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Condenan al Banco Santander a devolver 85.000 euros invertidos en sus Valores

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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Valencia que condenaba a Banco Santander a la devolución de 85.000 euros invertidos en Valores Santander. El cliente demandante en este procedimiento realizó en el año 2007 dos compras de Valores Santander —también conocido por el nombre de «Producto Amarillo»— por importes respectivos de 40.000 y 45.000 euros.

El cliente desconocía que se trataba de un producto financiero de alto riesgo en el que podía perder el capital, en concreto que se trataba de un producto financiero híbrido muy complejo. Los empleados, sin embargo, le aseguraron que se trataba de una inversión sencilla y garantizada por Banco Santander pues se trataba de un producto diseñado por el propio banco, no informándole detalladamente de los muchos inconvenientes que asumía con estos Valores Santander.

La comercialización de los Valores Santander se enmarcó en una operación masiva de venta del producto en el año 2007 que dirigía entonces Emilio Botín en la que Banco Santander fue capaz de colocar en apenas nueve días hábiles un total de 7.000 millones de euros entre 129.000 clientes de la entidad, que ocasionaron cuantiosas pérdidas a los mismos.

El objetivo de esta venta masiva de 2007 era captar el dinero necesario para abordar la compra del banco holandés ABN Amro. Por esta exigencia de captación de capital, la iniciativa de comercialización de estos Valores Santander partió siempre del propio Banco Santander y se realizó en tiempo récord. El criterio general de venta al seleccionar a los posibles compradores fue indiscriminado puesto que se realizó al máximo número de clientes de la entidad para satisfacer los objetivos de esta importante captación de dinero necesaria para realizar la operación de compra del banco holandés. El producto tenía además la característica específica de que necesariamente acabaría transformándose en acciones del propio Banco Santander en el año 2012

El cliente demandante en este asunto desconocedor de temas bancarios es de profesión carpintero adquirió en su oficina sita en Castellar, Valencia, y sólo contó con las recomendaciones verbales de la entidad que incidían en las supuestas ventajas de un producto financiero calificado como complejo y de riesgo, minimizando del todo sus inconvenientes. No le entregaron los folletos informativos pertinentes ni anexos específicos sobre riesgos.

El abogado Jaime Navarro que ha llevado este caso puso de manifiesto que en una comercialización financiera de riesgo «la entrega efectiva de toda la información disponible sobre la inversión siempre es imprescindible máxime en un caso de un cliente ajeno al mundo financiero y sin conocimientos específicos sobre inversiones».

La Audiencia Provincial de Valencia al confirmar la sentencia condenatoria evidencia que la obligación de la información veraz y adecuada corresponde siempre a la entidad bancaria que está obligada a manejarse con la máxima transparencia y diligencia respecto a sus clientes, ordenando la devolución al cliente de los 85.000 euros invertidos en 2007, y anulando asimismo la automática conversión de los Valores Santander en acciones de la entidad que se realizó en el año 2012.

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Audiencia de Madrid reconoce indicios de que la muerte de Mario Biondo pudo no ser un suicidio

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últimas horas Mario Biondo

La Audiencia de Madrid ha reconocido que existen indicios de que la muerte de Mario Biondo, cámara de televisión y entonces marido de la presentadora Raquel Sánchez Silva, podría no haber sido un suicidio, abriendo la puerta a la hipótesis del homicidio.

Mario Biondo falleció en mayo de 2013, y ya en agosto de 2022, el Tribunal de Palermo en Italia había señalado que la muerte podría deberse a un homicidio. La resolución de la Audiencia madrileña recoge que se aportaron nuevas pruebas, incluyendo denuncias y periciales, que sugieren que su fallecimiento no fue suicida.

Recurso desestimado por cosa juzgada

Pese a reconocer estos indicios, la Audiencia de Madrid desestimó el recurso de apelación presentado por la familia Biondo al considerarlo cosa juzgada. La familia mantiene la convicción de que la muerte del cámara fue homicidio y ha anunciado la presentación de recursos al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Derechos Humanos de Europa para reabrir el caso y practicar nuevas pruebas en España.

Argumentos de la familia Biondo

Según el despacho Vosseler Abogados, que representa a la familia, la resolución del tribunal italiano indica que en el momento del hallazgo del cadáver no se realizaron ciertas investigaciones esenciales, como interceptaciones ambientales y telefónicas. Estas omisiones dificultaron esclarecer los hechos en su momento y limitan la continuidad de la investigación.

La abogada Leire López afirma: “La Audiencia de Madrid ha estimado como ciertos todos los argumentos de la resolución de Palermo, incluidos los que impiden proseguir con la investigación a causa del tiempo transcurrido”.

Denuncia inicial y hallazgos

Los abogados de la familia interpusieron una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, destacando contradicciones entre las evidencias y la tesis del suicidio. Según la resolución italiana, “los elementos del expediente sugieren que Mario Biondo fue asesinado y posteriormente colocado en una posición para simular un suicidio”, argumentos que la Audiencia de Madrid ha acogido como indicios relevantes.

Próximos pasos

La familia Biondo continúa luchando por reabrir la causa y esclarecer la muerte de Mario Biondo, mientras mantiene el objetivo de practicar nuevas pruebas en España y reclamar la responsabilidad patrimonial de la administración de justicia por las irregularidades en la investigación y la autopsia.

«Las últimas horas de Mario Biondo» ¿un documental?

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