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Valencia

El TSJCV ve procedente el despido de una directiva de la EMT tras el fraude de 4 millones

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La exdirectora de Negociado de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra (izq). EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 23 jun (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado procedente el despido disciplinario de la exdirectora de Negociado de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra, acordado por la empresa municipal en septiembre de 2019 tras sufrir una estafa informática de 4 millones de euros.

De esta forma, se estima el recurso de suplicación de la entidad pública municipal y se revoca la resolución de un juzgado que daba la razón en primera instancia a la extrabajadora y declaraba improcedente su cese, ha informado el TSJCV.

La Sala aprecia una «falta absoluta de criterio» y una «grave negligencia» en la actuación de la empleada al proporcionar a los presuntos delincuentes documentos firmados por sus superiores.

Según señala la sentencia, notificada este miércoles a las partes, esa acción «constituye una grave transgresión de la buena fe contractual que ha ocasionado además un perjuicio económico sustancial para la empresa».

La Sala considera que la conducta seguida por la trabajadora al facilitar a los presuntos estafadores sendos documentos firmados por dos superiores jerárquicos, que eran apoderados de la sociedad, «constituye una grave transgresión de la buena fe contractual que ha ocasionado además un perjuicio sustancial para la empresa demandada».

Igualmente «ha comprometido la reputación de otros trabajadores» –añaden las magistradas en referencia al entonces gerente y a la directora de Gestión de la EMT-, «que se vieron involucrados sin su conocimiento en la estafa sufrida por la empresa, a través de la utilización fraudulenta de sus firmas».

Para la Sala, el hecho de que la Zafra no confirmara con sus superiores el conocimiento que éstos tenían de la Oferta Pública de Acciones (OPA) de la EMT para adquirir una empresa china, que simularon en sus correos electrónicos los presuntos estafadores, «evidencia una falta absoluta de criterio y una grave negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones laborales, con la consiguiente pérdida de confianza de la empresa demandada».

«La actora, que es directora de Negociado de Administración de la empresa demandada y no una mera administrativa, no debió dar crédito a la OPA (…), sin realizar antes unas mínimas comprobaciones con sus superiores jerárquicos», establece la sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

Por otro lado, la entrega de los documentos firmados por los apoderados de la sociedad tampoco resultaba necesaria para «la supuesta OPA» y «carecía de toda justificación», abunda la resolución judicial.

Según el Tribunal, esa actuación implica una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza en el desempeño del trabajo tipificada en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores y que está calificada como una falta muy grave por el Laudo de Obligado Cumplimiento que establece el régimen de faltas y sanciones en la EMT.

La Sala de lo Social del Alto Tribunal Valenciano concluye que la sanción de despido es por tanto «proporcionada» a la gravedad de este incumplimiento contractual.

No obstante, aprecia también un motivo justificado para declarar la procedencia del despido en el hecho de que la trabajadora ocultara a la empresa, en el marco de la investigación interna del fraude, que había enviado los documentos antes mencionados, que fueron «los que se utilizaron para falsificar las firmas e incorporarlas a la cartas de pago que se cursaron junto con las órdenes de transferencia».

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Valencia

Cortes de tráfico y restricciones de estacionamiento por la carrera de este domingo

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Carrera Never Stop Running de Valencia

La avenida de França acoge este domingo la meta de la 42ª Clàssica Comunitat Valenciana 1969

Cortes de tráfico y restricciones de estacionamiento por la llegada del Gran Premi València 2026

València volverá a convertirse este domingo, 25 de enero, en epicentro del ciclismo profesional con la celebración de la 42ª edición de La Clàssica Comunitat Valenciana 1969 – Gran Premi València 2026, una prueba que inaugura el calendario ciclista profesional en Europa y que estrena este año un recorrido inédito entre La Nucia y la ciudad de València.

La carrera partirá desde la Ciutat Esportiva Camilo Cano de La Nucia, donde la presentación de equipos tendrá lugar a partir de las 11:00 horas, y finalizará en la avenida de França, con una llegada prevista entre las 16:30 y las 18:00 horas.

Cortes de tráfico en la avenida de França

Con motivo de la llegada de la prueba, la Policía Local de València ha diseñado un dispositivo especial de tráfico. La zona de meta, situada en la avenida de França entre la calle Pintor Maella y la plaza de Europa, permanecerá cerrada al tráfico rodado desde las 08:00 hasta las 21:00 horas del domingo.

Asimismo, quedará prohibido estacionar en ambos sentidos de este tramo desde las 22:00 horas del sábado y hasta las 20:00 horas del domingo, con el objetivo de garantizar la seguridad del evento y facilitar el montaje y desmontaje de la infraestructura.

Un recorrido inédito y participación de primer nivel

El trazado de esta 42ª edición incorpora novedades relevantes y presenta un perfil exigente que promete una carrera selectiva antes del tramo final en la capital del Turia.

La Clàssica Comunitat Valenciana 1969 contará con la participación de seis equipos UCI World Tour, así como de destacados ciclistas del pelotón internacional y nacional, consolidándose como una de las pruebas más importantes del inicio de la temporada ciclista.

Actividades y pantalla gigante en la zona de meta

Durante la jornada, el público podrá seguir la carrera en directo a través de una pantalla gigante instalada en la zona de llegada, además de disfrutar de actividades de animación y de los espacios promocionales habilitados por los patrocinadores del evento.

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