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Valencia

Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación

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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Imagen de archivo del exconseller del PP Rafael Blasco. EFE/Juan Carlos Cárdenas

València, 20 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.

En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.

En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular

La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.

«La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular», que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.

El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.

El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.

En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.

Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.

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Sucesos

La menor violada en Valencia estaba con un joven en el baño cuando entraron otros tres: la presunta agresión se prolongó 40 minutos

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detenidos ontinyent transfobia

Detenidos tres menores por una presunta agresión sexual grupal a una menor en Valencia

La Policía Nacional ha detenido en Valencia a tres menores de 14 y 15 años como presuntos responsables de una agresión sexual grupal a una menor de 16 años. Los hechos habrían ocurrido el pasado 10 de febrero en el baño de un centro comercial de la ciudad.

En el suceso también habría participado un cuarto menor de 13 años que, debido a su edad, es inimputable y no ha sido arrestado.

Los hechos investigados

Según la información facilitada por fuentes policiales, la menor acudió al baño del centro comercial junto a uno de los jóvenes. De acuerdo con su testimonio, mantuvo inicialmente relaciones consentidas con él. Posteriormente, otros tres menores entraron en el baño y, siempre según su versión, se produjo la presunta agresión durante cerca de 40 minutos.

La víctima ha declarado que se negó a mantener relaciones con los otros implicados y que tampoco autorizó la grabación de lo ocurrido. Sin embargo, los hechos habrían sido registrados con un teléfono móvil.

Los investigados reconocen que hubo relaciones sexuales, aunque sostienen que fueron consentidas. La defensa mantiene además que no hubo penetración y que existen conversaciones previas que, según su versión, acreditarían el consentimiento.

Grabación y difusión del vídeo

Además del presunto delito de agresión sexual con penetración a menor de 16 años, los detenidos se enfrentan a un delito contra la intimidad y revelación de secretos por la supuesta grabación y difusión de las imágenes.

Días después de los hechos, la dirección del instituto tuvo conocimiento de que el vídeo estaba circulando entre alumnos del centro. Tras mantener una conversación con la menor, se activó el protocolo de actuación ante posibles casos de agresión sexual y se informó a las autoridades.

Actuaciones judiciales

Los arrestados fueron detenidos este lunes y pasaron al día siguiente a disposición de la Fiscalía de Menores, que ha acordado como medidas cautelares:

  • Libertad vigilada.

  • Prohibición de comunicación con la víctima.

  • Orden de alejamiento que les impide acercarse a menos de 50 metros.

La investigación permanece abierta.


Actuación del GRUME

El GRUME es la unidad especializada de la Policía Nacional en la investigación de delitos en los que están implicados menores, tanto como presuntos autores como víctimas, actuando bajo la coordinación de la Fiscalía.

Las autoridades recuerdan la importancia de denunciar este tipo de hechos para activar los protocolos de protección y garantizar la asistencia a las víctimas.

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