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Piden calma ante la falta de amoxicilina en farmacias

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falta de amoxicilina en farmacias
Una mujer pasa ante una farmacia en el centro de Valencia. EFE/Manuel Bruque/Archivo
València, 22 nov (OFFICIAL PRESS- EFE).-La falta de amoxicilina en farmacias ha hecho saltar todas las alarmas, aunque los expertos piden calma.
La amoxicilina, uno de los antibióticos más usados en la población infantil, está sufriendo problemas de abastecimiento en las farmacias valencianas, aunque se pueden «suplir con total garantía» por otras alternativas terapéuticas.

Falta de amoxicilina en farmacias

Así lo asegura a EFE el presidente del Colegio de Farmacéuticos de Valencia, Jaime Giner, quien explica que se está produciendo el desabastecimiento, especialmente de una de las presentación de amoxicilina, debido a un «incremento puntual de la demanda» de este fármaco».

También el pediatra Fernando García-Sala, presidente de la Fundación Prandi de la Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria (SEPEAP), indica que hay abastecimiento en las farmacias de antibióticos como amoxicilina en jarabe, y aunque no los hay con la forma de comprimidos «éstos no pueden ser administrados a lactantes».

La alternativa a la amoxicilina

Giner ha explicado que hay problemas de abastecimiento en la presentación de Amoxicilina de 250 mg/5 ml en jarabe, aunque la de 125 mg aún se está suministrando, pero en su lugar se puede administrar comprimidos en el caso del niño que pueda tomarlos y hay alternativas terapéuticas de otro tipo de antibíótico en sobre «que puede suplir con total garantía».

Subraya que desde la organización colegial avisan desde hace años de que hay un sistema de suministro de medicamentos «muy inestable» por distintas causas, entre ellas la concentración de productos en principio activo en una sola planta y en Asia, por lo que problemas como el bloqueo del Canal de Suez en 2021 o ahora los bloqueos por la guerra de Ucrania pueden afectar de forma importante.

También puede ser debido a la escasez de materia prima, no solo del principio activo de amoxicilina, sino de botellas de vidrio, del aluminio que proviene de Rusia o de otro tipo de materiales.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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