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Valencia

El autor de uno de los incendios en El Saler, condenado a nueve meses de prisión

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Pirómano El Saler condena
Imagen facilitada por la Guardia Civil del hombre detenido como supuesto autor de los incendios en El Saler. EFE

La Audiencia de Valencia lo considera responsable del fuego del 21 de octubre de 2023 pero lo absuelve de otros dos por falta de pruebas

València, 30 de abril de 2025 – La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a nueve meses de prisión y al pago de una multa de 2.700 euros al abogado acusado de provocar varios incendios en la Devesa de El Saler, aunque solo ha sido declarado culpable de uno de los fuegos, ocurrido el 21 de octubre de 2023.

¿Qué dice la sentencia?

La Sección Primera del tribunal considera probado que el acusado prendió fuego de forma intencionada a la masa forestal cerca de la Avenida Gola de Pujol, a las 20:15 horas. Gracias a la rápida actuación de los servicios de emergencia, el incendio fue contenido y afectó únicamente a 0,0003 hectáreas del Parque Natural de la Albufera, sin extenderse a las viviendas cercanas.

La condena incluye también una indemnización al Ayuntamiento de València por un importe de 255,89 euros, en concepto de los gastos ocasionados por la extinción del fuego.

👀 Declaraciones clave de testigos

El tribunal ha valorado especialmente la «rotundidad» de los testimonios de dos personas que presenciaron al acusado saliendo del lugar justo tras originarse el incendio. Según relataron, vieron una «bolita de fuego» en la zona y observaron cómo el acusado huía del lugar y luego caminaba tranquilamente, sin ofrecer explicación lógica sobre su presencia allí.

Otros dos testigos también declararon haberlo seguido mientras intentaba esconderse entre los coches de un parking, lo que reforzó la versión de los hechos.

Absuelto de otros dos incendios

No obstante, la sala ha absuelto al acusado de los otros dos fuegos que también se le atribuían, uno el mismo día a las 14:30 horas y otro el 14 de enero de 2024, al considerar que «no existen indicios suficientes» para implicarlo directamente. La resolución recuerda que la sospecha por sí sola no basta para anular el derecho a la presunción de inocencia.

Incendio en zona protegida

A pesar de su escasa extensión, el fuego afectó a una zona forestal del Parque Natural de la Albufera, lo que agrava su impacto ambiental. La sala subraya que el acusado, abogado en ejercicio, actuó de forma dolosa y consciente del riesgo para el entorno natural y la seguridad de los vecinos.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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