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Estas son las autopistas que pasan a ser gratis a partir de este miércoles 1 de enero

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Las autopistas AP-4 entre Sevilla y Cádiz y AP-7 entre Tarragona, Valencia y Alicante suprimen a partir de las 00.00 horas de este miércoles, 1 de enero, el cobro de peaje a sus usuarios.

Los conductores que diariamente circulan por estas vías, que con una media de entre 20.124 y 24.477 usuarios diarios figuran entre las más transitadas del país, dejarán de pagar tasa alguna.

La supresión de las barreras de peaje en estas autopistas es consecuencia de la conclusión del contrato de concesión de su explotación, que actualmente tiene Abertis, y su consecuente reversión al Estado.

Se trata de las segundas vías de pago en alcanzar el fin de su concesión, levantar el peaje y pasar a estar gestionadas por el Estado un año después de que lo hiciera la AP-1 Burgos-Armiñón, vía que gestionaba el grupo Itínere y que quedó libre de peaje el 1 de diciembre de 2018.

En todos los casos, es fruto de la decisión que adoptó el Gobierno actualmente en funciones de no prorrogar los contratos de concesión de autopistas de peaje que vencieran.

De esta forma, desde este miércoles los 467 kilómetros de longitud que suman estas dos autopistas quedarán libre de pago y pasarán a ser gestionadas por el Ministerio de Fomento.

La AP-4 Sevilla-Cádiz cuenta con 93,8 kilómetros de longitud por los que actualmente circulan una media de 24.477 conductores al día, si bien esta cifra se eleva a casi 35.000 vehículos en los meses de verano.

De su lado, los tramos de la AP-7 Tarragona-Valencia y Valencia-Alicante, cuentan con 225,32 y 148,5 kilómetros de longitud, respectivamente.

El primero de estos trazados registra un tráfico medio de 22.707 vehículos al día, mientras que el que une la capital del Turia y Alicante contabiliza 20.124 tránsitos, si bien también en los meses estivales superan la cota de los 36.000 usuarios diarios, según datos oficiales del Ministerio de Fomento.

SU MANTENIMIENTO, A COSTA DEL ERARIO PÚBLICO
Este Departamento, al hacerse cargo de estas vías, deberá encargarse también de su mantenimiento, que pasará a depender del erario público. Hasta ahora, lo costeaba Abertis a cuenta del peaje que cobraba a los usuarios de las vías.

No obstante, Fomento no ha podido resolver a tiempo el concurso público que lanzó para seleccionar a la empresa que reemplace a Abertis a la hora de realizar estos trabajos de conservación y mantenimiento, estimados en 153 millones de euros anuales.

Por ello, ha resuelto encomendarselo a Sacyr, FCC y API Movilidad, a través de ‘contratos de emergencia’ y hasta que se adjudique el contrato original.

Fomento no ha podido resolver este contrato dado que ha sido recurrido por Abertis ante las discrepancias que el grupo y el Ministerio mantienen sobre los trabajadores de la compañía que deben subrogarse en los trabajos de mantenimiento de las vías.

El grupo de autopistas ha pactado ya un ERE para 136 trabajadores de las autopistas, el 45,3% de su plantilla total, los ligados a la administración y cobro del peaje.

Estas dos nuevas autopistas levantan su peaje y vuelven al Estado mientras aún sigue pendiente el debate que el Ejecutivo ahora en funciones pretendía lanzar para consensuar un modelo de financiación de la red de carreteras, que pasa por sopesar la eventual articulación de una tasa por uso en toda la red de 12.000 autovías del país, una de las más extensas de Europa.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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