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GENTE| Aitor Trigos, del éxito y la fama en TV a la ruina y la prostitución

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Aitor Trigos, un actor nacido en Valladolid y que triunfó en la televisión tras ser modelo y actor, es uno de los muchos ejemplos del ‘famoseo’ que no despierta del sueño hasta que no se da de bruces contra el suelo.

Su carrera fue meteórica, ascenso vertiginoso en programas de mucho éxito, como ‘Las mañanas de Cuatro’, ‘Si yo fuese tú’ y ‘Amor en la red’. También llegó a presentar galas de Reyes. Todo le iba de maravilla, hasta que un día cayó.

Hace poco ha vuelto a salir a la luz para explicar sus caso en una entrevista en televisión que ofreció a los compañeros de ConfiTV y también estuvo en el programa Sálvame, en la que reconoció que se encontraba «en la ruina», había llegado a vivir «en la puta calle» y que, incluso, había tenido que ejercer la prostitución con otros hombres para poder salir del agujero en el que se había metido.

Su alto tren de vida, que no supo parar cuando el negocio televisivo bajó y la cantidades de dinero que se cobraba por programa empezaron a bajar. Ello, además del divorcio del que fue su marido —con el que invirtió grandes cantidades en negocios que no acabaron bien—, le llegó a costar todo lo que tenía: perdió su casa y tuvo que ir a vivir donde podía, en sitios que ha señalado que eran ‘poco recomendables’ Han sido diez años en los que no ha aparecido.

«No supe asimilar lo que me estaba pasando en mis años de mayor esplendor y viví una borrachera profesional provocada por la buena racha», señalaba en alguna de estas entrevistas en las que el actor se ha sincerado y ha reconocido las dificultades de poder volver a la televisión, ni ahora ni entonces. Y es donde reconoció que tuvo que prostituirse: «Decidí vender hasta esta intimidad porque ya nadie me ofrece trabajo».

Lo intentó en varios castings, como el de ‘First Dates’, —finalmente la cadena eligió a Carlos Sobera— y tampoco pudo acceder a estar en el programa ‘Supervivientes’, pero no alcanzó un acuerdo con la cadena y, para el de 2018, ha sido ésta la que no lo ha elegido. Es por ello que, ahora, sigue ligado al mundo del espectáculo, aunque en este caso ligado al teatro. Ha fijado su residencia en Málaga y realiza alguna colaboración con alguna televisión local.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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