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Hacienda devolverá el IRPF de maternidad a todos los contribuyentes a los que se lo negó

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Hacienda ha comunicado que devolverá el IRPF de la prestación de maternidad y paternidad también a los contribuyentes que ya habían reclamado sin éxito. Así lo ha dado a conocer la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) quienes reclaman que «es de justicia que los primeros que reclamaron y a los que se negó el derecho a la devolución se puedan beneficiar de la decisión del Tribunal Supremo».

una sentencia del máximo tribunal dejaba claro que las prestaciones por maternidad y/o paternidad recibidas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante el periodo de baja deben estar exentas en el IRPF.

Por tanto, los contribuyentes que percibieron la prestación de maternidad y paternidad a partir de 2014 pueden solicitar la devolución del IRPF de esa prestación. Asimismo, también pueden solicitar la devolución los empleados públicos que perciben permisos de maternidad y paternidad a través de las mutualidades de previsión social.

Hasta ahora Hacienda ha devuelto más de 960 millones de euros, a más de 700.000 afectados, pero había un grupo de afectados que no habían recuperado el dinero de su IRPF: los contribuyentes que habían reclamado y que obtuvieron una resolución o sentencia firme denegatoria antes de la sentencia de Tribunal Supremo, lo que supone unos 8.000 contribuyentes.

Afortunadamente, Hacienda ha decidido que, pese a las resoluciones o sentencias desfavorables, también estos contribuyentes recuperarán el IRPF pagado de más, pues el Real Decreto que fijó la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad es también aplicable a los ejercicios anteriores no prescritos, con lo que los que contaban con resoluciones y sentencias firmes en contra tienen derecho a recibir la devolución.

Devolución de IRPF para los ejercicios no prescritos
En estos casos, la devolución afectará a prestaciones percibidas en los años 2014 y siguientes y a las prestaciones de años anteriores cuya prescripción se interrumpió por los recursos interpuestos por los contribuyentes, sin que se hayan cumplido desde entonces los cuatro años de prescripción de la Ley General Tributaria.

Cómo recuperar el IRPF de la prestación
Para quienes habían reclamado el IRPF de la prestación y habían recibido una respuesta negativa, deben seguir los siguientes pasos según indica OCU:

– Quienes cobraron la prestación entre los años 2014 a 2017 deberán presentar una solicitud de devolución a través del formulario electrónico habilitado por la Agencia Tributaria. Es importante que los reclamantes del año 2014 lo hagan cuanto antes, tienen menos de doce días para hacerlo, porque su plazo acaba el próximo 1 de julio.

– Para los años 2013 y anteriores reclamados y no prescritos, los contribuyentes tendrán que presentar un escrito de solicitud de devolución de ingresos indebidos, indicando su nombre, apellidos, NIF, año de percepción de la prestación y el número IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. Esa solicitud se puede presentar por registro electrónico en la web de la Agencia Tributaria, o en cualquier registro de la Administración. En caso de que tras el fallo del Supremo estos afectados ya hubiesen presentado la solicitud, no tendrán que volver a presentarla ahora. Pero si Hacienda les negó la devolución por segunda vez, entonces tendrán que remitir un escrito a la Agencia Tributaria mostrando su oposición a la segunda resolución negativa, para que ahora sí que les devuelvan lo que les corresponde.

Fuente: OCU

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El Gobierno confina aves de corral en 138 municipios valencianos desde este lunes para no propagar la gripe aviar

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El Ministerio de Agricultura refuerza los controles y las restricciones en zonas de especial riesgo para evitar la expansión del virus de la influenza aviar en aves de corral y silvestres.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha anunciado la adopción de medidas preventivas adicionales frente al aumento del riesgo de gripe aviar en España. Estas acciones, que entrarán en vigor el 10 de noviembre de 2025, tienen como objetivo reforzar la vigilancia epidemiológica y la bioseguridad en las explotaciones avícolas y zonas de especial vigilancia.

La decisión se toma tras la evolución negativa de la situación epidemiológica en Europa y en la Península Ibérica, con un incremento notable de los casos detectados durante las últimas semanas.


Aumento de brotes en Europa y España

Según los datos del informe del MAPA, entre el 1 de julio y el 5 de noviembre de 2025, se han notificado en la Unión Europea:

  • 139 focos de influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) en aves de corral.

  • 708 focos en aves silvestres.

  • 33 en aves cautivas.

Los brotes se concentran principalmente en el centro y norte de Europa, aunque también se han detectado casos en la Península Ibérica, lo que ha elevado el nivel de alerta en España.

El Ministerio advierte que el descenso de las temperaturas favorece la supervivencia del virus y aumenta la probabilidad de contagio a través de aves migratorias que cruzan el territorio español durante el otoño e invierno.


El MAPA eleva el nivel de riesgo de gripe aviar

Cada semana, el Ministerio actualiza su modelo de evaluación del riesgo comarcal, que estima la probabilidad de introducción y persistencia del virus en función de los movimientos de aves silvestres, las temperaturas y la presencia de focos en Europa.

En su última revisión, el modelo ha detectado un aumento significativo del número de municipios en nivel de riesgo alto y muy alto, especialmente en las zonas incluidas en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, que recogen las áreas de especial riesgo y vigilancia.

Esta actualización implica la aplicación inmediata de medidas de mitigación, siguiendo el principio de precaución que rige la sanidad animal en la Unión Europea.


Nuevas medidas de prevención y bioseguridad

El MAPA ha publicado una batería de medidas destinadas a prevenir la entrada y propagación del virus en explotaciones avícolas y centros con aves cautivas. Estas normas son de obligado cumplimiento en las zonas de especial riesgo y vigilancia.

1. Restricciones en la cría y manejo de aves

  • Prohibida la cría de aves de corral al aire libre. Solo se permitirá en casos excepcionales, previa autorización de la autoridad competente, y siempre que se adopten medidas de protección (telas pajareras, techados o cerramientos que impidan el contacto con aves silvestres).

  • Las aves deberán ser alimentadas y abreviadas en el interior de las instalaciones o en refugios cerrados.

  • Queda prohibido el uso de aves acuáticas (patos o gansos) junto con otras especies en la misma explotación.

2. Prohibición de uso de aves como señuelo

Se elimina la autorización para utilizar pájaros de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como reclamos o señuelos de caza, dado su alto riesgo de transmisión del virus.

3. Control del agua y zonas de acceso de aves silvestres

  • Prohibido el uso de agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo si se trata de agua tratada para garantizar la inactivación del virus.

  • Los depósitos exteriores deberán estar protegidos para evitar el contacto con aves acuáticas.

4. Prohibición de concentraciones de aves

No se permitirá la presencia de aves de corral o aves cautivas en ferias, concursos, exhibiciones o celebraciones culturales al aire libre.
Las comunidades autónomas podrán autorizar excepciones únicamente tras una evaluación de riesgo favorable realizada por los servicios veterinarios oficiales.


Refuerzo de la vigilancia y comunicación entre comunidades

El Ministerio insta a las autoridades autonómicas a reforzar la vigilancia pasiva mediante la comunicación inmediata de cualquier sospecha o mortalidad anómala en aves domésticas o silvestres. También recomienda intensificar las campañas de información y concienciación dirigidas a criadores, cazadores y propietarios de explotaciones avícolas.

La colaboración entre administraciones resulta clave para prevenir la propagación de la gripe aviar, especialmente durante los meses fríos, cuando el virus puede mantenerse activo durante más tiempo en el medio ambiente.


Un enfoque de “prevención antes que reacción”

El Ministerio subraya que la activación de estas medidas responde al principio de precaución: actuar antes de que se produzca un brote.
España se mantiene en coordinación permanente con la Comisión Europea y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), garantizando la actualización constante de los protocolos ante cualquier cambio epidemiológico.

Con estas acciones, el MAPA busca proteger el sector avícola español, uno de los más relevantes de Europa, y asegurar tanto la salud animal como la seguridad alimentaria.

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