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El Tribunal Superior de Justicia mantiene el cierre del ocio a las 2.00 horas

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(EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha fallado a favor de mantener el cierre a la 1.00 horas en la hostelería y la restauración y a las 2.00 horas en el ocio nocturno acordados por la Generalitat y recurridos por cinco asociaciones empresariales de restauración, ocio y juego.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha resuelto sobre el recurso presentado contra la resolución de 3 de junio de 2021 de la Conselleria de Sanidad que mantiene algunas restricciones como medidas de prevención en la Comunittat Valenciana contra el Covid-19, acordadas para el periodo entre el 8 y el 30 de junio.

El tribunal desestima la medida cautelar solicitada por los recurrentes y deniega la suspensión del cierre a la 1.00 horas en la hostelería y a las 2.00 horas en el ocio nocturno, porque no aprecia la afectación de derechos fundamentales, en concreto del derecho de reunión, cuya defensa le reclamaban los recurrentes.

Por otro lado, la Sala entiende que las medidas aprobadas por la Conselleria para estos sectores económicos cumplen el juicio de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.

«Lo que pretenden los recurrentes se acerca a una vuelta a la completa normalidad que -todavía- no parece razonable, dado que no se ha alcanzado la llamada inmunidad de rebaño o completa normalidad», precisan los magistrados. Satisfacer la pretensión de los recurrentes «podría suponer la perturbación grave de los intereses generales», añaden.

«Es cierto que el nivel de contagios en la Comunidad Valenciana es menor que hace unos meses, y por ello la administración autonómica ha dejado ya sin efecto el denominado toque de queda y las limitaciones de las reuniones», prosigue.

Además, añade que se tenga «en cuenta que se eleva el horario del cierre de la hostelería hasta la 1.00 horas y se posibilita «ex novo» la apertura del ocio nocturno (aunque en este primer estadio sea solo hasta las 2.00 horas). Esto parece congruente con un avance progresivo en la desescalada».

Y, finalmente, concluyen: «Es de prever que, transcurrido el nuevo período de tiempo de vigencia de las nuevas medidas, si se sigue consolidando la tendencia a la baja de la transmisión, y con el avance en la vacunación, se pueda culminar con el proceso de desescalada».

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El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Tribunal Supremo ha propuesto juzgar al exministro de Transportes José Luis Ábalos, a su exasesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia.
El magistrado Leopoldo Puente considera que los tres pudieron cometer delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y pertenencia a organización criminal.

 


Un auto que apunta a una trama de corrupción

En el auto dictado este lunes, el juez Puente señala que Ábalos, Koldo y De Aldama “se concertaron” poco después de que el exministro tomara posesión de su cargo en el Gobierno, aprovechando su influencia política para obtener beneficios económicos mediante contratos públicos relacionados con el suministro de mascarillas.

El instructor indica que los investigados utilizaron su posición y contactos para “beneficiarse económicamente de las adjudicaciones de contratos” y valerse de la influencia ministerial para favorecer a determinadas empresas.


Diez días para presentar acusaciones o solicitar archivo

El magistrado da un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones populares —encabezadas por el Partido Popular (PP)— para presentar sus escritos de acusación o peticiones de archivo.
Además, podrán solicitar la práctica de diligencias complementarias si lo consideran necesario.


División de la causa: mascarillas y obras públicas

Esta decisión llega después de que en septiembre de 2025, el juez decidiera dividir la causa en dos partes:

  • una pieza principal centrada en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia,

  • y otra pieza separada, aún en fase inicial, sobre una supuesta trama de comisiones a cambio de obra pública.

El magistrado ya había advertido entonces que la investigación sobre las mascarillas estaba “muy avanzada”, mientras que la relativa a las obras públicas se encontraba “en fase incipiente”.


Indicios de pagos y contraprestaciones ilícitas

El juez Puente sostiene que existen “indicios muy consistentes” de que Víctor de Aldama entregó dinero tanto a José Luis Ábalos como a Koldo García “con el propósito de que estos realizaran actos contrarios a los deberes inherentes a sus cargos públicos”.

Según el auto, ambos recibieron retribuciones económicas como contraprestación a las gestiones realizadas en favor de las empresas que buscaban contratos con la Administración.
De Aldama, por su parte, habría actuado como intermediario, buscando empresas dispuestas a pagar a cambio de facilitar su relación con el Ministerio de Transportes.


El papel de Koldo García y la implicación de Ábalos

El auto judicial detalla que Koldo García, exasesor de Ábalos, usó su posición de confianza para realizar las gestiones necesarias y facilitar los contactos entre las empresas interesadas y los responsables públicos.
El juez apunta que Ábalos intervenía directamente cuando “su firma o su influencia personal resultaban indispensables”.


Un nuevo capítulo del ‘caso Koldo’

El llamado ‘caso Koldo’ estalló en 2024 al revelarse una presunta red de comisiones irregulares por contratos públicos durante la pandemia.
La propuesta de enjuiciamiento del Tribunal Supremo marca un punto de inflexión en la investigación, ya que por primera vez se apunta directamente al exministro de Transportes como parte activa de la trama.

 

 

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