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Valencia

El TSJCV ve procedente el despido de una directiva de la EMT tras el fraude de 4 millones

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La exdirectora de Negociado de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra (izq). EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 23 jun (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado procedente el despido disciplinario de la exdirectora de Negociado de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra, acordado por la empresa municipal en septiembre de 2019 tras sufrir una estafa informática de 4 millones de euros.

De esta forma, se estima el recurso de suplicación de la entidad pública municipal y se revoca la resolución de un juzgado que daba la razón en primera instancia a la extrabajadora y declaraba improcedente su cese, ha informado el TSJCV.

La Sala aprecia una «falta absoluta de criterio» y una «grave negligencia» en la actuación de la empleada al proporcionar a los presuntos delincuentes documentos firmados por sus superiores.

Según señala la sentencia, notificada este miércoles a las partes, esa acción «constituye una grave transgresión de la buena fe contractual que ha ocasionado además un perjuicio económico sustancial para la empresa».

La Sala considera que la conducta seguida por la trabajadora al facilitar a los presuntos estafadores sendos documentos firmados por dos superiores jerárquicos, que eran apoderados de la sociedad, «constituye una grave transgresión de la buena fe contractual que ha ocasionado además un perjuicio sustancial para la empresa demandada».

Igualmente «ha comprometido la reputación de otros trabajadores» –añaden las magistradas en referencia al entonces gerente y a la directora de Gestión de la EMT-, «que se vieron involucrados sin su conocimiento en la estafa sufrida por la empresa, a través de la utilización fraudulenta de sus firmas».

Para la Sala, el hecho de que la Zafra no confirmara con sus superiores el conocimiento que éstos tenían de la Oferta Pública de Acciones (OPA) de la EMT para adquirir una empresa china, que simularon en sus correos electrónicos los presuntos estafadores, «evidencia una falta absoluta de criterio y una grave negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones laborales, con la consiguiente pérdida de confianza de la empresa demandada».

«La actora, que es directora de Negociado de Administración de la empresa demandada y no una mera administrativa, no debió dar crédito a la OPA (…), sin realizar antes unas mínimas comprobaciones con sus superiores jerárquicos», establece la sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

Por otro lado, la entrega de los documentos firmados por los apoderados de la sociedad tampoco resultaba necesaria para «la supuesta OPA» y «carecía de toda justificación», abunda la resolución judicial.

Según el Tribunal, esa actuación implica una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza en el desempeño del trabajo tipificada en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores y que está calificada como una falta muy grave por el Laudo de Obligado Cumplimiento que establece el régimen de faltas y sanciones en la EMT.

La Sala de lo Social del Alto Tribunal Valenciano concluye que la sanción de despido es por tanto «proporcionada» a la gravedad de este incumplimiento contractual.

No obstante, aprecia también un motivo justificado para declarar la procedencia del despido en el hecho de que la trabajadora ocultara a la empresa, en el marco de la investigación interna del fraude, que había enviado los documentos antes mencionados, que fueron «los que se utilizaron para falsificar las firmas e incorporarlas a la cartas de pago que se cursaron junto con las órdenes de transferencia».

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Valencia

Igualdad actuará tras el veto a mujeres cofrades en la Semana Santa de Sagunto: “Tiene que ser igualitaria”

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Igualdad actuará tras el veto a mujeres cofrades en la Semana Santa de Sagunto: “Tiene que ser igualitaria”

El Ministerio de Igualdad advierte de que las cofradías deben respetar la Constitución y anuncia actuaciones tras la exclusión de mujeres en una hermandad de Sagunto.

El Gobierno responde al veto de mujeres en una cofradía de Sagunto

El Ministerio de Igualdad, dirigido por la ministra Ana Redondo, ha anunciado que actuará tras el veto de la Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo de Sagunto, en la Sagunto, que impide la incorporación de mujeres como cofrades.

La ministra ha señalado en la red social X que “las cofradías no están al margen de la Constitución” y ha subrayado que la Semana Santa “tiene que ser igualitaria”.

Igualdad recuerda la obligación de cumplir la Constitución

Desde el Ministerio de Igualdad se insiste en que todas las entidades, incluidas las cofradías religiosas o culturales, deben respetar el principio de igualdad reconocido en la Constitución española.

En este contexto, el Gobierno ya había comenzado a analizar posibles consecuencias administrativas relacionadas con la Semana Santa de Sagunto, declarada Fiesta de Interés Turístico Nacional desde 2004.

Posible revisión de la declaración de interés turístico

El Ejecutivo estudia si existen motivos suficientes para una posible revisión de la categoría de “Fiesta de Interés Turístico Nacional”, tras recibir quejas por la exclusión de mujeres en la cofradía.

Esta distinción honorífica se concede a celebraciones que destacan por su relevancia cultural, tradición y atractivo turístico en España.

Protestas por la inclusión femenina en la cofradía

El colectivo Semana Santa Inclusiva de Sagunto lleva años reclamando que la cofradía modifique sus estatutos para permitir la participación de mujeres.

Desde 2021, el grupo realiza protestas cada Martes Santo frente a la ermita donde tiene su sede la cofradía, denunciando una situación que consideran discriminatoria.

Una cofradía histórica con estatutos exclusivos

La Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo de Sagunto, fundada en 1492, cuenta actualmente con alrededor de 1.700 miembros, todos ellos hombres, según han señalado representantes del colectivo.

La polémica vuelve a situar en el debate público la relación entre tradiciones históricas, normativa interna de entidades religiosas y el cumplimiento de los principios de igualdad en España.

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