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Estas son todas las condenas de la sentencia del caso Nóos
Publicado
hace 9 añosen
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de les Illes Balears ha comunicado este viernes a las partes personadas la sentencia dictada en el procedimiento abreviado 58/2015, conocido como “caso Nóos”.
El fallo de la sentencia, adoptada por unanimidad de las tres magistradas del tribunal –Samantha Romero, presidenta y ponente; Rocío Martín y Eleonora Moyá- es el siguiente:
Iñaki Urdangarin Liebaert ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que se le condena a 2 años y 8 meses de prisión, a una multa de 7 meses y 17 días con una cuota diaria de diez euros y a 2 años y 7 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
– Un delito de fraude a la Administración Pública, por el que se le condena a 7 meses de prisión y a 4 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
– Un delito de tráfico de influencias, por el que se le condena a 1 año de prisión.
– Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 1 año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (259.478,38 euros).
– Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 1 año de prisión y a una multa del duplo de la cantidad defraudada (253.075,30 euros).
La suma de las penas es la siguiente: 6 años y 3 meses de prisión, 7 años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.553,68 euros. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Iñaki Urdangarin ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Diego Torres Pérez ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que se le condena a 3 años de prisión, a una multa de 7 meses y 17 días con una cuota diaria de diez euros y a 3 años y de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
– Un delito de fraude a la Administración Pública, por el que se le condena a 8 meses de prisión y a 5 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
– Un delito de tráfico de influencias, por el que se le condena a diez meses de prisión.
– Un delito contra la Hacienda Pública, por el que se le condena a 2 años de prisión y a una multa del triplo de la cantidad defraudada (1.034.305,86).
– Un delito de blanqueo, por el que se le condena a 2 años de prisión y multa del tanto al duplo del valor de los bienes blanqueados (689.537,24 euros).
La suma de las penas es la siguiente: 8 años y 6 meses de prisión, 8 de inhabilitación especial y multa de 1.723.843,10 euros. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Diego Torres ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Jaume Matas Palou ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos, por los que ha sido condenado a 3 años de prisión, multa de 7 meses y 17 días a razón de una cuota diaria de diez euros y 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.
– Un delito de fraude a la Administración, por el que se le condena a 8 meses de prisión y a 4 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.
La suma de las penas es la siguiente: 3 años y 8 meses de prisión y 7 años de inhabilitación especial. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Jaume Matas ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
José Luis Ballester Tuliesa ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad cometida por funcionario público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que ha sido condenado a la pena de 9 meses y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 18 meses y cuatro días de multa a razón de una cuota diaria de diez euros- y 1 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación absoluta.
– Un delito de fraude a la Administración, por el que ha sido condenado a 6 meses de prisión –que se sustituye por la pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros- y a 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares..
La suma de las penas es la siguiente: 15 meses y 2 días de prisión –que se sustituyen por las penas de multa indicadas- y 4 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
José Luis Ballester ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Gonzalo Bernal García ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad cometida por funcionario público y con un delito de malversación de caudales públicos, por el que ha sido condenado a la pena de 9 meses y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 18 meses y cuatro días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros- y 1 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación absoluta.
– Un delito de fraude a la Administración, por el que ha sido condenado a 6 meses de prisión –que se sustituye por la pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros- y a 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares..
La suma de las penas es la siguiente: 15 meses y 2 días de prisión –que se sustituyen por las penas de multa indicadas- y 4 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo de la sentencia cuya copia se adjunta.
Gonzalo Bernal ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Juan Carlos Joaquín Alia Pino ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito de falsedad documental cometida por funcionario público en concurso medial con un delito de prevaricación, por el que ha sido condenado a 1 años y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 24 meses y 4 días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros-, a una multa de 1 mes y 17 días a razón de una cuota diaria de seis euros y a 6 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
Juan Carlos Joaquín Alia ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
Miguel Ángel Bonet Fiol ha sido declarado autor responsable de:
– Un delito de falsedad documental cometida por funcionario público en concurso medial con un delito de prevaricación, por el que ha sido condenado a 1 años y 2 días de prisión –que se sustituye por la pena de 24 meses y 4 días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros-, a una multa de 1 mes y 17 días a razón de una cuota diaria de seis euros y a 6 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
Miguel Ángel Bonet ha sido absuelto del resto de los delitos de los que estaba acusado.
El tribunal ha absuelto de los delitos de los que estaban acusados a Cristina de Borbón y Grecia y a Ana María Tejeiro Losada, declarando su responsabilidad civil en los siguiente términos:
- Cristina de Borbón y Grecia, en calidad de responsable civil a título lucrativo, responderá, conjunta y solidariamente con Iñaki Urdangarin, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 265.088,42 euros.
- Ana María Tejeiro Losada, en calidad de responsable civil a título lucrativo, responderá, conjunta y solidariamente con Diego Torres, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 344,934,31 euros.
Finalmente, el tribunal ha absuelto de los delitos de los que estaban acusados a:
- Miguel Tejeiro (absuelto por la retirada de la acusación)
- Marco Antonio Tejeiro Losada
- Luis Lobón Martín
- José Manual Aguilar Colás
- Jorge Vela Bargués
- Elisa Maldonado Garrido
- Mercedes Coghen Alber
- Alfonso Grau Alonso
- Salvador Trinxet Llorca
El tribunal ha condenado a la acusación popular ejercida por Manos Limpias a satisfacer el 50 por ciento de las costas del juicio oral causadas a Ana María Tejeiro Losada y el total de las costas del juicio oral causadas a Cristina de Borbón y Grecia.
Relato de hechos
La Audiencia Provincial de Baleares falla que la contratación de la mercantil Nóos Consultoría Estratégica, SL (NCE, SL), por parte de la administración Balear, participada al 50% por los acusados, D. Diego Torres Pérez y D. Ignacio Urdangarin, para la realización de la denominada “Oficina del Proyecto” y, de la Asociación Instituto Nóos, para la realización de los eventos denominados “Illes Balears Fórum 2005 y 2006”, se llevó a cabo prescindiendo de la tramitación legal que era aplicable y, respondió, a la decisión unilateral del entonces Presidente del Gobierno Balear que adoptó debido a la influencia ejercida por D. Ignacio Urdangarin, concertado con su entonces socio, D. Diego Torres Pérez. Para ello, D. Ignacio Urdangarin se sirvió de la íntima relación de amistad que le unía al recién nombrado Director General de Deportes, D. José Luís Ballester Tuliesa, y del privilegiado posicionamiento institucional que ocupaba en aquellas fechas.
Las decisiones adoptadas por el Presidente del Gobierno Balear, fueron trasladadas por el Sr. Ballester, a D. Juan Carlos Alía Pino (gerente de Ibatur) y, éste a su vez, al asesor jurídico de Ibatur, D. Miguel Ángel Bonet Fiol y, a D. Gonzalo Bernal García (gerente de la Fundación Illesport), quienes, trataron de revestir de legalidad las decisiones unilateralmente adoptadas por D. Jaume Matas, simulando que habían sido tomadas por la Fundación Illesport a través de la confección de unas actas en las que se hacían constar reuniones de la Comisión Ejecutiva o del Patronato de la Fundación, que nunca se celebraron. Asimismo la Fundación Illesport se hizo cargo del pago de 174.000 euros que no debía haber satisfecho puesto que tal importe debió ser abonado por la mercantil Abarca Sport, SL y, de la cantidad de 445.000 euros, correspondientes a los servicios relativos al Observatorio y al Plan Estratégico, incluidos en el convenio relativo al evento denominado “Illes Balears Fórum” 2006, que no llegaron a ejecutarse. Esta última cantidad, se abonó como consecuencia de la reiterada exigencia de pago promovida por los representantes del Instituto Nóos, pese a ser conscientes, la autoridad y los funcionarios públicos, que los servicios no se habían prestado.
Diego Torres e Ignacio Urdangarin tributaron a través del Impuesto de Sociedades lo que, en realidad, eran rendimientos devengados como consecuencia de su actividad profesional, que debieron haber tributado a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se aplicaron deducciones a las que no tenían derecho, defraudando al erario público cantidades superiores a 120.000 euros.
Diego Torres, a través de un entramado societario internacional, radicado en Belice y en el Reino Unido, ocultó la cuota defraudada al erario público, transformándola, para retornarla al circuito legal mediante la realización de sucesivos traspasos de fondos, hasta que acabaron depositados en cuentas su titularidad.
Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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Comunicado del Ayuntamiento de Villamanín tras el conflicto por el Gordo de la Lotería de Navidad
Publicado
hace 9 horasen
31 diciembre, 2025
Villamanín vive días de máxima tensión vecinal tras el sorteo del Gordo de la Lotería de Navidad del pasado 22 de diciembre. Lo que inicialmente fue una explosión de alegría y celebración se ha transformado en un profundo conflicto interno que ha llevado al Ayuntamiento de Villamanín a emitir un comunicado oficial para intentar frenar la fractura social que atraviesa el municipio.
El origen del problema está en la venta de más papeletas que décimos adquiridos, una situación que ha provocado enfrentamientos entre vecinos, acusaciones cruzadas y una división sin precedentes en esta pequeña localidad leonesa.
Un premio que acabó dividiendo al pueblo
El número 79432, agraciado con el primer premio de la Lotería de Navidad, lejos de unir a Villamanín, ha generado una auténtica “guerra” interna. Vecinos del municipio aseguran que el pueblo “ha quedado roto”, no tanto por la pérdida económica —cuantificada en unos cuatro millones de euros— sino por la dureza del enfrentamiento social que se ha producido a raíz de lo ocurrido.
El pasado 26 de diciembre se celebró una reunión especialmente tensa entre los portadores de papeletas premiadas y la comisión de fiestas, integrada por una decena de jóvenes y tres adultos, responsables de la gestión de las participaciones. El encuentro acabó con el municipio completamente dividido y con un fuerte desgaste personal para algunos de los implicados, especialmente jóvenes de entre 18 y 25 años.
Propuestas para resolver el conflicto
Durante esa reunión se pusieron sobre la mesa distintas alternativas para intentar minimizar el daño económico. La primera propuesta planteaba que uno de los décimos comprados a nombre de la comisión se destinara a cubrir parte del desfase, asumiendo el resto de la pérdida entre todos los vecinos, lo que suponía una reducción aproximada del 6 % del premio, unos 5.000 euros por persona.
Finalmente, la presión vecinal llevó a la comisión a entregar sus propios décimos y participaciones, e incluso se llegó a reclamar aportaciones de familiares. De esta forma se lograron dos millones de euros, que han sido depositados en los juzgados.
Según el acuerdo alcanzado, los agraciados cobrarán inicialmente un 10 % menos del premio, y si antes del 22 de marzo no se presentan denuncias contra la comisión de fiestas, el resto del dinero será repartido entre los afectados. Paralelamente, se ha iniciado una recaudación de fondos para intentar cubrir el agujero económico generado.
El comunicado del Ayuntamiento de Villamanín
Ante la gravedad de la situación y la repercusión mediática del conflicto, el Ayuntamiento ha difundido un comunicado con un mensaje claro: reconducir la convivencia y frenar la escalada de enfrentamientos.
En el texto, el consistorio expresa su “pesar por la situación que se está viviendo en el municipio” y por el daño que estos hechos están causando a la imagen pública de Villamanín, subrayando que no refleja “los valores de convivencia que siempre han caracterizado al pueblo”.
El Ayuntamiento recuerda además que las participaciones fueron gestionadas por la comisión de fiestas, un grupo de vecinos que actúa de manera voluntaria y sin vinculación directa con la institución municipal. Aun así, el consistorio se ofrece a facilitar el diálogo, mediar entre las partes y poner a disposición espacios municipales si ello contribuye a alcanzar una solución pacífica.
Llamamiento a la convivencia y al respeto
El comunicado finaliza con un mensaje de agradecimiento a los vecinos que están manteniendo una actitud de respeto en un momento especialmente delicado y con la esperanza de que Villamanín pueda superar esta crisis y recuperar la normalidad social.
Mientras tanto, el llamado ya como “el antigordo” sigue dejando huella en un pueblo que pasó en cuestión de días de celebrar la suerte a enfrentarse a uno de los episodios más duros de su historia reciente, demostrando que, en ocasiones, la lotería también puede traer consecuencias amargas.
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