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El brote del Galileo afecta a todas las universidades de València

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El brote de coronavirus que se produjo como consecuencia de una fiesta en el colegio mayor Galileo Galilei, «el mayor de la Comunitat Valenciana hasta el momento» en palabras de la consellera de Sanidad, Ana Barceló, se ha extendido a todas las universidades de València y su área metropolitana, ha señalado en declaraciones a À Punt la secretaria autonómica de Salud Pública, Isaura Navarro.

El brote, que ha obligado desde hoy y durante tiempo indefinido a cerrar las clases presenciales en la Universidad Politécnica, tiene ya casos en la Universitat de València, la Universitat Católica y el CEU San Pablo, dónde ya ha empezado el rastreo y el cotejo de contactos y no se descarta, ha dicho Navarro, que se adopte una medida como la tomada en la UPV.

La alarma ha ido creciendo a lo largo del fin de semana a medida que llegaban los resultados de los 697 test a los que se sometió a estudiantes, docentes y trabajadores del colegio mayor tras conocerse el brote. La consellera de Sanidad ha dado esta tarde cifras más concretas: 120 de los 397 resultados ya disponibles eran positivos.

Sanidad investiga al menos cuatro fiestas celebradas en la residencia de estudiantes como posible origen del brote. Se ha exonerado al centro de cualquier responsabilidad, pero el rector de la Universitat Politécnica, Francisco Mora, ha anunciado esta mañana la apertura de expedientes informativos a los alumnos que participaron en la fiesta.

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Ordenan reabrir el caso de Marta del Castillo

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Reabren el caso de Marta del Castillo por posible intrusismo en el informe del móvil de Miguel Carcaño

La Audiencia de Sevilla ha ordenado reabrir la investigación por posible intrusismo profesional en el caso Marta del Castillo, uno de los procesos judiciales más mediáticos de los últimos años. El tribunal insta al Juzgado de Instrucción número 7 a practicar nuevas diligencias para determinar si el informe pericial sobre el teléfono móvil de Miguel Carcaño, asesino confeso de la joven sevillana, fue encargado por el juzgado o aportado por una de las partes.

La decisión revoca el sobreseimiento provisional dictado el 14 de marzo de 2025 y confirmado el 29 de mayo, dando la razón al recurso interpuesto por Pedro de la Torre, presidente del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA).


El origen del recurso: el perito no estaba colegiado

La denuncia se centra en la actuación del perito Manuel Huerta de la Morena, autor del informe pericial sobre el móvil de Carcaño. Según el CPITIA, Huerta no era ingeniero técnico en informática ni estaba colegiado, lo que podría constituir un delito de intrusismo profesional. Además, se le acusa de haber mostrado en medios de comunicación imágenes vinculadas a la causa judicial.

La Audiencia de Sevilla descarta continuar la investigación por revelación de secretos, al entender que el caso de Marta del Castillo ha tenido una exposición mediática masiva desde 2009, y no se aprecia información nueva de carácter reservado. Además, el artículo 201.1 del Código Penal exige denuncia del agraviado o su representante, que en este procedimiento “no existe”.


El debate: ¿un informe informático requiere título habilitante?

En relación con el presunto delito de intrusismo, el tribunal destaca que el artículo 403 del Código Penal exige dos elementos: ejercer actos propios de una profesión y carecer del título correspondiente.
En este sentido, recuerda que el perito “no firmó el informe como ingeniero informático”, sino como representante de la empresa Lazarus Technology, sin atribuirse expresamente esa condición.

No obstante, la Audiencia subraya que aún se desconoce si el equipo forense incluía a algún titulado en informática ni si el informe fue encargado por el juzgado o aportado por una parte, cuestiones que considera determinantes para decidir si la conducta constituye delito.

El tribunal cita la Ley 12/1986, que reconoce a los ingenieros técnicos la competencia para realizar “peritaciones, valoraciones, tasaciones, informes, estudios, planes y proyectos”, un argumento que refuerza la posición del CPITIA.


El juzgado deberá decidir en 12 días

La Audiencia de Sevilla ordena ahora que el Juzgado de Instrucción número 7 practique, en un plazo de 12 días, las diligencias necesarias para aclarar si el informe fue o no encargado judicialmente y si participó algún profesional titulado.
Tras ello, el juzgado deberá resolver “con entera libertad de criterio” si procede mantener el sobreseimiento o continuar la investigación.

 

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