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GÜRTEL| Costa es condenado a cuatro años de prisión por la caja B del PP de Camps y Rambla queda absuelto

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MADRID, 11 Jun. (EUROPA PRESS) – El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de prisión al ex secretario general del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) Ricardo Costa y absuelve únicamente al exvicepresidente de la Generalitat Vicente Rambla por la financiación irregular del partido liderado entonces por Francisco Camps en las elecciones de 2007 y 2008.

En una sentencia que se ha dado a conocer este lunes el juez José María Vázquez Honrubia ha condenado a 18 de los 20 acusados en este juicio por delitos electorales, falsedad documental continuada y contra la Hacienda Pública, entre ellos a los líderes de la trama Gürtel: Francisco Correa a cinco años y tres meses de prisión; a Pablo Crespo a cinco años de cárcel; y a Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los ‘populares’. Estas penas se acumulan a las impuestas ya por las irregularidades en Fitur y por la primera época de la trama Gürtel –en esta última ‘El Bigotes’ resultó absuelto–.

El magistrado aplica a todos ellos la atenuante de confesión o colaboración activa y a Correa, además, le suma la reparación del daño por haber permitido la repatriación de más de dos millones de euros desde su cuenta en Suiza. Explica en su sentencia que se ha basado en las declaraciones «tardías» en las que reconocieron los hechos para «completar el mosaico del entramado por el PPCV para financiar sus elecciones en la Comunidad Valenciana».

Aún así, ‘El Bigotes’ es el acusado para el que más pena ha recaído debido a que era el responsable de Orange Market, empresa de la trama Gürtel que organizó los actos electorales de los ‘populares’ valencianos. Tanto ‘El Bigotes’ como Costa –primer dirigente del PP que reconoce una financiación irregular– apuntaron directamente contra Camps, asegurando que esta operativa fue ordenada por él.

«NO HAY VESTIGIO» DE LA PARTICIPACIÓN DE RAMBLA
No obstante, Vázquez Honrubia considera que la declaración de Costa es de «notable credibilidad y fiabilidad subjetiva» pero le condena a cuatro años de prisión; mientras que a Rambla –persona sobre la que centró gran parte de su confesión– ha resultado absuelto porque «no hay vestigio alguno de intervención» en el «sistema de ideación o preparación» de la ‘caja B’ del PPCV. Eso sí, el juez subraya del exvicepresidente de la Comunidad Valenciana que aunque es «posible la comisión del delito» por su parte, existe una «probabilidad razonable de que no lo hiciera».

Todos los acusados en este procedimiento por las piezas 1, 2 y 6 de la rama valenciana del caso Gürtel han sido condenados a una pena menor solicitada por los fiscales Myriam Sabadell y Carlos Alba, como es el en caso de Francisco Correa que solicitaba finalmente siete años y tres meses de prisión; o cuatro años y tres meses para Costa tras las confesiones que hicieron durante sus declaraciones en el juicio. Sin embargo, los representantes del Ministerio Público sí consideraron que Rambla participó en esta trama corrupta y pedía para él seis años y tres meses de cárcel.

Antes de que comenzase la vista oral, nueves empresarios reconocieron ante Anticorrupción que habían pagado de forma irregular parte de las facturas de estos actos electorales, por lo que la Fiscalía ya solicitó que fuesen condenados entre 15 y 21 meses, sustituyendo la prisión por una multa. Finalmente el juez Vázquez Honrubia atiende a esta solicitud y condena a Enrique Ortiz, Alejandro Pons, José Antonio Francisco Beviá, Enrique Gimeno Escrig, Tomás Martínez Berna, Rafael Martínez Berna, Antonio Pons Dols, Gabriel Alberto Batalla Reigada y Vicente Cotino, sobrino del expresidente de las Cortes valencianas Juan Cotino a lo interesado por los fiscales para cada uno de ellos.

LOS EMPRESARIOS QUE CONFESARON PAGARAN MULTAS DE HASTA 154.500 EUROS
Las penas serán reemplazadas por multas que llegan hasta los 154.500 euros, al aplicarles también a todos ellos la circunstancia atenuante de colaboración activa y haber ingresado ya un total de 1.057.101 euros, cuantía reclamada para garantizar las responsabilidades pecuniarias derivadas de los hechos. Por otro lado, la sentencia destaca que el empresario José Enrique Fresquet es absuelto porque el PSOE valenciano retiró su acusación contra él al inicio del juicio.

En cuanto a la excúpula del PPCV en aquella época, el magistrado condena a la exgerente Cristina Ibáñez a tres años y cuatro meses; al exvicesecretario de la formación David Serra, a tres años y ocho meses; y a la extesorera Yolanda García, a cuatro meses. También al que fuera contable de Orange Market, Cándido Herrero, a cinco años y un mes de prisión; y al asesor financiero de la Gürtel, Ramón Blanco Balín, a tres años de cárcel.

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Incendio en restaurante de Madrid por uso de bengalas tras tragedia en Suiza

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Incendio en restaurante de Madrid por uso de bengalas tras tragedia en Suiza

Un conato de incendio se produjo el pasado 10 de enero en el restaurante Fanático, ubicado en el Paseo de la Castellana de Madrid, cuando los comensales fueron invitados a encender bengalas y pirotecnia durante la celebración de la noche. El incidente ocurre apenas diez días después de la tragedia en Crans-Montana (Suiza), donde un fuego provocado por bengalas en un bar dejó 40 muertos.

Cómo se originó el fuego

Según testigos, tras la cena y con la música de fondo, varios clientes sostuvieron bengalas al ritmo de los gogós que bailaban sobre la barra. Las llamas alcanzaron unas plantas cerca de la entrada del restaurante, pero fueron apagadas en cuestión de segundos por un trabajador con un extintor, evitando que el incidente se convirtiera en un incendio mayor.

El humo generado provocó confusión entre los comensales, quienes fueron evacuados del local mientras algunos clientes ayudaban a proteger cortinas y mobiliario.

Medidas del restaurante y regulación

El grupo propietario, GLH Singular Restaurants, ha asegurado que sus locales cuentan con certificados de protección ignífuga y ha anunciado la prohibición definitiva del uso de bengalas y pirotecnia en todos sus restaurantes.

El Ayuntamiento de Madrid prepara además una ordenanza para regular la pirotecnia en interiores, en línea con las restricciones ya existentes en techos, paredes y decorados inflamables, con el objetivo de evitar riesgos similares en el futuro.

Precedentes y riesgos del uso de pirotecnia

El uso de material inflamable en restaurantes y discotecas se ha normalizado en los últimos años, pese a los riesgos. Casos como los de Burro Canaglia en 2022 o la tragedia de Murcia en 2023, donde murieron varias personas por fuegos en interiores, han mostrado las consecuencias de no controlar estos espectáculos.

Expertos en seguridad y promotores de ocio nocturno advierten que existen alternativas seguras para generar impacto visual, como iluminación creativa o decoraciones ignífugas, sin poner en riesgo la vida de los asistentes.

Testimonios de clientes

Carolina F., quien celebraba su cumpleaños en Fanático, señaló:

“Fueron ocho segundos de fuego, pero nos podía haber costado la vida. Imagínate morir el día de mi cumpleaños”.

Otro cliente, Thony Campos, compartió en redes sociales un vídeo del momento con la advertencia:

“Por poco y nos quemamos. Ver hasta el final”.

 

 

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