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El detenido por matar a su mujer en Dénia ya fue condenado en febrero por agredir a su mujer y su hija

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ALICANTE, 22 Oct.- El hombre detenido por supuestamente degollar a su expareja esta madrugada del lunes al martes en Dénia (Alicante) fue condenado en febrero, por el Juzgado de lo Penal 3 de Benidorm, por dos delitos de violencia de género contra la víctima y dos delitos de violencia doméstica cometidos contra la hija menor de la mujer.

Los hechos se han producido sobre las 04.30 horas, cuando el hombre ha accedido a la vivienda de la mujer y la ha degollado mientras dormía.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por cada uno de los delitos por los que fue condenado, el juzgado le impuso una pena de 28 días de trabajos en beneficio de la comunidad, así como un año de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y un año y un día de prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que frecuentase y de comunicarse con ella por cualquier medio. Se le apreció la atenuante de alcoholemia.

Según ha explicado el TSJCV en un comunicado, el juzgado declaró probado que el acusado había agredido en dos ocasiones a su entonces compañera sentimental y a la hija menor de esta, en el domicilio de Dénia donde todos ellos convivían, los días 31 de diciembre de 2017 y 2 de enero de 2018. La sentencia fue recurrida ante la Audiencia de Alicante y no es firme.

Además, paralelamente, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Dénia mantiene abiertas en estos momentos otras diligencias previas por posibles delitos de amenazas y quebrantamiento de medida cautelar.

Ese segundo procedimiento fue abierto en febrero de este mismo año, a raíz de un informe de la Policía Local en el que se referían unas manifestaciones de la víctima según las cuales su excompañero sentimental se había puesto en contacto telefónico con otro hijo de ella, mayor de edad y que reside en Rusia, y había vertido amenazas contra la mujer y su hija pequeña.

Fuente: EUROPA PRESS

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Bizum en el punto de mira de Hacienda: el cambio que te va a afectar

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límite de operaciones de Bizum
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La Agencia Tributaria intensifica el control sobre Bizum: nuevas medidas para frenar pagos no declarados y limitar ciertos usos de la plataforma.

El uso de Bizum como método de pago digital se ha extendido rápidamente en toda España por su rapidez, comodidad y gratuidad. Pero esta popularidad también ha despertado el interés de Hacienda, que ya ha anunciado nuevas medidas de control sobre los envíos de dinero a través de esta plataforma.

A partir de ahora, ciertos pagos por Bizum estarán prohibidos o deberán ser declarados de forma obligatoria, especialmente si implican actividades comerciales o ingresos recurrentes.


¿Qué cambios ha introducido Hacienda sobre Bizum?

La Agencia Tributaria quiere reforzar la vigilancia de los pagos electrónicos entre particulares, sobre todo aquellos que ocultan una actividad económica encubierta o eluden impuestos. Para ello, exigirá a los bancos informes mensuales sobre operaciones comerciales realizadas vía Bizum, independientemente de su cuantía.

Fin del límite de 3.000 euros

Hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a informar a Hacienda sobre los movimientos que superaran los 3.000 euros anuales. Con el nuevo enfoque, ese umbral desaparecerá, y cualquier transacción con indicios de actividad económica será reportada, aunque sea de menor cuantía.


¿Qué envíos por Bizum estarán prohibidos o controlados?

1. Pagos comerciales no declarados

Los cobros por servicios o ventas a través de Bizum que no estén registrados como actividad económica podrían ser sancionados. Esto incluye:

  • Clases particulares

  • Venta de productos de segunda mano con fines lucrativos

  • Alquileres de viviendas o habitaciones

  • Servicios profesionales (peluquería, fisioterapia, fotografía, etc.)

Aunque se trate de pagos “entre amigos”, si se detecta periodicidad, cantidad elevada o descripción comercial, deberán tributar y serán informados a la Agencia Tributaria.

2. Actividad económica sin estar dado de alta como autónomo

Incluso si el emisor del pago no emite factura ni está dado de alta como autónomo, Hacienda podrá considerar ese ingreso como actividad económica. En ese caso, exigirá la declaración del importe como rendimiento profesional.


¿Qué Bizum no necesita ser declarado?

No todos los envíos de dinero por Bizum están bajo la lupa. Los pagos entre familiares o amigos que sean ocasionales y sin finalidad comercial no requieren ser informados ni declarados, siempre que no superen los 10.000 euros anuales entre dos personas.

Ejemplos de envíos que no están sujetos a control:

  • Transferencias entre padres e hijos para gastos personales

  • Regalos puntuales o colaboraciones para cenas, cumpleaños, etc.

  • Compartir gastos del hogar o del ocio


Límites actuales para usar Bizum en España

Aunque la normativa fiscal cambia, los límites operativos de Bizum se mantienen estables. Cada entidad bancaria puede establecer condiciones concretas, pero en general, los límites de uso son los siguientes:

  • 💶 Importe mínimo por operación: 0,50 €

  • 💸 Importe máximo por operación: 1.000 € (algunos bancos fijan el tope en 500 €)

  • 🔁 Límite diario de envíos: 2.000 €

  • 📅 Límite mensual de envíos: 5.000 €

  • 🔢 Máximo de operaciones mensuales: 60

Es importante recordar que estas condiciones pueden variar ligeramente entre entidades bancarias, por lo que conviene consultar la app o web del banco correspondiente.


¿Qué implicaciones tiene para los autónomos?

La Agencia Tributaria también prevé modificar el régimen de pagos de autónomos vía Bizum. Actualmente muchos profesionales lo utilizan para cobrar servicios de forma inmediata, pero con las nuevas medidas, deberán justificar cada transacción con su correspondiente factura, e incluirlas en su declaración trimestral de IVA e IRPF.

Este control busca evitar el fraude fiscal y la economía sumergida, pero también podría complicar la gestión para profesionales que trabajan de forma ocasional o no están dados de alta.


¿Multas por uso indebido de Bizum?

Sí. El uso indebido de Bizum para fines comerciales sin declarar los ingresos puede derivar en sanciones económicas que van desde los 300 hasta los 6.000 euros, dependiendo del volumen no declarado y si existe reincidencia.

Además, en casos graves, Hacienda puede reclamar el pago retroactivo de impuestos y recargos por demora.


Conclusión: ¿Qué debes tener en cuenta al usar Bizum en 2025?

Con las nuevas normas, Bizum sigue siendo una herramienta segura y eficaz para enviar dinero entre particulares, pero no debe utilizarse como método opaco para cobrar servicios o actividades económicas sin declarar. Si eres autónomo o realizas actividades por cuenta propia, declara siempre los ingresos recibidos, aunque te los paguen por Bizum.

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