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Castellón y Alicante, las provincias con más ciclistas muertos en la carretera de 2017

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MADRID/VALÈNCIA, 2 May. (EUROPA PRESS) – Alicante y Castellón son las provincias que más víctimas han registrado en sus carreteras en 2017, con cuatro ciclistas fallecidos cada una, seguidas de Valencia y Madrid, con tres. También Castellón lidera el ranking los accidentes con bicicletas implicadas con 422 siniestros, junto a Baleares (330) y Sevilla (316).

La Dirección General de Tráfico (DGT) contabilizó en 2017 un total de 3.856 accidentes en los que estuvo implicada una bicicleta y, en ellos, fallecieron hasta 44 ciclistas, según los datos provisionales facilitados por el Gobierno en respuesta a una pregunta parlamentaria realizada por el portavoz del PSOE en materia de Seguridad Vial, Pablo Bellido.

La cifra de muertes, que recoge los números entre enero y octubre del año pasado, supone un incremento con respecto a los fallecimientos registrados en el mismo periodo de 2016, ya que en los primeros diez meses de ese año murieron 30 ciclistas.

Estas cifras se conocen en medio de la tramitación en el Congreso de la reforma del Código Penal, propuesta por el PP, para endurecer las penas por atropello a ciclistas.

En el texto presentado, los ‘populares’ apuestan por calificar siempre como imprudencia grave la conducción que atenta contra la integridad de las personas en los siguientes tres supuestos: cuando se comete un delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad, cuando se hace bajo la influencia de drogas, o bajo la influencia de alcohol.

SEIS AÑOS DE PRISIÓN MÁXIMO
Hasta ahora, el juez valoraba si la imprudencia había sido grave, menos grave o leve, de acuerdo con las circunstancias concurrentes en el hecho. Con la nueva regulación propuesta, en cualquiera de estos tres supuestos no cabrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave en cualquier caso. Las penas máximas pasan así de cuatro a nueve años.

Sin embargo, tanto PSOE como Unidos Podemos no coinciden con este planteamiento y han registrados varias enmiendas a estos artículos, en las que se recoge que, en caso de homicidio imprudente al volante, el juez puede imponer la pena «en su mitad superior» o, «excepcionalmente, la pena superior en grado», lo que dejaría la pena máxima a imponer en seis años.

Por su parte, Ciudadanos, no toca este punto, pero sí llaman a elevar las penas mínimas de privación de del derecho a conducir en el caso de que haya muertos. Así, si el PP plantea que este tipo de delitos al volante supongan entre uno y seis años de retirada de carné, los naranja elevan a 18 meses la sanción mínima.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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