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Reducción de la jornada laboral y 5 nuevos derechos laborales pendientes para 2025

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derechos laborales 2025

Varios cambios importantes se perfilan para España de cara a 2025, especialmente en el ámbito laboral. Una de las medidas más esperadas por los españoles es la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Sin embargo, esta reforma, impulsada por Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, sigue siendo retrasada debido a la falta de consenso con la CEOE y Cepyme, que han abandonado las negociaciones por no llegar a un acuerdo. A continuación, te detallamos las cinco propuestas principales que podrían transformar los derechos laborales en 2025.

1. Reducción de la jornada laboral

Ante la falta de acuerdo con la CEOE y Cepyme, será el Ministerio de Trabajo, en colaboración con los sindicatos, el encargado de llevar adelante la reducción de la jornada laboral. Según declaraciones de Díaz, este proceso podría tomar “alrededor de cinco o seis meses”. Además de la reducción de horas de trabajo, los empleados también ganarán varios beneficios importantes.

2. Desconexión digital

Una de las principales novedades será la desconexión digital, que otorgará a los trabajadores el derecho a no responder mensajes de la empresa fuera de su horario laboral. El Ministerio de Trabajo está trabajando en una ley que reforzará este derecho, garantizando que no se pueda contactar a los empleados fuera de su jornada laboral mediante ningún dispositivo o herramienta digital, según un borrador filtrado previamente.

3. Jornada laboral y registro horario

Para facilitar el seguimiento de las horas trabajadas, el Ministerio de Trabajo propone la digitalización del registro horario en lugar de utilizar métodos manuales. Esta medida facilitaría el control por parte de la Inspección de Trabajo y permitiría identificar posibles irregularidades en el cumplimiento de las jornadas laborales.

4. Retribución del permiso parental

El permiso parental remunerado es otra de las medidas pendientes. Según la Directiva Europea 2019/1158, el permiso para el cuidado de menores de 8 años debe ser retribuido, al menos en la mitad del tiempo, a partir de agosto de 2024. La Comisión Europea ya ha abierto un expediente a España por no cumplir con esta normativa. El Ministerio de Trabajo ha asegurado que este permiso será retribuido, siendo uno de los puntos clave para 2025.

5. Creación de auditorías algorítmicas

El Ministerio de Trabajo también está trabajando en la creación de auditorías algorítmicas. Estas auditorías permitirían revisar los algoritmos utilizados por algunas empresas para penalizar a trabajadores en situaciones como bajas por enfermedad o participación en huelgas. Este es un paso importante para garantizar la transparencia en el uso de las tecnologías en el entorno laboral.

6. Subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Una de las medidas más esperadas y urgentes es la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En las últimas semanas, Yolanda Díaz se ha reunido con expertos para discutir este aumento. Tras estas reuniones, la recomendación es incrementar el salario mínimo un 4%. Actualmente, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales brutos distribuidos en 14 pagas. Con este incremento, el SMI para 2025 podría alcanzar los 1.166 euros.

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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