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Valencia

Desahuciada una familia con dos niños de 2 y 4 años en la Malva-rosa

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València, 5 oct (EFE).- La Policía ha ejecutado una orden de desahucio a una familia con dos niños de 2 y 4 años sin ingresos económicos que vivía desde hace dos años en una vivienda propiedad de BBVA, ubicada en la Malva-rosa de València.

Sin alternativa donde vivir, la mujer desahuciada se quedará durante unos días en casa de sus padres con los niños, y el padre acudirá a casa de «algún amigo», según ha explicado a EFE el afectado, Epifanio, que está de baja médica por una lesión sufrida en un accidente de tráfico.

Epifanio va a pedir ayuda al asistente social, como le ha indicado la Policía, que ha ejecutado el desahucio sobre las 8 de la mañana, una hora antes de lo previsto, según informan fuentes de Sindicat de Barri Cabanyal.

Miembros de este colectivo han acudido a las ocho de la mañana a la zona de la vivienda con la intención de parar el desahucio y cuando han llegado, se han encontrado con que el desalojo ya se había ejecutado y la Policía había cortado el paso a la calle donde se ubica la vivienda.

Según un miembro de Sindicat de Barri Cabanyal, la Policía ha desplegado siete furgones en la zona y cuando personas del colectivo han decidido acercarse a la vivienda, los agentes han comenzado a identificarlos.

La familia desahuciada reside en una vivienda propiedad de BBVA, en la calle San Juan de Dios, que sufrió un incendio hace dos años y que adecentó para vivir en ella poco después. La Generalitat es conocedora de la situación de vulnerabilidad de la familia e instó al juzgado a paralizar el desahucio, pero el juez no ha aceptado la petición, según estas fuentes.

Sindicat de Barri Cabanyal lamenta que el juez haya decidido ejecutar el desalojo en lugar de suspenderlo en aplicación del Real Decreto ley 8/2021, de 4 de mayo, que suspende el procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, que se ha prorrogado hasta el 31 de octubre de este año.

La familia ha presentado en varias ocasiones al juzgado el informe que demuestra su situación de vulnerabilidad y desde la Generalitat se han remitido escritos informando de que están buscando una alternativa habitacional digna para la familia.

En los últimos cinco meses, la familia ha recibido tres órdenes de desahucio, las anteriores el 18 de mayo y el 25 de junio, que se paralizaron. Unos días después de esta fecha, la Policía acudió a la vivienda pero no ejecutó el desalojo porque el afectado estaba convaleciente por un accidente de tráfico ocurrido días anteriores.

Para Sindicat Barri del Cabanyal, «estas prácticas evidencian una vez más que al entremado especulativo no le importa jugar con la vida de las personas».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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