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Sucesos

Juzgan a una mujer por obligar a su hija a comer excrementos tras denunciarla por secuestro

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La Audiencia Provincial de Madrid va a juzgar el próximo martes a una madre de nacionalidad rumana por no impedir que el padrastro de su hija la obligara a comer heces tras haberles denunciado ante la Policía después de encerrarla en su habitación durante unos días en diciembre de 2015.

Los acusados, Marius P. y Marcela P. se enfrentan a dos delitos de detención ilegal, un delito de malos tratos en el ámbito familiar y un delito contra la integridad moral. El Ministerio Público solicita una pena de doce años y seis meses de prisión para ella y de cinco años para él, en función de los delitos atribuidos a cada uno de ellos.

Según el informe, el acusado, utilizó a un hermano de la víctima para conseguir que ésta se subiera en un coche que conducía el padrastro de la víctima, donde fue introducida a la fuerza y contra su voluntad, y llevada hasta un piso en Getafe, donde la víctima fue fue encerrada en su habitación con llave hasta días después logró escapar y denunciar los hechos.

Meses después, el 14 de abril de 2016, la ahora acusada y madre de la víctima, la cual se encontraba en el centro de acogida ‘Torremocha del Jarama’, en Torrelaguna, quedaron en la citada localidad, en la parada de autobús. Una vez allí, la joven fue obligada de nuevo a subir al coche que conducía el acusado y fue trasladada a un descampado contra su voluntad, donde le recriminaron que les hubiera denunciado por el anterior encierro.

El acusado le dio una bofetada y una patada en la parte trasera, cayendo la muchacha sobre un charco. Una vez en el suelo, sus agresores la obligaron a coger heces del suelo, haciéndoselas comer, mientras le decían: «¡No hables; coges la caca y te la comes!», todo ello en presencia de la madre de la menor, que no hizo nada para impedir la agresión.

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Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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