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Juan Carlos Fulgencio, nuevo delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana

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Jun. (EUROPA PRESS) – El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el nombramiento de Juan Carlos Fulgencio Tejedor como delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana.

El Consejo de Ministros dio luz verde el pasado viernes a los Reales Decretos por los que se nombra a los nuevos delegados del Gobierno en todas las comunidades autónomas excepto en Canarias, así como en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

El secretario general del PSPV de l’Horta Nord, Juan Carlos Fulgencio, se convierte de este modo en el nuevo delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana en sustitución de Juan Carlos Moragues.

El dirigente socialista, de la agrupación de Moncada, apoyó la campaña de Pedro Sánchez a la secretaría general del PSOE, así como la de Mercedes Caballero, persona de confianza del secretario de Organización del PSOE y ministro de Fomento, Jose Luis Ábalos, a la secretaría provincial de Valencia.

TRAYECTORIA Y FORMACIÓN
Nacido en Bilbao (Vizcaya) en el año 1960, Fulgencio ha sido funcionario del Ayuntamiento de València desde el año 2000 hasta la actualidad mientras que, anteriormente, fue también trabajador público en el consistorio de Moncada. Actualmente, es intendente jefe de RR.HH. de la División Central de Policía Local de València.

En cuanto a su formación, es electrónico industrial, licenciado en Derecho y en Ciencias Políticas y de la Administración, además de procurador de los Tribunales. Asimismo, se ha especializado en Derechos y Libertades en Europa, en Informática Jurídica, en Delitos y Víctimas en España y en La problemática de las drogas en España por la UNED. También cuenta con títulos de postgrado como El accidente de tráfico y su entorno (Universidad Miguel Hernández de Elche) e Investigación Criminal (Universitat de València).

También ha ejercido la docencia en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE) desde 1993 hasta 2004 y cuenta con diversas publicaciones propias.

Su incursión en política comenzó como afiliado del PSOE en 1983. Unos años después ocupó la Secretaría del Área de Policía de UGT-PV; fue secretario general del PSPV-PSOE de Moncada entre 2012 y 2018; secretario de Libertades Públicas y Seguridad en la Comisión Ejecutiva Provincial entre 2012 y 2017, y desde febrero de este año es secretario general de l’Horta Nord.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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