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COORM advierte del peligro del uso de las lentillas cosméticas sin supervisión

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ANA CÁNOVAS
MURCIA, 28 Feb.- El Colegio de Ópticos-Optometristas de la Región de Murcia advierte que «es imprescindible la intervención del óptico optometrista para decidir si es conveniente o no el uso de lentes de contacto cosméticas, a pesar de que estas sean dispensadas en establecimientos no sanitarios y con características estándar».

Ante la llegada de los Carnavales, la presidenta del COORM, Ana Belén Almaida, incide en que el uso inadecuado de las lentes de contacto pueden ocasionar daños significativos en la salud ocular llegando incluso a provocar ceguera.

Por este motivo, el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de la Región de Murcia recuerda que las lentes de contacto son productos sanitarios que requieren la actuación del óptico optometrista y la adaptación individualizada en cada paciente, y por ello, sólo un profesional sanitario puede evaluar si un paciente es «apto» para el uso de lentes de contacto, disminuyendo así el riesgo de sufrir daños en la salud ocular.

El COORM denuncia, en este sentido, la facilidad con la que se venden las lentes de contacto a través de Internet, en bazares, centros de belleza y otros establecimientos no sanitarios donde no existe ningún tipo de control y seguridad, poniendo en riesgo la salud ocular de los pacientes.

Por ello, desde el COORM se insiste en la importancia de óptico optometrista en la adaptación y dispensación de las lentes de contacto.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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