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Reducción de la jornada laboral y 5 nuevos derechos laborales pendientes para 2025

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derechos laborales 2025

Varios cambios importantes se perfilan para España de cara a 2025, especialmente en el ámbito laboral. Una de las medidas más esperadas por los españoles es la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Sin embargo, esta reforma, impulsada por Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, sigue siendo retrasada debido a la falta de consenso con la CEOE y Cepyme, que han abandonado las negociaciones por no llegar a un acuerdo. A continuación, te detallamos las cinco propuestas principales que podrían transformar los derechos laborales en 2025.

1. Reducción de la jornada laboral

Ante la falta de acuerdo con la CEOE y Cepyme, será el Ministerio de Trabajo, en colaboración con los sindicatos, el encargado de llevar adelante la reducción de la jornada laboral. Según declaraciones de Díaz, este proceso podría tomar “alrededor de cinco o seis meses”. Además de la reducción de horas de trabajo, los empleados también ganarán varios beneficios importantes.

2. Desconexión digital

Una de las principales novedades será la desconexión digital, que otorgará a los trabajadores el derecho a no responder mensajes de la empresa fuera de su horario laboral. El Ministerio de Trabajo está trabajando en una ley que reforzará este derecho, garantizando que no se pueda contactar a los empleados fuera de su jornada laboral mediante ningún dispositivo o herramienta digital, según un borrador filtrado previamente.

3. Jornada laboral y registro horario

Para facilitar el seguimiento de las horas trabajadas, el Ministerio de Trabajo propone la digitalización del registro horario en lugar de utilizar métodos manuales. Esta medida facilitaría el control por parte de la Inspección de Trabajo y permitiría identificar posibles irregularidades en el cumplimiento de las jornadas laborales.

4. Retribución del permiso parental

El permiso parental remunerado es otra de las medidas pendientes. Según la Directiva Europea 2019/1158, el permiso para el cuidado de menores de 8 años debe ser retribuido, al menos en la mitad del tiempo, a partir de agosto de 2024. La Comisión Europea ya ha abierto un expediente a España por no cumplir con esta normativa. El Ministerio de Trabajo ha asegurado que este permiso será retribuido, siendo uno de los puntos clave para 2025.

5. Creación de auditorías algorítmicas

El Ministerio de Trabajo también está trabajando en la creación de auditorías algorítmicas. Estas auditorías permitirían revisar los algoritmos utilizados por algunas empresas para penalizar a trabajadores en situaciones como bajas por enfermedad o participación en huelgas. Este es un paso importante para garantizar la transparencia en el uso de las tecnologías en el entorno laboral.

6. Subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Una de las medidas más esperadas y urgentes es la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En las últimas semanas, Yolanda Díaz se ha reunido con expertos para discutir este aumento. Tras estas reuniones, la recomendación es incrementar el salario mínimo un 4%. Actualmente, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales brutos distribuidos en 14 pagas. Con este incremento, el SMI para 2025 podría alcanzar los 1.166 euros.

 

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Archivada provisionalmente la denuncia de Manos Limpias por la gestión de la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 09 ENERO (OFFICIAL PRESS-EFE).-

El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha decidido el sobreseimiento provisional de las denuncias presentadas por Manos Limpias contra responsables de Aemet, la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de Emergencias. Estas denuncias estaban relacionadas con la gestión de la DANA.

El auto judicial desestima las acusaciones por falta de base penal

El magistrado ha argumentado en el auto, notificado este jueves, que no se encuentra “suficientemente justificada” la comisión de delito alguno por parte de los denunciados. Además, señala que las denuncias proponen una investigación general o prospectiva, algo prohibido por la legislación penal española.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado que el juez no ve “atribución de hechos penalmente relevantes” que justifiquen una imputación judicial, ni siquiera provisional, contra los denunciados. Según el juez, las denuncias carecen de concreción y apuntan a una “auténtica causa general”, lo cual va en contra de la doctrina constitucional.

La causa general, incompatible con un Estado de Derecho

El juez recalca que en un Estado de Derecho no es admisible iniciar procesos penales para investigar a personas o instituciones sin pruebas concretas. Cita la doctrina del Tribunal Constitucional que desestima las denominadas ‘inquisitio generalis’ o investigaciones generales, por ser incompatibles con los principios del proceso penal consagrados en la Constitución.

Análisis de los cargos denunciados

En su resolución, el magistrado desglosa las funciones legales de las entidades denunciadas: la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Secretaría Autonómica de Emergencias de la Generalitat. A continuación, evalúa las responsabilidades específicas atribuidas a sus directivos:

  • Presidenta de Aemet: El auto concluye que no se atribuye ningún hecho concreto que pueda ser penalmente reprochable ni se identifica una omisión en sus funciones que haya causado daños materiales o personales.
  • Presidente de la CHJ: El juez indica que no se justifica la denuncia más allá de su posición como presidente de la entidad hídrica.
  • Secretario Autonómico de Seguridad y Emergencias: La denuncia no aporta motivos sólidos ni hechos concretos que puedan considerarse penalmente relevantes. Además, no se sustenta la relación entre los avisos del Cecopi y los supuestos daños causados.

Sobreseimiento provisional y exclusión de Manos Limpias como acusación popular

El Juzgado de Instrucción 15 ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por las dos denuncias presentadas por Manos Limpias. Asimismo, ha resuelto que este colectivo no podrá actuar como acusación popular hasta que interponga una querella formal o cumpla con la fianza que pueda imponérsele.

El auto no es firme y puede ser recurrido

La resolución judicial no es definitiva y admite recurso en reforma o apelación. Por el momento, la gestión de la DANA queda exenta de responsabilidades penales para los organismos implicados, según la decisión judicial.

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