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Sucesos

Rebajan tres años la condena a un septuagenario por abusar de dos menores

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Imagen de archivo PEXELS
Madrid, 4 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha rebajado de 10 años y seis meses a siete años y seis meses de prisión la condena a un septuagenario por abusar sexualmente de dos menores en su caravana en Alicante.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido EFE, que estima parcialmente el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que ratificó aquella de la Audiencia de Alicante, por un delito de abuso sexual y otros dos de corrupción de menores.

Llevó a las menores a su caravana

Los hechos ocurrieron entre septiembre y diciembre de 2017, cuando el condenado convenció a sus víctimas para que acudiesen a la caravana en la que residía, en la partida de Rabasa de Alicante, a cambio de la entrega de dinero, marihuana o diversos regalos, como una bicicleta.

Relaciones sexuales con penetración

El tribunal considera probado que, una vez allí, el condenado convenció a una de las menores, que sufría una discapacidad del 35 por ciento, para que mantuviese relaciones sexuales con penetración hasta en 15 ocasiones distintas.

En algunas ocasiones, la hermana menor de la víctima, de 13 años, también acudía a esos encuentros aunque, según la sentencia, no ha quedado acreditado que presenciara los abusos.

De igual modo, el tribunal sostiene que el septuagenario también practicó tocamientos a una segunda menor también de 16 años, exigiéndole que le masturbase en, al menos, tres encuentros distintos que también tuvieron lugar en la misma caravana.

En su recurso, el condenado denuncia la vulneración del principio non bis in idem, al sancionarse la misma conducta sobre la primera menor en base a dos preceptos diferentes, un primer delito de abuso de menores y un segundo delito de corrupción de menores, es decir, que un solo hecho se ha considerado constitutivo de dos delitos.

Y el Supremo entiende que se trata de un concurso de delitos, por lo que reduce la condena respecto de la primera víctima de ocho años a cinco años de prisión, a lo que hay que sumar la condena de dos años y medio de la segunda víctima.

Al margen de la pena de prisión, la sentencia impone una indemnización de 8.000 euros a la primera de sus víctimas y otros 3.000 a la segunda en concepto de responsabilidad civil así como ocho años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse con ellas por entre 6 y 4 años, según la víctima.

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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hermanos detenidos por violar mujer coche Malilla 
Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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