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¿Se puede comprar en el supermercado con táper?

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¿Se puede comprar en el supermercado con táper?

Entrar en el supermercado y decir: «Ponme, por favor, un cuarto de jamón york». Hasta aquí todo normal. La novedad es que ahora puedes llevarte la compra en tu táper.

El nuevo Real Decreto de Envases y Residuos de Envases aprobado a finales de 2022 permite el uso de fiambreras en la compra a granel para reducir el consumo de plástico.

Un paso más en la lucha contra el plástico iniciada en 2018, cuando la venta gratuita de bolsas de plástico está prohibida y las compostables adquieren mayor presencia, sobre todo, en la sección de frutas y verduras.

Lo normal ahora es salir de casa con las bolsas de rafia o de tela es un gesto más que cotidiano, si no se quiere pagar entre tres y cinco céntimos de más.

Sostenibilidad

El objetivo de todo esto es la sostenibilidad. Y el táper es el nuevo elemento que se une.

«Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados», establece el Real Decreto del pasado 27 de diciembre.

El Real Decreto dice que el consumidor puede ir con su envase. Pero hay excepciones como es la higiene. Los operadores podrán rechazarlos si están sucios. Estos envases son aceptados en las secciones de fruta y verduras, carnicería, charcutería y pescadería.

Lo que dice la ley sobre la venta a granel

El Real Decreto 1055/2022 asegura que los punto de venta «quedan exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores». «Es positivo», apunta la OCU, pero «es insuficiente el hecho de que se incentive la presencia a granel acotada únicamente a alimentos y no se amplíe a otros productos como limpiadores».

La Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, busca reducir al mínimo la presencia del plástico en los supermercados y acabar con el desperdicio alimentario. Según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, los españoles desperdiciaron 1.245,8 millones de kilos de alimentos y bebidas en 2021.

El gobierno ha prohibido la venta de frutas y verduras de menos de 1,5 kg en envases de plástico, salvo «variedades protegidas o registradas o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica», apunta la norma. El texto también contempla que los comercios minoristas de alimentación de más de 400 metros cuadrados tendrán que destinar al menos el 20% de su superficie a productos sin embalaje, incluida la venta a granel.

 

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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