor

El juzgado ha citado para este miércoles 23 de julio a ambas partes, junto con un representante de la Fiscalía, a fin de “fijar las condiciones del regreso del menor” a Italia, en cumplimiento de la sentencia dictada por la Corte de Apelación de Cagliari, que atribuye la custodia al padre, Francesco Arcuri.

Mientras tanto, el niño permanecerá bajo la custodia de su madre en su residencia de Maracena, Granada. El tribunal ha ordenado no revelar el lugar ni el modo exacto de la futura entrega, para “preservar el interés superior del menor” y protegerlo de una exposición innecesaria.

El Constitucional rechaza el recurso de Juana Rivas

Horas antes del intento de entrega, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso de amparo presentado por Juana Rivas, que solicitaba la suspensión de la orden judicial de devolución del menor. El alto tribunal desestimó el recurso por falta de agotamiento de la vía judicial ordinaria y por no apreciar especial trascendencia constitucional.

Los magistrados consideraron que aún está pendiente un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, y que el recurso de Rivas adolecía además de defectos formales, como la falta de acreditación del poder del procurador.

Arcuri insiste en que el niño quiere vivir en Italia

Por su parte, el abogado de Francesco Arcuri en España, Enrique Zambrano, señaló que el niño ha expresado en múltiples ocasiones su deseo de regresar a Italia, siempre que no haya estado «aislado». A su juicio, «no existía ningún impedimento legal para que el niño regresara hoy».

Este nuevo episodio reabre el complejo conflicto legal que Juana Rivas mantiene desde hace años con su expareja por la custodia de sus hijos, marcado por denuncias de malos tratos, procesos en tribunales internacionales y un gran seguimiento mediático.

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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