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Pedro Cortés, condenado a un año y diez meses de cárcel por abusar de un canterano del VCF

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València, 3 mar (OFFICIAL PRESS – EFE).- El expresidente del Valencia CF Pedro Cortés ha sido condenado a un año y diez meses de prisión por abusar sexualmente de un futbolista menor de edad, perteneciente a la cantera del club, mientras le llevaba en su coche, y al que además tendrá que indemnizar con 6.000 euros.

 

Pedro Cortés, condenado a un año y diez meses de cárcel

Así consta en la sentencia hecha pública este viernes, a la que ha tenido acceso EFE, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de València tras el juicio celebrado el pasado 23 de febrero. En el fallo se le prohíbe, además, aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con él por cualquier medio durante tres años, al tiempo que se le impone libertad vigilada durante dos años.

Cortés sigue negando los hechos

En la vista celebrada ese día, Cortés negó haber tocado las partes íntimas del menor aunque admitió haber sido el autor de unos mensajes de texto enviados al futbolista, según explicó el letrado de la acusación popular, porque el juicio se celebró a puerta cerrada a petición de todas las partes.

La acusación pedía más condena

La defensa del menor solicitaba para Cortés una condena de dos años y medio de prisión y entendía que había prueba de cargo suficiente para obtener una sentencia condenatoria con «pruebas periféricas que corroboran el testimonio del menor».
Por el contrario, el letrado del expresidente del Valencia CF explicó que ni la Fiscalía ni la acusación particular habían modificado una acusación sustentada en los artículos 182.1 y 192.1 del Código Penal, que recientemente han sido modificados por la conocida como ley de «solo sí es sí».

Cortés está procesado desde octubre de 2021 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Paterna (Valencia) por ese presunto delito. Aunque la investigación no salió a la luz hasta enero de 2021. Ese mismo día, el expresidente del Valencia CF entre 1997 y 2001 negó la acusación a través de un comunicado emitido por su abogado y presentó su dimisión ante la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de su cargo como delegado de la selección nacional absoluta.

La Fiscalía prueba como había contacto de manera habitual

La Fiscalía Provincial de Valencia pedía una condena de dos años de prisión para el expresidente del Valencia CF. En su escrito de calificación ante el Juzgado, la fiscal explicaba que el menor firmó un contrato de representación con la agencia de un familiar de Cortés, lo que «facilitó que el acusado tuviera contacto de manera habitual con el menor», lo que, a su vez, dio lugar a una «relación de confianza».

Cómo actuaba Cortés

Según este escrito, en noviembre de 2020, Cortés invitó al joven jugador, que entonces tenía 16 años, a comer con su familia en un restaurante de Valencia y durante la comida le susurró al oído: «Te voy a comer enterito».

Después, Cortés trasladó al menor a la ciudad deportiva de Paterna, donde residía, y «guiado por su ánimo libidinoso posó su mano derecha en el muslo izquierdo del menor comenzando a hacerle masajes en forma circular desplazando su mano el acusado hasta la zona genital, llegando a colocarla sobre el pene del mismo».

Según el relato de la Fiscalía, el menor apartó la mano de Cortés, que le dijo en ese momento que «vida hay solo una y hay que disfrutarla». Los padres del menor denunciaron los hechos tras ser conocedores de los mismos.

 

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Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis
Hospital General de València en imagen de archivo - GVA - Archivo

La compañía aseguradora de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años que falleció por una pancreatitis aguda tras permanecer 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica continuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación presentada por la asociación El Defensor del Paciente, cuyos letrados, Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre, han logrado que ambas aseguradoras asuman la compensación económica por los daños causados.


36 horas en un box sin seguimiento médico

Según detalla la asociación en un comunicado, la paciente permaneció en un box de Urgencias desde las 00:12 horas del día de su ingreso hasta las 07:32 horas del día siguiente, momento en el que se certificó su fallecimiento.

Durante ese periodo, denuncian que no consta registro de constantes vitales, analíticas ni nuevas exploraciones médicas, más allá de la evaluación inicial realizada a su llegada al hospital.

El acuerdo se ha producido en el marco de un procedimiento administrativo tras interponerse una reclamación patrimonial contra la sanidad pública por presunta negligencia médica.


Ingreso sin cama disponible y falta de atención

Los hechos se remontan al 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias con síntomas como dolor abdominal, vómitos y sensación de hinchazón.

Tras las primeras pruebas, entre ellas una ecografía abdominal, se detectó litiasis biliar y se diagnosticó una pancreatitis aguda biliar, por lo que se ordenó su ingreso hospitalario.

Sin embargo, ante la falta de camas disponibles, la paciente permaneció en el área de Urgencias a la espera de traslado y tratamiento.

Según la asociación, durante ese tiempo la mujer estuvo “36 horas esperando atención” y finalmente falleció sola en el box sin que ningún profesional sanitario advirtiera la situación a tiempo.


Una patología que requiere vigilancia intensiva

La pancreatitis aguda puede evolucionar de forma leve o grave. En los casos más severos, puede provocar inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo multiorgánico, con tasas de mortalidad que superan el 30%.

Por ello, este tipo de pacientes requiere monitorización constante, uso de escalas pronósticas y tratamiento intensivo precoz para evitar complicaciones.

La asociación denuncia que no se aplicaron estos protocolos básicos, lo que, a su juicio, derivó en una muerte evitable.


Denuncian “inacción” y falta de atención mínima

El Defensor del Paciente considera que la fallecida tenía “altas expectativas de curación”, pero que la falta de atención sanitaria le privó de recibir el tratamiento necesario.

“La paciente fue abandonada en un box de Urgencias sin la supervisión mínima exigible”, subraya la entidad, que insiste en que este tipo de situaciones son evitables con un seguimiento básico de los pacientes ingresados.

Asimismo, recalcan que no es aceptable que durante más de un día ningún profesional sanitario se acercara a valorar su estado, lo que consideran una grave negligencia asistencial.

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