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La Fiscalía ve delito en el trato a los ancianos de la residencia de Llíria

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La Fiscalía de Valencia ha pedido la apertura de una causa penal contra los responsables de la residencia DomusVi de Llíria. En opinión de la fiscalía, los maltratos a ancianos que se difundieron por los medios de comunicación el pasado mes de septiembre podría ser constitutivos de un delito contra la integridad moral de las personas.

El centro ya había recibido una propuesta de sanción de 80.000 euros después de la visita de los técnicos de la Conselleria de Igualdad en julio. El ministerio fiscal abrió diligencia previas el 9 de septiembre después de confirmar la veracidad y la gravedad de las imágenes. Una extrabajadora facilitó 11 videos con imágenes en las que se podía observar a residentes atados, desnudos, con numerosas heridas en el cuerpo, sin ningún tipo de atención e incluso abandonados en el suelo. Tanto el centro como sus trabajadores emitieron sendos comunicados negando los hechos, pero la fiscalía ha decidido continuar con la acusación.

En el escrito, al que ha tenido acceso la agencia EFE, se señala que «existen indicios de que el trato dispensado a los residentes por la directora de la residencia, en su posición de garante, y por los encargados del cuidado, vigilancia y atención de los mismos, socavó gravemente su dignidad e integridad moral».

Una situación, mantiene la Fiscalía, que «todavía se hizo más patente y lacerante en el caso de los residentes que eran más vulnerables por su avanzada edad, por sus graves enfermedades psíquicas y físicas y, en suma, por su alto grado de dependencia al ser quienes requerían de la máxima protección».

Por ello «se acuerda la remisión al Juzgado decano de los de Llíria, ya que los hechos investigados, prima facie y, sin perjuicio de ulterior calificación, pueden ser constitutivos de varios delitos contra la integridad moral del artículo 173.1 del Código Penal».

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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