Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

España aprueba la vacunación de niños entre 5 y 11 años a partir del 15 de diciembre

Publicado

en

La campaña de vacunación de niños entre 5 y 11 años comenzará en España a partir del 15 de diciembre. La Comisión de Salud Pública, en la que están representados en Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, ha aprobado la ampliación de la vacunación contra la covid-19 a los menores entre 5 y 11 años. Los primeros viales del lote previsto de 3,2 millones hasta enero llegan a España el día 13 diciembre y estarán disponibles en las comunidades para que puedan iniciar su administración el día 15.

La de los menores de 12 años era la única franja de edad para la que todavía no había comenzado la campaña de vacunación y es precisamente también la que mayor incidencia de casos acumula: 412 diagnósticos por 100.000 habitantes, casi el doble que la media de España (248) y más del triple que entre adolescentes (133) o mayores de 80 (125). Después de los niños, los siguientes grupos con más casos detectados son los de entre 30 y 50 años, lo que coincide con la edad de la mayoría de los padres de estos niños.

Según los datos disponibles de las países donde ya ha comenzado la vacunación de esta franja de edad muestran que no se están registrando efectos secundarios graves.

Desde Bruselas, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, había avanzado este martes que será cada comunidad autónoma la que establezca la «modalidad» para vacunar a los menores, sin decantarse por hacerlo en los colegios, en vacunódromos o en centros de salud. La opción de los centros educativos, al menos en las primeras semanas con la proximidad de las vacaciones, se antoja más complicada, aunque es la preferida por algunas autonomías, como Andalucía.

Los menores de 12 años son en este momento el grupo de edad que presenta mayor incidencia de contagios por coronavirus. La vacunación, aunque tiene como objetivo principal evitar la enfermedad grave y la muerte, ha mostrado eficacia también para reducir hasta cierto la transmisión del virus. La vacunación de los niños podría no sólo protegerles a ellos sino además ayudar a completar la inmunización de la población española para mitigar las olas de contagios.

Los ensayos realizados muestran que, con las variantes en circulación, la vacuna formulada por Pfizer, que contiene un tercio de la dosis que lleva para los adultos, reduce las probabilidades de que los pequeños contraigan la enfermedad en un 91%. Y minimiza las ya de por sí bajas posibilidades de hospitalizar, ingresar en UCI o morir a prácticamente cero.

 

 

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo