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Valencia

El Supremo da carpetazo al archivo del «pitufeo» del PP de Valencia

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sobrinas rita barbera

València, 25 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de queja presentado por la Fiscalía sobre el archivo de la pieza del caso Taula sobre el presunto «pitufeo» en el PP de Valencia con una veintena de imputados y el propio partido, que también estaba investigado como persona jurídica.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo así lo acuerda en un auto del 19 de abril en el que ha desestimado el recurso planteado por la Fiscalía contra un auto de la Audiencia Provincial de Valencia, de 10 de enero de 2022.

En ese auto la Audiencia declaró no haber lugar a la preparación de recurso de casación contra el auto previo, de 18 de noviembre de 2021, del mismo órgano judicial, que declaró el sobreseimiento provisional de una causa por presunto blanqueo de capitales relacionada con el PP de Valencia, en lo que afectaba a una exconcejal y a la exsecretaria del grupo municipal en el Ayuntamiento de València.

El auto de la Sala del Tribunal Supremo recuerda que, de acuerdo al artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es indispensable para poder presentar recurso de casación contra un auto, que el mismo establezca el sobreseimiento libre y no el sobreseimiento provisional como en este caso, informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El tribunal tiene pendientes de resolver otros recursos de queja de la Fiscalía en la misma causa referidos a otras personas. El Supremo indica que decidirá de manera individual los mismos aunque «con las imprescindibles armonía y coordinación».

El pasado diciembre, la Audiencia archivó provisionalmente la causa del «pitufeo» para 22 investigados, así como para el PP, al entender que si bien pudiera ser ilícita la actividad «que se orquestó dentro del Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia, falta el enlace preciso y absolutamente necesario del conocimiento de que con este operativo se ayudaba y colaboraba en el blanqueo de capitales con la actividad delictiva previa origen del dinero».

La investigación se centraba en la campaña electoral de 2015, para la que desde el grupo municipal popular se exigió a un total de 50 personas, todas ellas vinculadas, en ese momento o en el pasado, al grupo y al partido -desde la propia alcaldesa a concejales y asesores- una aportación de 1.000 euros, que les sería devuelta en mano en dos billetes de 500 euros.

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Valencia

Autorizan a estos siete municipios a modificar el calendario escolar por Fallas

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La Conselleria de Educación ha autorizado a siete nuevos municipios de la Comunitat Valenciana a modificar el calendario escolar del curso 2025-2026 para ampliar los festivos durante la semana de Fallas.

 

Con esta decisión, ya son más de una treintena de localidades las que podrán adaptar sus días lectivos ante el impacto de las celebraciones falleras.


📅 Nuevos municipios autorizados y fechas

Los cambios aprobados afectan a las siguientes localidades:

  • 16 de marzo: Picassent y la Pobla Llarga

  • 17 de marzo: Albal, Moncada, Quart de Poblet y Silla

  • 18 de marzo: l’Alcúdia

Estas autorizaciones se suman a las ya concedidas previamente a municipios como Alaquàs, Paiporta, Carlet, Oliva, Catarroja, Alboraia, Sagunto, Almàssera, Benifaió, Alzira, Godella, Alfafar, Utiel, Bonrepòs i Mirambell, El Puig, Aldaia, Picanya, Mislata, Gandia, Burjassot, Xirivella, Paterna, Xàtiva y Torrent, entre otros.


Más de 40 solicitudes para modificar el calendario

La Conselleria ha recibido más de 40 peticiones para ampliar los festivos escolares durante la semana grande de las Fallas 2026.

  • 37 municipios solicitaron el cambio para el 16 y/o 17 de marzo.

  • Cuatro municipios pidieron modificar el calendario para el 18 o el 20 de marzo.

La tramitación corresponde a la Dirección General de Centros Docentes, que evalúa cada solicitud una vez recibida toda la documentación necesaria.


Requisitos para autorizar el cambio

Desde Educación explican que las modificaciones solo se aprueban cuando existe una justificación documental clara y suficiente de excepcionalidad.

Entre los requisitos exigidos se incluyen:

  • Informe favorable de la Dirección Territorial e Inspección Educativa.

  • Acuerdo del Consejo Escolar Municipal.

  • Informe de la Policía Local u organismos competentes que acrediten problemas de movilidad o alteraciones que afecten al normal desarrollo de la actividad educativa.

Las solicitudes que no cumplan estos criterios no pueden ser estimadas.


Una medida puntual y sin precedentes

La Conselleria ha subrayado que estas autorizaciones tienen carácter excepcional y puntual, y que no generan precedente para futuras solicitudes.

Asimismo, recuerda que los Consejos Escolares Municipales son los responsables de fijar los tres días festivos locales que se incluyen en el calendario al inicio de cada curso.


Fallas 2026 y organización escolar

El elevado número de peticiones responde al impacto que las Fallas generan en la movilidad y en el funcionamiento habitual de los centros educativos, especialmente en municipios con intensa actividad festiva.

Desde Educación recalcan que el objetivo es garantizar que cualquier modificación del calendario escolar responda exclusivamente a situaciones reales y debidamente acreditadas.

 

 

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