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La Comunitat cierra su segunda semana de estado de alarma con 29.274 ERTE y 175.449 trabajadores afectados

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VALÈNCIA, 29 Mar. (EUROPA PRESS) –

La Conselleria de Economía Sostenible ha acumulado hasta el sábado un total de 29.274 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que afectan a 175.449 trabajadores

Si la primera semana con las medidas extraordinarias de estado de alarma la Comunitat Valenciana era de 73.961 trabajadores afectados, un total de 101.488 personas se han sumado a la lista en esta segunda semana del estado de alarma decretado para evitar la expansión del Covid-19, según los datos facilitados por la administración.

En concreto, la Dirección General de Trabajo ha recibido, desde el 12 de marzo hasta las 00 horas del 28 de marzo, un total de 262 expedientes que afectan a 29.593 trabajadores. En la dirección territorial de Valencia se han registrado 14.051 expedientes sobre 72.824 trabajadores; en Alicante, 11.460 expedientes de 57.044 trabajadores, y en Castellón 3.501 expedientes que afectan a 15.988 trabajadores.

Si se atiende al tamaño de las empresas que han presentado las solicitudes, el 89% son mercantiles integradas por entre uno y diez trabajadores; el 9,9 son empresas de 11-50 trabajadores; el 1% son empresas de 51-250 empleados; el 0,1% tienen una plantilla de entre 251 y 500 trabajadores y un 0,01% superan los 500 empleados.

Asimismo, en el 97 por ciento de los casos los ERTE son por «fuerza mayor». El 95 por ciento de los ERTE consisten en una suspensión del contrato de trabajo, el 4,6 se corresponden a una reducción de jornada y un 0,4% son extinciones de los contratos de los trabajadores.

En cuanto a la distribución por sectores económicos, el 86% de los expedientes pertenece al sector Servicios, el 10% a la industria, el 3,5% a la construcción y el 0,5% a la agricultura.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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