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La Fiscalía pide rechazar las querellas contra Puig y Barceló por la gestión de la pandemia

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(EFE).- La Fiscalía de la Comunitat Valenciana considera que no deben ser admitidas a trámite las querellas interpuestas contra el president de la Generalitat, Ximo Puig, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, el alcalde de València, Joan Ribó, y otros altos cargos políticos por su gestión de la crisis sanitaria provocada por la COVID 19, porque no cree que se hayan producido delitos.

Al ser algunos de los políticos citados aforados autonómicos, el competente para las causas que les afectan es el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La fiscalía ante el TSJCV asume esa competencia en su informe, y acto seguido, al no ver delito, pide el archivo.

Existen otras causas que afectan a políticos no aforados de las que es competente la Audiencia de València, y la Fiscalía, en este caso la que actúa ante esa otra instancia, también ha pedido el archivo, según informa la propia fiscalía a EFE.

La posición de la Fiscalía es coherente con la que mantuvo la Fiscalía General del Estado el pasado mes de septiembre respecto a las querellas presentadas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y otros miembros del ejecutivo, por hechos similares.

En este caso, las que deben archivarse a criterio de la Fiscalía son siete querellas y denuncias contra Puig y Barceló, además de contra la delegada del Gobierno, Gloria Calero, y otros altos cargos de la Generalitat y de la Delegación del Gobierno por la gestión de la pandemia y la falta de protección del personal sanitario y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Fueron presentadas por diversos letrados, el Colegio Oficial de Enfermeros de Castellón, el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV) y el sindicato CSIF. Ahora deberán pronunciarse el TSJCV y la Audiencia Provincial.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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