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Valencia

La víctima de abusos del ex marido de Oltra reclama tres años y medio de prisión y 12 de inhabilitación para la exvicepresidenta

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La joven que fue víctima de abusos sexuales cuando era menor de edad y estaba tutelada por la Generalitat Valenciana, a su llegada a los juzgados de València, en una imagen de archivo. EFE/Ana Escobar

València, 8 julio (OFFICIAL PRESS-EFE).-La representación legal de la mujer (entonces menor de edad) que fue víctima de abusos sexuales por parte del exmarido de Mónica Oltra reclama una condena de 3,5 años de prisión y 12 de inhabilitación para la ex vicepresidenta de la Generalitat Valenciana.

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso EFE, la víctima reclama el procesamiento de 10 personas, entre ellas Oltra y varios responsables de la Conselleria de Igualdad que ella dirigía.

A Oltra le atribuye esta acusación particular los delitos de prevaricación, por el que reclama 12 años de inhabilitación, malversación, por el que pide 1,5 años de prisión, y un delito contra la integridad moral que pide se sancione con 2 años de prisión.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia ordenó el pasado mes de junio la reapertura de la causa contra la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra y otras 15 personas por la gestión del caso de los abusos sexuales sufridos por una menor tutelada por la Generalitat y cometidos por el exmarido de Oltra.

La víctima de los abusos está actualmente representada por un histórico dirigente de la asociación de ultraderecha España 2000, si bien en la causa hay otras dos acusaciones populares que ejercen la asociación Gobierna-Te de Cristina Seguí (exdirigente de Vox) y Vox.

La Fiscalía Provincial no vio indicios de delito en esta causa y apoyó la propuesta de archivo del juez instructor.

La sentencia de cinco años de prisión impuesta por este caso al exmarido de Oltra fue confirmada el pasado mes de septiembre por el Tirbunal Supremo.

Carácter «rebelde y embustero»

La defensa de esta menor expone en su escrito de acusación que los funcionarios responsables de su tutela «escudándose en que la niña no quería denunciar y en su carácter rebelde y embustero, concluyeron que no procedía derivarla» al organismo externo encargado de evaluar posibles casos de abusos.

«Al parecer, ninguno de los acusados le dio importancia al hecho de que con catorce años la decisión de denunciar es de los padres o tutores, no de los niños, que carecen de capacidad de obrar; tampoco a que, precisamente por ser una niña conflictiva, era víctima propiciatoria para un abusador. Estaban más preocupados por mantener la discreción sobre la identidad del abusador que por proteger a la niña tutelada», expone el referido escrito.

«Ni lo denunciaron al grupo de menores de la Policía Nacional, ni a la Fiscalía, ni se preocuparon de la protección de la menor, a la que se le colocó en riesgo por volver a estar en contacto con el abusador, ya que éste fue reincorporado al puesto», añade.

El asunto de los abusos se judicializó cuatro meses más tarde cuando la víctima contó lo ocurrido a unos agentes de Policía Nacional que se encontraban circunstancialmente en el centro de menores con motivo del traslado de otra niña.

Estrategia para desacreditar a la víctima

Y añade el abogado de la víctima: «cuando ya se había judicializado la investigación, los acusados puestos de común acuerdo idearon una estrategia para desacreditar el testimonio de la menor, cubrir las apariencias y obstaculizar la acción judicial».

«Para ello acordaron realizar una instrucción paralela a la judicial con la finalidad, no ya de saber lo que podía haber fallado para que los hechos se hubieran ocultado durante tanto tiempo, sino para determinar la veracidad de las acusaciones efectuadas por la menor».

En este sentido se acusa directamente a Oltra de haber dado orden para la incoación de dicho expediente informativo, que en esta ocasión sí que incluyó un informe psicológico del organismo externo contratado por la Conselleria.

Dicho informe concluyó que el testimonio de la menor era «poco creíble», aunque recomendaba seguimiento y apoyo psicológico.

El coste del informe fue de 490,05 euros, según esta acusación, que denuncia que «la atención y el tratamiento nunca se facilitaron a la adolescente».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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