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Correa no saldrá de prisión al denegarle el juez la libertad

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VALENCIA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) – El empresario Francisco Correa, considerado uno de los cabecillas de la trama Gürtel, seguirá en prisión provisional tras denegarle el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que le condenó a 13 años de prisión por la pieza de Gürtel correspondiente a las adjudicaciones irregulares en la feria Fitur, la libertad.

Así consta en un auto, con fecha 26 de marzo, en el que la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV desestima su solicitud. Fiscalía también se manifestó en contra de la libertad, mientras que la acusación popular no formuló alegato alguno.

«No procede, por ahora, modificar la situación personal del mismo», estima el tribunal al considerar que «realmente» no se ha introducido ningún cambio o nuevo alegato por parte del condenado –quien está a la espera de que se resuelva su recurso ante el Tribunal Supremo–.

El pasado mes de diciembre el TSJCV ya le rechazó la libertad que Correa había solicitado alegando intención de colaborar con la justicia, voluntad de liberar fondos en Suiza y razones humanitarias. El tribunal denegó su petición al considerar que subsistían las razones por las que se decretó la prisión provisional.

Ahora, el tribunal se ha pronunciado en la misma línea y ha advertido de que la condena recaída en Fitur sobre Correa «no es más que la primera» de una serie de condenas que pueden recaer contra él en toda la serie de piezas de Gürtel en las que está acusado.

«Especialmente –ha agregado– en un momento en que ante la inminencia del señalamiento de la vista del recurso de casación hace previsible que en breve pueda obtenerse una sentencia que en forma definitiva determine la situación del condenado». Lo que, según el TSJCV, hace «conveniente» asegurar su presencia y sometimiento a la autoridad judicial por el momento.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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