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Valencia

La hostelería valenciana podrá cerrar a las 23.30 horas y amplía su aforo interior al 50%

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València, 8 may (EFE).- El Consell ha aprobado este sábado las nuevas restricciones ante la pandemia que entrarán en vigor este domingo, una vez decaiga el estado de alarma, y que contemplan que los establecimientos de hostelería y restauración podrán cerrar a las 23.30 horas y aumentar su aforo interior del 30 al 50 %.

Así se ha acodado en la reunión de la comisión Interdepartamental celebrada este sábado, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) haya avalado la propuesta de la Generalitat para mantener algunas de las restricciones para hacer frente a la pandemia.

Estas medidas, que estarán vigentes hasta el 24 de mayo, incluyen también la limitación de la movilidad entre las 00.00 y las 6.00 horas (hasta ahora el toque de queda se establecía a las 22.00 hora) y fijar en 10 el número máximo de personas en reuniones sociales, tanto en espacios privados como en lugares públicos.

En los establecimientos del hostelería y restauración, el aforo permitido en el interior de local es del 50 %, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores, mientras que en las terrazas al aire libre el aforo es del 100 %.

Los locales deberán estar cerrados a las 23:30 horas, y la ocupación de las mesas serán de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, salvo que sean convivientes.

La distancia entre mesas será de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas exteriores, y el consumo será siempre sentado en mesa, al tiempo que estará prohibido el uso de la barra, fumar o el baile.

Se exceptúan del límite horario de cierre los servicios de hostelería de hospitales y clínicas; de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos; los situados en empresas y lugares de trabajo, en centros educativos o en centros residenciales, y los de áreas de servicio de vías de comunicación.

A partir de la conclusión del horario establecido para establecimientos de restauración y hostelería, éstos podrán continuar su actividad solo y exclusivamente para las personas usuarias de los mismos, hasta su horario de cierre habitual, sin perjuicio de la sujeción al resto de medidas establecidas para los establecimientos de restauración y hostelería.

El toque de queda únicamente podrá incumplirse para la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios o de atención veterinaria; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y el retorno al lugar de residencia habitual.

También en caso de asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies, o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Se limita al 75 % el aforo en los espacios de culto y para reuniones y celebraciones religiosas, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros, así como para otras actividades, como congresos; salas de cine y teatro; atracciones de feria, zoológicos o acuarios.

Este aforo regirá también para los establecimientos y locales comerciales, los mercadillos que desarrollen su actividad en la vía pública al aire libre, y las sedes festeras, que podrán abrir para la realización de sus actividades habituales en las franjas horarias de 10:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 22:00 horas.

En los hoteles, albergues turísticos, casas rurales y otros alojamientos similares, la apertura de zonas comunes podrá ser también de hasta el 75 % del aforo, y se mantiene suspendida la actividad propia de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un aforo limitado al 50 % y un máximo de 50 personas en espacios al aire libre y de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.

En el caso de las ceremonias no religiosas, también podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el 50 % de su aforo, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.

No se permite la realización de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes, y en el caso de otro tipo de eventos de cualquier naturaleza, que puedan implicar aglomeración de personas, el aforo será del 75 %, con un máximo de 500 personas en interiores, y 1.000 al aire libre.

Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla a partir de los seis años, excepto para realizar deporte al aire libre; para el baño y los periodos de descanso antes o después del baño, y los momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

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Valencia

Esto es lo que dice la Guardia Civil sobre el uso de bengalas en restaurantes

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Esto es lo que dice la Guardia Civil sobre el uso de bengalas en restaurantes-FREEPIK

La Guardia Civil ha defendido la normativa nacional sobre pirotecnia que regula el uso de bengalas con un fin recreativo en restaurantes y otros espacios de ocio tras los incidentes generados en España. El instituto armado recuerda que España es un referente en regulación frente a otros países europeos, donde el uso de pirotecnia ha estado vinculado a altercados y tragedias recientes.

Contexto europeo y comparación con España

La Guardia Civil sostiene que en España la pirotecnia no supone un problema generalizado como ocurre en otros países europeos, donde se ha utilizado por mafias o en altercados. Como ejemplos, recuerda los disturbios de Berlín durante la pasada Navidad o la tragedia en un bar de Suiza en una fiesta de Año Nuevo que dejó 40 personas fallecidas.

«No tiene por qué haber peligro si se siguen las instrucciones de uso»

«No tiene por qué haber peligro si se siguen las instrucciones de uso y son productos certificados para uso en interior», ha señalado en declaraciones a Europa Press el capitán Ismael Huerta, de la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE) de la Guardia Civil, al valorar el uso cada vez más generalizado de bengalas con fines recreativos y festivos en interiores de locales de ocio.

El capitán Huerta se remite a la regulación estatal sobre los artículos pirotécnicos y la cartuchería, dimanante del Real Decreto 989/2015, junto a la ley orgánica de seguridad ciudadana y una directiva europea. También destaca la implicación de los más de cien talleres que existen en España, en su mayoría pequeñas y medianas empresas, que son las primeras interesadas en evitar riesgos.

La importancia de leer las instrucciones y cumplir la normativa

«Es importante, además, que el usuario final atienda a si esa bengala se puede usar en interiores, y eso se comprueba leyendo las instrucciones de uso», ha añadido el responsable de la ICAE. Ha recordado que este tipo de artículos se vigilan desde su entrada en España y que su venta se regula en función de su peligrosidad.

La normativa impide, por ejemplo, la manipulación de bengalas por niños menores de doce años con carácter general.

Preocupación por la pirotecnia en otros países europeos

El capitán Huerta diferencia la situación europea del control existente en España y sitúa a nuestro país a la vanguardia en regulación por dos razones principales: la larga tradición de fiestas con pirotecnia, como las Fallas de Valencia, y la experiencia acumulada por la Guardia Civil en la lucha contra el terrorismo.

«A nivel europeo es verdad que la pirotecnia se está convirtiendo en una preocupación para muchos países de nuestro entorno por todas las afecciones que tiene para la seguridad, por los desvíos de las materias, la utilización por parte de mafias, incluso en atentados o para atacar a las fuerzas y cuerpos de seguridad», ha expuesto.

En este sentido, recuerda lo ocurrido en Berlín, donde las autoridades informaron de la detención de 420 personas por disturbios en Nochevieja, con 30 agentes heridos, así como incidentes en Países Bajos e Italia por el uso privado de fuegos artificiales.

«Aquí en España no hay esa problemática; no quiere decir que no haya problemas, pero es verdad que no hay una problemática muy aguda en ninguna de las partes, ni hay robos ni desvíos; no quiere decir que no haya ningún caso, pero no es un problema como para tomar más medidas», ha sostenido.

Mesa de trabajo con el sector y control exhaustivo

El capitán Huerta se remite a la participación de la Guardia Civil en una mesa de trabajo con las empresas del sector en España y en grupos con otros países de la Unión Europea. En este ámbito, España inspira al resto de países para adoptar medidas que aquí se aplican desde hace años.

«Las medidas de seguridad en España, tanto de los explosivos como de la pirotecnia, son muy exhaustivas y se ejerce mucho mayor control que en el resto de países europeos; de hecho, hay muchos países europeos que han adoptado medidas que nosotros ya tenemos en nuestro reglamento», ha indicado.

Vigilancia en otros usos de bengalas y la Operación Signal

El trabajo preventivo de la ICAE de la Guardia Civil se extiende también a otros usos de bengalas, como el ámbito marítimo. La Operación Signal se saldó con 400 inspecciones sobre material potencialmente peligroso y con fecha de caducidad, por lo que su uso en el mar está especialmente vigilado.

«El interés de la Guardia Civil no es poner una infracción, sino que las cosas se hagan bien y que, si en algún caso se detecta algún ilícito penal o administrativo, el guardia civil tenga más herramientas gracias a que se han unificado criterios a nivel nacional», ha recordado el capitán Huerta.

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