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Comunicado del Banco de España sobre la imputación de Fernández Ordoñez y Segura

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La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su reunión de hoy día 14 de febrero, ha aceptado las renuncias presentadas ayer por D. Mariano Herrera García-Canturri, D. Pedro Comín Rodríguez, y D. Pedro González González, haciendo constar su agradecimiento por los servicios prestados. Además, ha aprobado el siguiente comunicado:

El Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional relativo a las diligencias previas nº 59/2012, que se hizo público ayer, día 13 de febrero de 2017, ha acordado que resulta pertinente que sean llamados a declarar como investigados los responsables del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que tenían bajo su competencia la supervisión de BFA-Bankia en el momento de su constitución y posterior salida a Bolsa.

La Comisión Ejecutiva ha acordado, por unanimidad, manifestar su plena confianza en todos los responsables del Banco de España a los que afecta el citado acuerdo de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y confía plenamente en que las actuaciones a llevar a cabo por la Audiencia permitirán aclarar cuantas dudas existan sobre la actuación del Banco de España en el proceso de constitución y recapitalización de BFA-Bankia, considerando que se ajustó, en todo momento, al cumplimiento de la normativa, a la defensa de la estabilidad financiera y al interés general.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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