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Correa no saldrá de prisión al denegarle el juez la libertad

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VALENCIA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) – El empresario Francisco Correa, considerado uno de los cabecillas de la trama Gürtel, seguirá en prisión provisional tras denegarle el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que le condenó a 13 años de prisión por la pieza de Gürtel correspondiente a las adjudicaciones irregulares en la feria Fitur, la libertad.

Así consta en un auto, con fecha 26 de marzo, en el que la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV desestima su solicitud. Fiscalía también se manifestó en contra de la libertad, mientras que la acusación popular no formuló alegato alguno.

«No procede, por ahora, modificar la situación personal del mismo», estima el tribunal al considerar que «realmente» no se ha introducido ningún cambio o nuevo alegato por parte del condenado –quien está a la espera de que se resuelva su recurso ante el Tribunal Supremo–.

El pasado mes de diciembre el TSJCV ya le rechazó la libertad que Correa había solicitado alegando intención de colaborar con la justicia, voluntad de liberar fondos en Suiza y razones humanitarias. El tribunal denegó su petición al considerar que subsistían las razones por las que se decretó la prisión provisional.

Ahora, el tribunal se ha pronunciado en la misma línea y ha advertido de que la condena recaída en Fitur sobre Correa «no es más que la primera» de una serie de condenas que pueden recaer contra él en toda la serie de piezas de Gürtel en las que está acusado.

«Especialmente –ha agregado– en un momento en que ante la inminencia del señalamiento de la vista del recurso de casación hace previsible que en breve pueda obtenerse una sentencia que en forma definitiva determine la situación del condenado». Lo que, según el TSJCV, hace «conveniente» asegurar su presencia y sometimiento a la autoridad judicial por el momento.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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