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El TSJCV desbloquea 271.000 euros de las cuentas de Correa en Suiza para resarcir el daño por Fitur

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MADRID, 29 May. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ordenado que se desbloquee de las cuentas que el líder de la trama Gürtel, Francisco Correa, tiene en el banco suizo Crédit Suisse 271.000 euros para hacer frente a la responsabilidad civil a la que fue condenado en el juicio por el amaño de contratos públicos relacionados con la Feria Internacional de Turismo (Fitur).

En un auto con fecha de este lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala atiende la «petición expresa» que hizo el empresario para poder acceder a dicha cantidad para satisfacer «con prontitud» la deuda generada a la Generalitat Valenciana. Esta solicitud la hizo después de conocer que el Tribunal Supremo ratificó el pasado 15 de mayo la sentencia del tribunal valenciano.

Por la resolución del TSJCV, Correa lleva en la prisión madrileña de Valdemoro desde el febrero de 2014 para cumplir 13 años por participar en la manipulación de los contratos públicos para el montaje del expositor de la Comunidad Valenciana en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones entre 2005 y 2009.

Además, se le condenó a pagar una responsabilidad civil de 271.000 euros de forma solidaria con su ‘número dos’, Pablo Crespo; con el responsable, el contable y una trabajadora de Orange Market, Álvaro Pérez ‘El Bigotes, Cándido Herrero y Mónica Magariños, respectivamente; y con la administradora de alguna de sus empresas, Isabel Jordán.

También con la exconsellera ‘popular’ de Turismo y expresidenta de Les Corts Valencianas, Milagrosa Martínez; su ex jefe de gabinete, Rafael Betoret; el ex jefe del área de Mercados y Comunicación de la Agencia Valenciana de Turismo (AVT) Isaac Vidal; y el exresponsable del servicio de Promoción de la Agencia de Turismo, Jorge Guarro.

EL RESTO DE DINERO CONTINUARÁ BLOQUEADO
El abogado de Correa, Juan Carlos Navarro, informó a los magistrados del Supremo en la vista pública celebrada para estudiar los recursos contra la sentencia dictada por el TSJCV que su defendido iba a resarcir los daños económicos causados a la Administración por parte de todos estos condenados.

Por todo ello, el Tribunal Superior deja sin efecto el bloqueo de las cuentas bajo la titularidad de Golden Chain Properties, propiedad del líder de la Gürtel, para que se transfiera 271.000 euros a la Cuenta de Consignaciones de la Sala. Añaden los magistrados en su auto que debe mantenerse «el resto del dinero que pudiera existir en dichas cuentas en la situación de trabado e indisponible por su titular».

Por otro lado, a mediados de este mes de mayo, Correa también anunció que pedirá a la entidad financiera Crédit Suisse el desbloqueo de otros 2,25 millones para afrontar la responsabilidad civil relacionada con la primera época de actividades de la trama corrupta (1999-2005), cuya condena de 51 años y 11 meses por estos hechos –por los que la Fiscalía Anticorrupción solicitó 125 años y un mes– se dio a conocer el pasado jueves.

COLABORACIÓN CON LA JUSTICIA
Esta cantidad servirá para indemnizar a entidades públicas de Estepona (Málaga); al Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), así como un organismo dependiente de este consistorio; al Ayuntamiento madrileño de Pozuelo de Alarcón; al Ayuntamiento de Madrid, a la Comunidad de Madrid y a la Agencia Tributaria.

El abono de estas cantidades se enmarcan dentro de la colaboración con la Justicia que Correa mantiene desde el juicio por la primera época de la trama Gürtel y que continuó durante la última vista oral celebrada por la presunta caja ‘b’ del PP de la Comunidad Valenciana. En este último procedimiento, el líder de la Gürtel ha abonado 2,06 millones de euros para poder hacer efectiva la indemnización por la defraudación tributaria cometida por Orange Market, cifra que fue consignada en la cuenta de la Audiencia Nacional el 8 mayo, día que concluyó el mismo.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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