Síguenos

Valencia

Cierran dos playas en Orihuela por contaminación residual, en un caso, y vertido, en otro

Publicado

en

Cierre playas Orihuela

Cierre Preventivo de Playas en Orihuela por Contaminación

La Concejalía de Playas de Orihuela (Alicante) ha ordenado el cierre preventivo de las playas de Cala Mosca y La Glea debido a «problemas de contaminación detectados recientemente por la Conselleria de Medio Ambiente y Agua», según ha informado este martes el ayuntamiento en un comunicado.

Contaminación en Playa de La Glea y Cala Mosca

En concreto, se ha precintado la zona tras los resultados de los controles de calidad de las aguas que han indicado una contaminación de “origen residual” en la playa de La Glea y un “vertido en la zona seca” de Cala Mosca, según el informe recibido por la Dirección General del Agua, se indica en la nota de prensa.

Programa de Control de la Calidad de las Aguas de Baño

En el marco del Programa de Control de la Calidad de las Aguas de Baño, desarrollado por la Conselleria de Medio Ambiente y Agua, se han identificado niveles elevados en los parámetros microbiológicos en las muestras tomadas el pasado 22 de julio en la playa de La Glea, y por tanto, se ha decidido cerrar preventivamente esta playa al baño.

Medidas de Precaución en Cala Mosca

Desde la Dirección General del Agua se ha constatado la presencia de un vertido en la zona seca de la playa de Cala Mosca, del que se han tomado muestras, tanto del vertido como de la zona de baño, cuyos resultados estarán disponibles próximamente. Como medida de precaución, se ha indicado el cierre de Cala Mosca al baño hasta que se elimine completamente el vertido y se compruebe que no afecta la calidad del agua de la playa.

Esfuerzos para Reabrir las Playas

Estas pruebas, realizadas semanalmente por la Conselleria, permiten tomar decisiones preventivas antes de que los problemas se agraven. El aumento de población en la costa durante el verano es un factor recurrente en este tipo de situaciones. Desde la Concejalía de Playas han confirmado que se están “realizando todos los esfuerzos posibles para reabrir estas playas al baño lo antes posible”, siguiendo las indicaciones de la Dirección General del Agua y llevando a cabo las labores necesarias para solucionar este problema.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo