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Caso Íñigo Errejón: El juez archiva temporalmente la causa, y este es el motivo

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Iñigo Errejón

El Juzgado de Madrid, a cargo del juez Adolfo Carretero, ha decidido archivar provisionalmente el proceso judicial abierto contra Íñigo Errejón, exdiputado de Podemos, relacionado con un supuesto delito de agresión sexual. Esta decisión se ha tomado debido a la baja médica de la abogada de la denunciante, la actriz Elisa Mouliaá, quien se encuentra imposibilitada de participar en el procedimiento hasta su recuperación.

Razones para el archivo temporal de la causa contra Errejón

El juez ha ordenado esta suspensión temporal a la espera del regreso de la letrada de Mouliaá, quien ha solicitado una pausa en el proceso hasta estar en condiciones de asumir su representación en el caso. Durante este periodo, el archivo provisional permite congelar las actuaciones sin llegar a una conclusión definitiva, por lo que, cuando la abogada regrese, el caso podría reabrirse y reanudar las diligencias pertinentes.

Este archivo no implica una exoneración, sino una medida de carácter provisional ante la falta de representación legal de la denunciante, situación que podría afectar al correcto desarrollo del proceso judicial.

Situación Procesal de Íñigo Errejón

Errejón, fundador y exlíder de Más País, ha enfrentado esta denuncia por una presunta agresión sexual que sigue siendo objeto de atención mediática y legal. Aunque el archivo provisional no determina inocencia o culpabilidad, marca un alto temporal en las diligencias hasta que el juzgado disponga de las condiciones necesarias para retomar el caso.

Perspectivas de reanudación del caso

Este archivo temporal está vinculado directamente a la recuperación de la abogada de la denunciante, por lo que la causa podría retomarse una vez ella regrese de su baja médica y esté en condiciones de participar activamente en la representación de Elisa Mouliaá.

Esta decisión destaca la importancia de asegurar el derecho de defensa y de representación para todas las partes implicadas en un proceso penal, así como el impacto de situaciones personales en el curso judicial de un caso mediático como este.

La actriz Elisa Mouliaá denuncia a Iñigo Errejón por acoso sexual

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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