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GÜRTEL| Costa es condenado a cuatro años de prisión por la caja B del PP de Camps y Rambla queda absuelto

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MADRID, 11 Jun. (EUROPA PRESS) – El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de prisión al ex secretario general del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) Ricardo Costa y absuelve únicamente al exvicepresidente de la Generalitat Vicente Rambla por la financiación irregular del partido liderado entonces por Francisco Camps en las elecciones de 2007 y 2008.

En una sentencia que se ha dado a conocer este lunes el juez José María Vázquez Honrubia ha condenado a 18 de los 20 acusados en este juicio por delitos electorales, falsedad documental continuada y contra la Hacienda Pública, entre ellos a los líderes de la trama Gürtel: Francisco Correa a cinco años y tres meses de prisión; a Pablo Crespo a cinco años de cárcel; y a Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los ‘populares’. Estas penas se acumulan a las impuestas ya por las irregularidades en Fitur y por la primera época de la trama Gürtel –en esta última ‘El Bigotes’ resultó absuelto–.

El magistrado aplica a todos ellos la atenuante de confesión o colaboración activa y a Correa, además, le suma la reparación del daño por haber permitido la repatriación de más de dos millones de euros desde su cuenta en Suiza. Explica en su sentencia que se ha basado en las declaraciones «tardías» en las que reconocieron los hechos para «completar el mosaico del entramado por el PPCV para financiar sus elecciones en la Comunidad Valenciana».

Aún así, ‘El Bigotes’ es el acusado para el que más pena ha recaído debido a que era el responsable de Orange Market, empresa de la trama Gürtel que organizó los actos electorales de los ‘populares’ valencianos. Tanto ‘El Bigotes’ como Costa –primer dirigente del PP que reconoce una financiación irregular– apuntaron directamente contra Camps, asegurando que esta operativa fue ordenada por él.

«NO HAY VESTIGIO» DE LA PARTICIPACIÓN DE RAMBLA
No obstante, Vázquez Honrubia considera que la declaración de Costa es de «notable credibilidad y fiabilidad subjetiva» pero le condena a cuatro años de prisión; mientras que a Rambla –persona sobre la que centró gran parte de su confesión– ha resultado absuelto porque «no hay vestigio alguno de intervención» en el «sistema de ideación o preparación» de la ‘caja B’ del PPCV. Eso sí, el juez subraya del exvicepresidente de la Comunidad Valenciana que aunque es «posible la comisión del delito» por su parte, existe una «probabilidad razonable de que no lo hiciera».

Todos los acusados en este procedimiento por las piezas 1, 2 y 6 de la rama valenciana del caso Gürtel han sido condenados a una pena menor solicitada por los fiscales Myriam Sabadell y Carlos Alba, como es el en caso de Francisco Correa que solicitaba finalmente siete años y tres meses de prisión; o cuatro años y tres meses para Costa tras las confesiones que hicieron durante sus declaraciones en el juicio. Sin embargo, los representantes del Ministerio Público sí consideraron que Rambla participó en esta trama corrupta y pedía para él seis años y tres meses de cárcel.

Antes de que comenzase la vista oral, nueves empresarios reconocieron ante Anticorrupción que habían pagado de forma irregular parte de las facturas de estos actos electorales, por lo que la Fiscalía ya solicitó que fuesen condenados entre 15 y 21 meses, sustituyendo la prisión por una multa. Finalmente el juez Vázquez Honrubia atiende a esta solicitud y condena a Enrique Ortiz, Alejandro Pons, José Antonio Francisco Beviá, Enrique Gimeno Escrig, Tomás Martínez Berna, Rafael Martínez Berna, Antonio Pons Dols, Gabriel Alberto Batalla Reigada y Vicente Cotino, sobrino del expresidente de las Cortes valencianas Juan Cotino a lo interesado por los fiscales para cada uno de ellos.

LOS EMPRESARIOS QUE CONFESARON PAGARAN MULTAS DE HASTA 154.500 EUROS
Las penas serán reemplazadas por multas que llegan hasta los 154.500 euros, al aplicarles también a todos ellos la circunstancia atenuante de colaboración activa y haber ingresado ya un total de 1.057.101 euros, cuantía reclamada para garantizar las responsabilidades pecuniarias derivadas de los hechos. Por otro lado, la sentencia destaca que el empresario José Enrique Fresquet es absuelto porque el PSOE valenciano retiró su acusación contra él al inicio del juicio.

En cuanto a la excúpula del PPCV en aquella época, el magistrado condena a la exgerente Cristina Ibáñez a tres años y cuatro meses; al exvicesecretario de la formación David Serra, a tres años y ocho meses; y a la extesorera Yolanda García, a cuatro meses. También al que fuera contable de Orange Market, Cándido Herrero, a cinco años y un mes de prisión; y al asesor financiero de la Gürtel, Ramón Blanco Balín, a tres años de cárcel.

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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

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Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

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