Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Illa confirma que los cuatro casos de la nueva cepa confirmados en España son leves y de personas llegadas de Reino Unido

Publicado

en

nueva cepa en España

Madrid, 27 dic (EFE).- El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado este domingo que los cuatro casos de la nueva cepa británica de la covid confirmados en la Comunidad de Madrid son leves y corresponden a personas que se desplazaron desde el Reino Unido a España con anterioridad a que se conociera la presencia de esta variante del virus.

En rueda de prensa desde la delegación del Gobierno en Barcelona para informar del inicio de la estrategia de la vacunación contra el coronavirus, el ministro de Sanidad se ha referido a estos cuatro casos confirmados de la B.1.1.7, el nombre de esta cepa.

Illa ha explicado que técnicos del Ministerio de SAnidad y de la Consejería madrileña están en permanente contacto para analizar la evolución de estos pacientes que están leves y no presentan «síntomas de gravedad».

Ha detallado que todos ellos llegaron a España procedentes del Reino Unido con la PCR preceptiva, pero su traslado a nuestro país se produjo con anterioridad a que las autoridades británicas informaran de la presencia de esta nueva cepa del virus.

Además de estos cuatro casos en la región madrileña confirmados hay otros tres sospechosos en estudio, tal y como informó ayer sábado el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19 de Madrid, Antonio Zapatero.

Según explicó fue el pasado miércoles 23 de diciembre cuando la Dirección General de Salud Pública envió una alerta a todos los centros sanitarios de la región ante la sospecha de posibles casos de la nueva cepa británica del coronavirus.

La alerta se generó porque había varios casos en estudio relacionados con ciudadanos que habían llegado del Reino Unido en fechas recientes.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

Publicado

en

Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo