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El Gobierno no prorrogará el estado de alarma ante una oposición que pide un plan B

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EFE

Madrid, 20 abr (EFE).- El Gobierno ha descartado que vaya a pedir una prórroga del estado de alarma tras las elecciones madrileñas del 4 de mayo y ha insistido en que mantendrá el mismo criterio que ahora y que hay instrumentos jurídicos suficientes para que las comunidades autónomas puedan adoptar medidas a partir del 9 de mayo.

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha reiterado en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que a la vista de los datos actuales, el Ejecutivo no va ser necesaria ninguna prórroga y ha rechazado la proposición de ley registrada por el PP para reformar la Ley de Salud Pública.

«El PP está enredando con este tema del estado de alarma y no sabe lo que quiere», ha aseverado Montero, toda vez que este martes la mayoría de la oposición en el Congreso, incluido ERC se ha abierto a negociar la propuesta popular.

ERC, Cs, PNV, EH Bildu, PDeCAT, Compromís y Más País han vuelto a reclamar un acuerdo para que no haya decisiones judiciales distintas ante las mismas medidas de restricción que puedan adoptar los gobiernos autonómicos cuando se levante el estado de alarma.

«Sí estamos dispuestos a enmendar cualquier irresponsabilidad», ha avisado el portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, al Gobierno ante la iniciativa del PP que deberá ser tomada en consideración en el Pleno de Congreso, mientras el portavoz de Compromís, Joan Baldoví, también ha dejado claro: «Cualquier medida si puede ayudar, nosotros no estaríamos en contra, aunque venga del PP».

No obstante, la proposición de ley orgánica del PP admitida hoy a trámite no podría debatirse antes del 9 de mayo, ya que no hay convocados plenos en el Congreso hasta después de esa fecha, por lo que el líder de Más País, Íñigo Errejón, considera que la iniciativa ha nacido como propaganda electoral porque sabían que no llegaría a tiempo.

De momento el PP ha mandado a varios partidos políticos su plan para recabar apoyos e insiste en que antes del 9 de mayo debe haber instrumentos jurídicos que den «certidumbre» a las autoridades en la desescalada. «Una limitación mínima» de los derechos y libertades de los españoles, que ofrezca «garantías».

Sin embargo, aunque la mayoría de la oposición coincide en el mismo mensaje, partidos como Ciudadanos recuerdan que la propuesta del PP contempla poder aplicar las mismas medidas que el decreto de alarma pero sin pasar por el Pleno del Congreso.

«Daría más poder a Sánchez», señalan fuentes de la formación naranja, al apuntar que «no tendría que dar explicaciones».

La proposición de ley de medidas especiales en materia de Salud Pública con el fin de controlar enfermedades transmisibles pide reformar el artículo 3 de la ley de Salud Pública de 1986 para incluir «potestades administrativas concretas» durante una epidemia, como el control de los enfermos mediante «el sometimiento obligado de las personas sospechosas a observación de salud pública» o de «cuarentena, aislamiento o tratamiento».

Habilitaría a «localizar a personas sospechosas o afectadas», limitaría las entradas y salidas en zonas afectadas o amenazadas y controlaría el movimiento y el derecho de reunión, y en ningún artículo menciona que estas medidas deban pasar antes por el pleno antes de ponerse en marcha.

Por eso Montero ha vuelto a decir hoy que no es necesario modificar la legislación sobre salud pública y hasta la ministra de Defensa, Margarita Robles, ha salido al paso asegurando que hay instrumentos jurídicos suficientes.

La portavoz del Gobierno también critica las diferencias de criterio en el seno del PP, toda vez que el portavoz del grupo parlamentario en el Senado, Javier Maroto, ha afirmado que si tuviera que votar sobre la prórroga del estado de alarma, los populares lo rechazarían.

El Gobierno cree que convocar una conferencia de presidentes para tratar el fin del estado de alarma no contaría con garantía de acuerdo.

A las peticiones de acordar un plan B se sumado también el portavoz del PNV, Aitor Esteban, que en declaraciones a TVE ha señalado que «tal y como están los números, si no se hace ningún retoque (en la legislación), e incluso con las previsiones más optimistas del plan de vacunación, el instrumento más útil para luchar contra la pandemia es, todavía, el estado de alarma».

La portavoz de EH Bildu, Mertxe Aizpurua, coincide en acordar con las fuerzas políticas y las comunidades autónomas medidas que den cobertura legal para que no estén «sometidas» a las decisiones de cada juez y el portavoz del PDeCAT, Ferran Bel, ha instado a Sánchez a clarificar la situación antes del 9 de mayo.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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