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La Audiencia Nacional absuelve al major Trapero y complica la posición de España ante el Tribunal de Estrasburgo

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Ni sedición ni desobediencia. La Sección Primera de la Audiencia Nacional ha desestimado las dos acusaciones de la Fiscalía y ha absuelto al major de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, y a los otros tres acusados de la cúpula del cuerpo policial de la Generalitat de Cataluña. La sentencia, que se ha adoptado con los votos favorables de dos de los tres magistrados, no considera acreditado que los juzgados impidieran o dificultaran el cumplimiento de las órdenes de los tribunales para favorecer a la causa independentista.

La fiscalía solicitaba 10 años de prisión por delito de sedición al major Trapero y sus tres subordinados, y en su defecto una condena por desobediencia. Durante el juicio, tanto Trapero como el resto de los acusados negaron cualquier tipo de colaboración con los planes secesionistas del gobierno catalán, y el major de los Mossos llegó a presentar el plan que habían ideado para detener al entonces President de la Generalitat, Carles Puigdemont, si así se lo solicitaba la justicia.

El fallo no concede credibilidad al testimonio del principal testigo de la acusación, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, que sí fue clave en la sentencia condenatoria a los políticos y activistas civiles del «procés». Uno de los motivos razonados de las condenas en aquella sentencia fue que se había utilizado a los Mossos para obstruir las órdenes de la justicia española.

El fallo no es firme y la fiscalía puede recurrirlo, pero fuentes jurídicas reconocen que complica mucho la posición de la justicia española en el recurso que los condenados por el «procés» tienen interpuesto ante el Tribunal Europeo de Estrasburgo.

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Ribó imputado por supuesta construcción ilegal de piscina en Alboraia

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Joan Ribó imputado

VALÈNCIA. La presunta edificación irregular de una piscina municipal promovida por el Ayuntamiento de Alboraia en terrenos pertenecientes a València está generando controversia legal. Esta situación no solo afecta al consistorio de l’Horta Nord, sino también a la capital del Turia, ya que su exalcalde, Joan Ribó, ha sido citado a declarar como investigado en el proceso judicial.

El Juzgado de Instrucción Nº 19 de València ha admitido la solicitud de comparecencia formulada por la Asociación para la Defensa del Estado de Derecho, que ejerce la acusación popular y está presidida por la exalcaldesa de Catarroja, María Ángeles López. Según el auto judicial al que ha accedido Valencia Plaza, Ribó deberá comparecer el próximo 22 de julio.

La mencionada asociación, representada por el abogado Víctor Soriano, sostiene que existía conocimiento previo por parte de Joan Ribó y la exconcejala de Urbanismo, Sandra Gómez, sobre la construcción de la piscina, dado que su emplazamiento fue ampliamente difundido en medios de comunicación.

 

Sin embargo, afirman que no se tomaron medidas administrativas para legalizar la situación o iniciar procedimientos sancionadores.

Tanto el Ayuntamiento de València como el de Alboraia están bajo investigación por esta supuesta irregularidad urbanística. Desde 2022, el consistorio de Alboraia impulsó la construcción de la piscina en terrenos propios ubicados dentro del término municipal de València.

Según las declaraciones recopiladas en la instrucción judicial, estos terrenos se encontrarían en un proceso de segregación para ser incorporados al municipio de Alboraia.

Plan General de Alboraia

El Plan General de Alboraia los clasifica como suelo urbano, mientras que el de València los considera suelo protegido no urbanizable.

El complejo acuático en cuestión es una piscina municipal al aire libre, cuyo coste ascendió a 1,2 millones de euros, financiado parcialmente con una subvención de la Diputación de València. Su ubicación colinda con el campo de fútbol del Alboraya UD, pero según la investigación, fue construido en terrenos no urbanizables catalogados como huerta protegida.

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