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Caso Íñigo Errejón: El juez archiva temporalmente la causa, y este es el motivo

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Iñigo Errejón

El Juzgado de Madrid, a cargo del juez Adolfo Carretero, ha decidido archivar provisionalmente el proceso judicial abierto contra Íñigo Errejón, exdiputado de Podemos, relacionado con un supuesto delito de agresión sexual. Esta decisión se ha tomado debido a la baja médica de la abogada de la denunciante, la actriz Elisa Mouliaá, quien se encuentra imposibilitada de participar en el procedimiento hasta su recuperación.

Razones para el archivo temporal de la causa contra Errejón

El juez ha ordenado esta suspensión temporal a la espera del regreso de la letrada de Mouliaá, quien ha solicitado una pausa en el proceso hasta estar en condiciones de asumir su representación en el caso. Durante este periodo, el archivo provisional permite congelar las actuaciones sin llegar a una conclusión definitiva, por lo que, cuando la abogada regrese, el caso podría reabrirse y reanudar las diligencias pertinentes.

Este archivo no implica una exoneración, sino una medida de carácter provisional ante la falta de representación legal de la denunciante, situación que podría afectar al correcto desarrollo del proceso judicial.

Situación Procesal de Íñigo Errejón

Errejón, fundador y exlíder de Más País, ha enfrentado esta denuncia por una presunta agresión sexual que sigue siendo objeto de atención mediática y legal. Aunque el archivo provisional no determina inocencia o culpabilidad, marca un alto temporal en las diligencias hasta que el juzgado disponga de las condiciones necesarias para retomar el caso.

Perspectivas de reanudación del caso

Este archivo temporal está vinculado directamente a la recuperación de la abogada de la denunciante, por lo que la causa podría retomarse una vez ella regrese de su baja médica y esté en condiciones de participar activamente en la representación de Elisa Mouliaá.

Esta decisión destaca la importancia de asegurar el derecho de defensa y de representación para todas las partes implicadas en un proceso penal, así como el impacto de situaciones personales en el curso judicial de un caso mediático como este.

La actriz Elisa Mouliaá denuncia a Iñigo Errejón por acoso sexual

 

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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