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Consumo

Denuncian a Vodafone por activar un servicio con coste de SMS sin consentimiento de sus clientes

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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la empresa Vodafone España SAU ante las autoridades de Consumo por activar por defecto a todos sus clientes, sin que exista consentimiento previo por parte de éstos, el servicio denominado Dicta SMS.

Este servicio tiene un coste para los usuarios ya que, cuando un cliente de Vodafone recibe una llamada en su teléfono y no puede contestarla o simplemente decide no hacerlo, a la persona que llama le salta un contestador automático que le da la opción de grabar un mensaje, que, posteriormente, le será remitido al destinatario de la llamada por escrito en forma de SMS. El envío del mensaje no tiene coste para el titular de la línea de Vodafone que lo tiene actyivado, pero sí para quien lo llama, a partir del momento en que se termina la locución y comienza la grabación. El servicio sólo funciona entre clientes de Vodafone.

En su propia página web, la compañía explica que el coste fijo de este servicio es de 30,1 céntimos de euro, cantidad que hay que sumar al coste que tenga la llamada que realice el usuario, cuya cuantía dependerá del plan que cada cual tenga contratado.

FACUA denuncia que, aunque Vodafone ofrece a los usuarios la posibilidad de activar y desactivar el servicio, todos ellos lo tienen, por defecto, activado, sin que se haya producido un consentimiento expreso. Se da, además, la circunstancia de que la empresa puede cobrar por un mensaje no enviado: si la persona que llama no cuelga, una vez que salta el contestador, antes de que termine la locución, el servicio se le cobra, aunque no llegue a dejar ningún mensaje grabado.

Además, no basta con que los propios usuarios desactiven el servicio vinculado a su línea de teléfono, pues si realizan una llamada a alguna persona que lo tenga activado, el coste les será facturado.

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La asociación, en su denuncia ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, recuerda que el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 66 quáter establece que «queda prohibido el envío y el suministro al consumidor y usuario de bienes (…) de contenido digital o de prestación de servicios no solicitados por él, cuando dichos envíos y suministros incluyan una pretensión de pago de cualquier naturaleza». Y, por tanto, no se le puede reclamar al usuario «pago alguno por parte del empresario que envió el bien o suministró el servicio no solicitado». El mismo artículo añade, finalmente, que «la falta de respuesta del consumidor y usuario a dicho envío, suministro o prestación de servicios no solicitados no se considerará consentimiento».

Además, FACUA subraya que el artículo 89 de la misma norma considera una cláusula abusiva «la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados». Y el Dicta SMS de Vodafone hay que entenderlo, precisamente, como un servicio accesorio y complementario que no va ligado necesariamente al contrato principal. En opinión de FACUA, activar este servicio por defecto y cobrar por él representa una cláusula y condición abusiva impuesta por Vodafone.

La asociación cree que la compañía actúa contra legem, ya que lo correcto hubiera sido activar el servicio a los clientes que, de forma expresa, y después de conocer las condiciones de prestación del mismo, lo hubieran solicitado en vez de prestarlo por defecto a todos.

La asociación entiende que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de una infracción, por lo que ha solicitado a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid que abra un expediente sancionador contra Vodafone España.

Fuente: Facua.org

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Consumo

Alerta sanitaria: Ordenan retirar este cosmético por riesgo microbiológico

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La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha emitido una alerta sanitaria dirigida a la ciudadanía y al sector cosmético tras detectar un problema microbiológico en un producto de la marca Yepoda. La autoridad reguladora ha comunicado el cese de comercialización, la retirada del mercado y la recuperación del lote SR335 del cosmético “The Cocoa Cloud”, una manteca corporal incluida en el calendario de adviento de la compañía, concretamente en el compartimento correspondiente al día 8.

¿Qué problema se ha detectado en el producto?

De acuerdo con la información facilitada por la propia empresa, en el lote SR335 se ha confirmado el crecimiento del microorganismo Pseudomonas aeruginosa.
Este hallazgo está relacionado con una pérdida de eficacia del conservante del producto, lo que permite la proliferación bacteriana.

La presencia de Pseudomonas aeruginosa en un cosmético supone un riesgo sanitario, especialmente para personas con piel dañada, defensas bajas o patologías previas, ya que este microorganismo puede causar infecciones cutáneas u otros problemas si entra en contacto con zonas comprometidas.

¿Dónde se ha distribuido el lote afectado?

La compañía ha confirmado que el lote afectado se comercializó únicamente a través de la página web oficial de Yepoda en España.
Para garantizar una comunicación directa con el público afectado:

  • La marca ha publicado un aviso en su web explicando los pasos a seguir.

  • Las personas que adquirieron el producto han recibido un correo electrónico personalizado con instrucciones.

🧴 Medidas adoptadas por la AEMPS y recomendaciones

La AEMPS ha comunicado esta alerta a las autoridades sanitarias de todas las comunidades autónomas, con el fin de asegurar una retirada coordinada del producto y minimizar posibles riesgos.

La agencia recomienda a cualquier persona que tenga el cosmético del lote SR335:

  1. Suspender su uso de inmediato.

  2. No aplicar el producto bajo ninguna circunstancia, incluso si no parece deteriorado.

  3. Ponerse en contacto con la empresa para gestionar su devolución o reemplazo.

Estas medidas buscan proteger la salud de las personas consumidoras y garantizar que ningún envase del lote afectado permanezca en uso.

📌 Importancia de las alertas de la AEMPS en el sector cosmético

Las alertas emitidas por la AEMPS cumplen un papel esencial en la seguridad cosmética en España, ya que permiten detectar de forma temprana fallos en la fabricación, problemas de conservación o riesgos microbiológicos.
Este tipo de comunicaciones evita que productos potencialmente dañinos se sigan utilizando y fomenta una mayor trazabilidad y control de calidad en las empresas del sector.

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