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La Comunitat Valenciana es la comunidad en la que más crece el desempleo con 13.093 parados más

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Sube el paro en la Comunitat Valenciana

VALÈNCIA, 3 Sep.- El número de parados registrado en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) en la Comunitat Valenciana aumentó en 13.093 personas al término de agosto, lo que supone un 3,72% más y que sea la autonomía en la que más crece el desempleo en el pasado mes en el conjunto del país. De este modo, se contabilizan un total de 365.062 personas sin trabajo en el octavo mes del año en la región.

Con respecto al mismo mes del año anterior en la Comunitat Valenciana hay 7.997 parados menos, lo que supone un descenso del 2,14%, según ha informado este martes el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

En el conjunto del país, el número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) subió en 54.371 desempleados en agosto, su mayor ascenso en este mes desde 2010, cuando aumentó en 61.083 personas.

Tras la subida de agosto, lastrado por el final de la temporada turística, el volumen total de parados se situó en 3.065.804 desempleados, su nivel más bajo en un mes de agosto de los últimos diez años.

El paro registrado en agosto ha subido en 16 comunidades autónomas y lo ha hecho especialmente en la Comunitat Valenciana (13.093 personas), Cataluña (12.588) y Madrid (7.199). Por contra, baja en la comunidad de Castilla-León baja en seis personas.

Por provincias, en Valencia el paro aumentó en 7.247 personas, un 4,13% más, hasta los 182.838 desempleados. En Castellón subió en 807 personas, un 2,17% más, hasta los 37.949 parados, y en Alicante creció en 5.039 personas, un 3,62% más, hasta los 144.275.

Por su parte, el número de parados extranjeros subió en 309 personas en agosto, un 0,59% más, hasta los 52.588. De ellos, 23.490 proceden de países comunitarios y 29.098 de países extracomunitarios.

Por sexos, de los 365.062 parados, 147.370 son hombres y 217.692 son mujeres. Por edades, 26.883 son menores de 25 años, de los que 14.080 son chicos y 12.803 son chicas.

Por sectores, el mayor aumento del desempleo se registró en servicios con 8.617 parados más, hasta los 249.134; en industria, con 2.942 hasta los 50.123 desempleados; en construcción, donde se cuentan 2.362 personas sin trabajo, que sitúa la cifra en el sector en 30.031 y baja en agricultura (515 menos y 12.912 parados) y en el colectivo de personas sin empleo anterior, que son 313 menos y suman la cifra de 22.862.

En agosto se formalizaron 132.519 contrataciones, 79.683 menos, una caída del 37,55%, y en términos interanuales 7.066 menos, un descenso del 5,06%. De las 132.519 contrataciones 11.864 son indefinidos y 120.655 temporales.

Fuente: EUROPA PRESS

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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