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Juana Acosta y Ernesto Alterio ¿punto y final a su historia de amor?

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Jun. (CHANCE) – No son solamente dos de los actores mejor considerados de nuestro país, sino también una de las parejas más consolidadas de la farándula nacional. Sin embargo, Juana Acosta y Ernesto Alterio podrían haber puesto punto y final a su relación para convertirse en «perfectos desconocidos».

Según informa La Otra Crónica de El Mundo, la pareja se habría separado tal y como confirmarían unas «fuentes de toda solvencia», al citado medio. Además desde el portal aseguran que la actriz cubana estaría de nuevo ilusionada con un joven con el que acudió a unos viveros a las afueras de Madrid para posiblemente comprar plantas para decorar su nueva casa, en la que llevaría instalada desde hace tres meses siendo Alterio el que permanece en el domicilio familiar.

Sin embargo y aunque los protagonistas no se han manifestado al respecto, desde Mesala Films, la agencia de representación de la pareja, desmiente la separación. Pero todo indica, incluidas sus redes sociales que ya hacen vida por separado, manteniendo buena relación por su hija en común, la cual tiene doce años.

El año pasado Juana y Ernesto protagonizaban una de las películas más taquilleras de la temporada, Perfectos desconocidos de Álex de la Iglesia, en la que dan vida a un matrimonio destrozado. A pesar del éxito del film, parece que la historia podría haberse hecho realidad y solo nos queda esperar a que los actores se manifiesten.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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