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El Gobierno aprueba nuevas normas de Tráfico: multas más altas y menos velocidad

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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha explicado que el Consejo de Ministros ha modificado la legislación con el objetivo de reducir la siniestralidad, rebajar en un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de circulación en la próxima década y avanzar hacia una cifra próxima a cero en el año 2050.

Tráfico, Circulación y Seguridad Vial

El Ejecutivo ha analizado el anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos. Por un lado, aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil y por otro, eleva de tres a cuatro los puntos que se perderán por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección.

Además, la norma tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares, lo que supondrá una sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos. Los turismos y motocicletas no podrán rebasar en más 20 kilómetros hora los límites de velocidad en las carreteras convenciones cuando adelantan a otros vehículos.

El texto introduce la posibilidad de recuperar dos puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Grande-Marlaska ha apuntado que desde la introducción del carné por puntos en 2006, los índices de siniestralidad vial se han reducido en un 57,2% y que casi el 1% de los conductores lo ha perdido por haber agotado los puntos.

Movilidad urbana

El titular de Interior también ha informado sobre la aprobación de un Real Decreto que modifica tanto del Reglamento General de Circulación como del Reglamento General de Vehículos. A su juicio, es necesario regular el tráfico urbano en las ciudades donde el número de víctimas mortales ascendió entre un 6% y un 7% el año pasado.

La norma establece que las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera (sin diferencia de altura), el límite de velocidad será de 20 kilómetros hora. En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 20 kilómetros hora y en las vías de 2 o más carriles por sentido, el límite seguirá siendo de 50 kilómetros por hora.

El ministro ha resaltado que rebajar la velocidad de 50 a 30 kilómetros por hora disminuye cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello y que la medida no ralentiza el tráfico urbano.

Estos límites entrarán en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que los ciudadanos los conozcan y las administraciones locales dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

Movilidad personal

El Real Decreto define los vehículos de movilidad personal como aquellos con una o más ruedas, dotados de una única plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos, que alcanzan una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora, como, por ejemplo, los patinetes.

Grande- Marlaska ha avanzado que se les aplicará el reglamento general de circulación como al resto de vehículos, por lo que se prohíbe su circulación por las aceras y zonas peatonales, así como en las vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías urbanas y túneles urbanos. Además, este tipo de vehículos tendrán que disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen determinados requisitos técnicos.

Acceso al permiso de conducir

El Gobierno ha reformado el Reglamento General de Conductores con la finalidad de reducir la edad mínima exigible para conducir camiones y autocares sin pasajeros a los 18 años si se tiene aprobado el Certificado de Aptitud Profesional. Además, contempla la posibilidad de que, previa valoración médica, personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan conducir esos vehículos.

El ministro ha señalado que con estas medidas «se mejora el acceso de los jóvenes al mercado laboral en el sector de los transportes por carretera, donde hay escasez de conductores profesionales».

Por otra parte, Grande-Marlaska ha anunciado que la DGT está elaborando un reglamento de vehículos de auxilio en carretera, así como otra reforma del Reglamento de Circulación para proteger a los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas y motoristas, que suman más fallecidos en accidentes que los conductores de vehículos de cuatro ruedas.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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