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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación

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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Imagen de archivo del exconseller del PP Rafael Blasco. EFE/Juan Carlos Cárdenas

València, 20 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.

En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.

En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular

La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.

«La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular», que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.

El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.

El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.

En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.

Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.

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Valencia

Adiós al toldo de la plaza de la Virgen

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toldo plaza Virgen Valencia
Una joven fallera llega esta tarde a la plaza de la Virgen en la ofrenda de flores a la patrona de Valencia. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

VALÈNCIA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) – El Ayuntamiento de València ha decidido retirar el toldo que se despliega sobre la plaza de la Virgen y que se extiende entre la Basílica y el edificio situado frente a ella para evitar posibles daños estructurales. Esta medida se ha acordado este viernes en la Junta de Gobierno Local celebrada en el consistorio, tras prosperar una propuesta del Servicio de Proyectos Urbanos.

La decisión se ha adoptado teniendo en cuenta los informes técnicos aportados por la Basílica y por el área de Urbanismo del Ayuntamiento, que alertan de “daños por sobrecarga y filtraciones” que este toldo podría estar ocasionando en la estructura del edificio religioso, uno de los principales símbolos patrimoniales del centro histórico de València.

Extinción del convenio y retirada del entoldado municipal

En concreto, el ejecutivo municipal ha acordado “la extinción por mutuo acuerdo del convenio de colaboración suscrito el 11 de julio de 2011 entre la Fundación para la Restauración de la Basílica de la Mare de Déu dels Desamparats y el Ayuntamiento de València, para la reposición del toldo de cubrimiento de la plaza de la Virgen”.

Asimismo, el acuerdo aprobado establece las condiciones para la retirada del entoldado. Al tratarse de un elemento de propiedad municipal, será el propio Ayuntamiento quien asuma el coste de retirada, traslado y almacenamiento de la estructura.

Coordinación con las obras de rehabilitación de la Basílica

Las condiciones aprobadas indican que la retirada del toldo la realizará la misma empresa que la Basílica ha contratado para las obras de rehabilitación de forjados y reparación de la cornisa del templo.

El acuerdo subraya que, dado que se están ejecutando trabajos de reparación en la cubierta del edificio, resulta complejo separar las actuaciones de refuerzo, impermeabilización y reposición de la cubierta de los trabajos de retirada de los apoyos del toldo. Por razones organizativas y para no interferir en las obras en curso, se considera conveniente que la misma empresa encargada de la rehabilitación se ocupe también de la retirada del entoldado.

Además, se establece que los técnicos contratados por la Basílica para la dirección de obra y la coordinación de seguridad y salud asumirán también la supervisión de los trabajos de retirada del toldo, con el objetivo de garantizar la coordinación entre las actuaciones de reparación del templo y la eliminación de la estructura de sombra.

Traslado y almacenamiento del toldo para su posible reutilización

El acuerdo municipal prevé que la estructura del toldo sea trasladada y depositada en un almacén municipal del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento para su posible reutilización en el futuro.

Necesidad de autorizaciones patrimoniales

Las actuaciones de retirada deberán contar con las autorizaciones preceptivas en materia de patrimonio cultural. En este sentido, se precisa que, antes de la ejecución de los trabajos, la Basílica asumirá la tramitación de la autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, conforme a la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano.

El acuerdo municipal remarca que las obras no podrán llevarse a cabo hasta la obtención de dicha autorización y que deberán realizarse conforme al proyecto redactado por los técnicos responsables de la rehabilitación de la Basílica, respetando todas las condiciones establecidas.

Estudio de viabilidad para un nuevo sistema de sombra en la plaza de la Virgen

Finalmente, la medida adoptada por el Ayuntamiento de València incluye la puesta en marcha de un estudio de viabilidad para analizar la instalación de un nuevo sistema de sombraje en la plaza de la Virgen que sea compatible con la protección patrimonial del entorno.

El objetivo es generar zonas de sombra en determinados momentos del año sin comprometer la conservación de los edificios históricos ni el valor monumental de uno de los espacios más emblemáticos del centro histórico de València.

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