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Educación abre el plazo para que los colegios se adapten al programa del Plurilingüismo

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El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado el Decreto de Plurilingüismo educatiuvo aprobado en el pleno del Consell el pasado 27 de enero. Esta medida ha permitido a la Conselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport enviar a todos los centros educativos las instrucciones y una guía para facilitar al máximo los trámites para aplicar el Programa educativo plurilingüe dinámico (PEPD) en el segundo ciclo de Infantil (3, 4 y 5 años) para el curso 2017-2018.

El objetivo de las instrucciones es facilitar y orientar a los centros educativos en la implantación del PEPD y en el proceso de elaboración del proyecto lingüístico del centro. Conviene recordar que el nivel que elige cada centro educativo del PEPD debe estar aprobado por 2/3 del consejo escolar de cada centro.

Con el fin de elaborar el proyecto lingüístico de centro adaptado a uno de los 6 niveles, la Conselleria también ha facilitado una guía para cumplimentar toda la tramitación de forma clara, práctica y eficaz con la intención de reducir la burocracia que generan estos trámites.

Además, las escuelas cuentan con el apoyo directo de la Asesoría de Educación Plurilingüe de la Conselleria y se están organizando sesiones tutoriales para todos los equipos directivos, con la intención de ayudarles al máximo en el trámite. El plazo de presentación del proyecto lingüístico de centro es el 15 de marzo.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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