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GÜRTEL| Costa es condenado a cuatro años de prisión por la caja B del PP de Camps y Rambla queda absuelto

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MADRID, 11 Jun. (EUROPA PRESS) – El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de prisión al ex secretario general del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) Ricardo Costa y absuelve únicamente al exvicepresidente de la Generalitat Vicente Rambla por la financiación irregular del partido liderado entonces por Francisco Camps en las elecciones de 2007 y 2008.

En una sentencia que se ha dado a conocer este lunes el juez José María Vázquez Honrubia ha condenado a 18 de los 20 acusados en este juicio por delitos electorales, falsedad documental continuada y contra la Hacienda Pública, entre ellos a los líderes de la trama Gürtel: Francisco Correa a cinco años y tres meses de prisión; a Pablo Crespo a cinco años de cárcel; y a Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los ‘populares’. Estas penas se acumulan a las impuestas ya por las irregularidades en Fitur y por la primera época de la trama Gürtel –en esta última ‘El Bigotes’ resultó absuelto–.

El magistrado aplica a todos ellos la atenuante de confesión o colaboración activa y a Correa, además, le suma la reparación del daño por haber permitido la repatriación de más de dos millones de euros desde su cuenta en Suiza. Explica en su sentencia que se ha basado en las declaraciones «tardías» en las que reconocieron los hechos para «completar el mosaico del entramado por el PPCV para financiar sus elecciones en la Comunidad Valenciana».

Aún así, ‘El Bigotes’ es el acusado para el que más pena ha recaído debido a que era el responsable de Orange Market, empresa de la trama Gürtel que organizó los actos electorales de los ‘populares’ valencianos. Tanto ‘El Bigotes’ como Costa –primer dirigente del PP que reconoce una financiación irregular– apuntaron directamente contra Camps, asegurando que esta operativa fue ordenada por él.

«NO HAY VESTIGIO» DE LA PARTICIPACIÓN DE RAMBLA
No obstante, Vázquez Honrubia considera que la declaración de Costa es de «notable credibilidad y fiabilidad subjetiva» pero le condena a cuatro años de prisión; mientras que a Rambla –persona sobre la que centró gran parte de su confesión– ha resultado absuelto porque «no hay vestigio alguno de intervención» en el «sistema de ideación o preparación» de la ‘caja B’ del PPCV. Eso sí, el juez subraya del exvicepresidente de la Comunidad Valenciana que aunque es «posible la comisión del delito» por su parte, existe una «probabilidad razonable de que no lo hiciera».

Todos los acusados en este procedimiento por las piezas 1, 2 y 6 de la rama valenciana del caso Gürtel han sido condenados a una pena menor solicitada por los fiscales Myriam Sabadell y Carlos Alba, como es el en caso de Francisco Correa que solicitaba finalmente siete años y tres meses de prisión; o cuatro años y tres meses para Costa tras las confesiones que hicieron durante sus declaraciones en el juicio. Sin embargo, los representantes del Ministerio Público sí consideraron que Rambla participó en esta trama corrupta y pedía para él seis años y tres meses de cárcel.

Antes de que comenzase la vista oral, nueves empresarios reconocieron ante Anticorrupción que habían pagado de forma irregular parte de las facturas de estos actos electorales, por lo que la Fiscalía ya solicitó que fuesen condenados entre 15 y 21 meses, sustituyendo la prisión por una multa. Finalmente el juez Vázquez Honrubia atiende a esta solicitud y condena a Enrique Ortiz, Alejandro Pons, José Antonio Francisco Beviá, Enrique Gimeno Escrig, Tomás Martínez Berna, Rafael Martínez Berna, Antonio Pons Dols, Gabriel Alberto Batalla Reigada y Vicente Cotino, sobrino del expresidente de las Cortes valencianas Juan Cotino a lo interesado por los fiscales para cada uno de ellos.

LOS EMPRESARIOS QUE CONFESARON PAGARAN MULTAS DE HASTA 154.500 EUROS
Las penas serán reemplazadas por multas que llegan hasta los 154.500 euros, al aplicarles también a todos ellos la circunstancia atenuante de colaboración activa y haber ingresado ya un total de 1.057.101 euros, cuantía reclamada para garantizar las responsabilidades pecuniarias derivadas de los hechos. Por otro lado, la sentencia destaca que el empresario José Enrique Fresquet es absuelto porque el PSOE valenciano retiró su acusación contra él al inicio del juicio.

En cuanto a la excúpula del PPCV en aquella época, el magistrado condena a la exgerente Cristina Ibáñez a tres años y cuatro meses; al exvicesecretario de la formación David Serra, a tres años y ocho meses; y a la extesorera Yolanda García, a cuatro meses. También al que fuera contable de Orange Market, Cándido Herrero, a cinco años y un mes de prisión; y al asesor financiero de la Gürtel, Ramón Blanco Balín, a tres años de cárcel.

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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.

El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.

El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda

El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.

PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.

La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.

Junts mantiene su rechazo a los decretos

El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.

Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.

El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.

¿Qué medidas dejan de estar vigentes?

La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.

También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.

La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.

El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas

El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.

La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.

La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.

El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda

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