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Grezzi, el concejal de movilidad, se graba en vídeo mientras incumple las normas de tráfico

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Que quien impone las normas debería dar ejemplo y ser el primero o primera en respetarlas y predicar con el ejemplo, eso está claro… o no. Y es que el Concejal de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Valencia, Giuseppe Grezzi, ha publicado un vídeo en su página de Facebook en el que se ve como él mismo se graba, móvil en mano, mientras circula en bicicleta por el recién inaugurado carril bici de Guillem de Castro junto a otros ciclistas.

Foto: Facebook

Foto: Facebook

«Inaugurando el carril bici» o «estoy transmitiendo en directo» son algunas de las frases que destaca el edil en su vídeo de más de 10 minutos de duración en la que se graba, a modo de selfie incluso, mientras realiza el recorrido en bici, apreciándose incluso en las imágenes su sombra de cómo va en la bicicleta con el móvil en la mano derecha grabando y realizando comentarios sobre el anillo ciclista de la ciudad.

El sol deja ver la sombra de Grezzi en bici mientras graba con su móvil. Foto: Facebook.

El sol deja ver la sombra de Grezzi en bici mientras graba con su móvil. Foto: Facebook.

Con estas imágenes queda patente que el concejal de movilidad de Valencia incumple al utilizar el móvil mientras conduce una bicicleta dos normas de tráfico por las que se enfrentaría a una multa de entre 80 y 200 euros. Grezzi estaría incumpliendo el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación que «prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares».

También incumple la Ordenanza de Circulación del Ayuntamiento de Valencia, que en su artículo 40 señala entre las «acciones prohibidas a los usuarios de bicicletas» destaca el «circular utilizando cascos, auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual».

Incluso estaría realizando una tercera negligencia. Y es que el carril bici por el que circula tiene dos direcciones, por lo que según el Código de Circulación debería circular siempre por la derecha, algo que por las imágenes se muestra que no siempre es así. En concreto la norma 29 del Reglamento General de Circulación indica que «como norma general, y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, los vehículos circularán en todas las vías objeto de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad (artículo 13 del texto articulado).
Aún cuando no exista señalización expresa que los delimite, en los cambios de rasante y curvas de reducida visibilidad, todo conductor, salvo en los supuestos de rebasamiento previstos en el artículo 88, debe dejar completamente libre la mitad de la calzada que corresponda a los que puedan circular en sentido contrario».

Al cierre de esta noticia, el vídeo completo todavía se puede ver en su página de Facebook:

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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