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Consumo

Denuncian a Vodafone por activar un servicio con coste de SMS sin consentimiento de sus clientes

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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la empresa Vodafone España SAU ante las autoridades de Consumo por activar por defecto a todos sus clientes, sin que exista consentimiento previo por parte de éstos, el servicio denominado Dicta SMS.

Este servicio tiene un coste para los usuarios ya que, cuando un cliente de Vodafone recibe una llamada en su teléfono y no puede contestarla o simplemente decide no hacerlo, a la persona que llama le salta un contestador automático que le da la opción de grabar un mensaje, que, posteriormente, le será remitido al destinatario de la llamada por escrito en forma de SMS. El envío del mensaje no tiene coste para el titular de la línea de Vodafone que lo tiene actyivado, pero sí para quien lo llama, a partir del momento en que se termina la locución y comienza la grabación. El servicio sólo funciona entre clientes de Vodafone.

En su propia página web, la compañía explica que el coste fijo de este servicio es de 30,1 céntimos de euro, cantidad que hay que sumar al coste que tenga la llamada que realice el usuario, cuya cuantía dependerá del plan que cada cual tenga contratado.

FACUA denuncia que, aunque Vodafone ofrece a los usuarios la posibilidad de activar y desactivar el servicio, todos ellos lo tienen, por defecto, activado, sin que se haya producido un consentimiento expreso. Se da, además, la circunstancia de que la empresa puede cobrar por un mensaje no enviado: si la persona que llama no cuelga, una vez que salta el contestador, antes de que termine la locución, el servicio se le cobra, aunque no llegue a dejar ningún mensaje grabado.

Además, no basta con que los propios usuarios desactiven el servicio vinculado a su línea de teléfono, pues si realizan una llamada a alguna persona que lo tenga activado, el coste les será facturado.

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La asociación, en su denuncia ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, recuerda que el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 66 quáter establece que «queda prohibido el envío y el suministro al consumidor y usuario de bienes (…) de contenido digital o de prestación de servicios no solicitados por él, cuando dichos envíos y suministros incluyan una pretensión de pago de cualquier naturaleza». Y, por tanto, no se le puede reclamar al usuario «pago alguno por parte del empresario que envió el bien o suministró el servicio no solicitado». El mismo artículo añade, finalmente, que «la falta de respuesta del consumidor y usuario a dicho envío, suministro o prestación de servicios no solicitados no se considerará consentimiento».

Además, FACUA subraya que el artículo 89 de la misma norma considera una cláusula abusiva «la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados». Y el Dicta SMS de Vodafone hay que entenderlo, precisamente, como un servicio accesorio y complementario que no va ligado necesariamente al contrato principal. En opinión de FACUA, activar este servicio por defecto y cobrar por él representa una cláusula y condición abusiva impuesta por Vodafone.

La asociación cree que la compañía actúa contra legem, ya que lo correcto hubiera sido activar el servicio a los clientes que, de forma expresa, y después de conocer las condiciones de prestación del mismo, lo hubieran solicitado en vez de prestarlo por defecto a todos.

La asociación entiende que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de una infracción, por lo que ha solicitado a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid que abra un expediente sancionador contra Vodafone España.

Fuente: Facua.org

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Consumo

Sanidad y Consumo intensifica los controles en las 165 churrerías de Fallas en València

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Churrerías de Fallas 
Churrerías de Fallas -Archivo/EFE/Ángel Medina G.

El Ayuntamiento de València ha reforzado los controles sanitarios diarios en las churrerías instaladas durante las Fallas, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores. En total, 165 puestos de churros y buñuelos funcionan en la ciudad entre el 2 y el 19 de marzo, coincidiendo con la celebración de las Fallas de València.

El concejal de Sanidad y Consumo, José Gosálbez, participó junto a inspectores municipales en una demostración práctica de inspección higiénico-sanitaria en una churrería de la ciudad, donde se mostró el procedimiento que se aplica durante la campaña fallera.

Más de 700 inspecciones desde el inicio de las Fallas

Desde el comienzo del dispositivo, el servicio municipal ha realizado más de 700 inspecciones en los puestos de churros y buñuelos instalados en la ciudad.

De los 165 puestos autorizados,

  • 146 corresponden a puestos específicos de Fallas

  • 19 pertenecen a bares que también ofrecen estos productos tradicionales.

Durante estas inspecciones se han llevado a cabo alrededor de 600 análisis del aceite utilizado para la fritura, de los cuales 60 han requerido su sustitución. Además, los técnicos municipales han realizado 40 controles del suministro de agua para verificar su calidad.

Según explicó Gosálbez, los controles se realizan de forma aleatoria y por sorpresa, cualquier día de la semana y a cualquier hora, con el objetivo de comprobar que todos los puestos cumplen las condiciones higiénico-sanitarias exigidas.

Qué revisan los inspectores en las churrerías

Los seis inspectores municipales supervisan distintos aspectos relacionados con la seguridad alimentaria:

  • Manipulación adecuada de alimentos

  • Calidad del aceite mediante medidores de compuestos polares

  • Conexión a la red municipal de agua

  • Presencia de calentador y grifos de accionamiento no manual

  • Uso de toallas de un solo uso

  • Toma de muestras de agua para análisis químico

Según el concejal, “todos los puestos deben cumplir las mismas normas y garantizar las mismas condiciones higiénico-sanitarias. Quien no las cumpla tendrá que desmontar el puesto”.

Control de precios y derechos del consumidor

Además de los controles sanitarios, el área de Consumo también verifica el cumplimiento de la normativa de protección al cliente. Entre las comprobaciones se incluye:

  • Lista de precios visible para el público

  • Disponibilidad de hojas de reclamaciones

  • Entrega de ticket cuando lo solicite el cliente

El objetivo es garantizar transparencia en los precios y seguridad para los consumidores durante las fiestas.

Supervisión de los mercados falleros

A estas inspecciones se suma la supervisión de los 79 mercados falleros instalados en la ciudad desde el 12 de marzo. Cada uno de estos espacios puede albergar hasta diez puestos de alimentación, de los cuales cinco pueden preparar comida en el momento y otros cinco vender alimentos ya elaborados.

Todas estas actuaciones se desarrollan conforme al Bando Fallero, que establece las normas que deben cumplir los puestos de venta durante las fiestas.

“Las Fallas son una celebración abierta al mundo y queremos que también sean un ejemplo de seguridad alimentaria y respeto al consumidor”, concluyó Gosálbez.

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