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La Fiscalía ve delito en el trato a los ancianos de la residencia de Llíria

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La Fiscalía de Valencia ha pedido la apertura de una causa penal contra los responsables de la residencia DomusVi de Llíria. En opinión de la fiscalía, los maltratos a ancianos que se difundieron por los medios de comunicación el pasado mes de septiembre podría ser constitutivos de un delito contra la integridad moral de las personas.

El centro ya había recibido una propuesta de sanción de 80.000 euros después de la visita de los técnicos de la Conselleria de Igualdad en julio. El ministerio fiscal abrió diligencia previas el 9 de septiembre después de confirmar la veracidad y la gravedad de las imágenes. Una extrabajadora facilitó 11 videos con imágenes en las que se podía observar a residentes atados, desnudos, con numerosas heridas en el cuerpo, sin ningún tipo de atención e incluso abandonados en el suelo. Tanto el centro como sus trabajadores emitieron sendos comunicados negando los hechos, pero la fiscalía ha decidido continuar con la acusación.

En el escrito, al que ha tenido acceso la agencia EFE, se señala que «existen indicios de que el trato dispensado a los residentes por la directora de la residencia, en su posición de garante, y por los encargados del cuidado, vigilancia y atención de los mismos, socavó gravemente su dignidad e integridad moral».

Una situación, mantiene la Fiscalía, que «todavía se hizo más patente y lacerante en el caso de los residentes que eran más vulnerables por su avanzada edad, por sus graves enfermedades psíquicas y físicas y, en suma, por su alto grado de dependencia al ser quienes requerían de la máxima protección».

Por ello «se acuerda la remisión al Juzgado decano de los de Llíria, ya que los hechos investigados, prima facie y, sin perjuicio de ulterior calificación, pueden ser constitutivos de varios delitos contra la integridad moral del artículo 173.1 del Código Penal».

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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