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Valencia

La hostelería valenciana podrá cerrar a las 23.30 horas y amplía su aforo interior al 50%

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València, 8 may (EFE).- El Consell ha aprobado este sábado las nuevas restricciones ante la pandemia que entrarán en vigor este domingo, una vez decaiga el estado de alarma, y que contemplan que los establecimientos de hostelería y restauración podrán cerrar a las 23.30 horas y aumentar su aforo interior del 30 al 50 %.

Así se ha acodado en la reunión de la comisión Interdepartamental celebrada este sábado, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) haya avalado la propuesta de la Generalitat para mantener algunas de las restricciones para hacer frente a la pandemia.

Estas medidas, que estarán vigentes hasta el 24 de mayo, incluyen también la limitación de la movilidad entre las 00.00 y las 6.00 horas (hasta ahora el toque de queda se establecía a las 22.00 hora) y fijar en 10 el número máximo de personas en reuniones sociales, tanto en espacios privados como en lugares públicos.

En los establecimientos del hostelería y restauración, el aforo permitido en el interior de local es del 50 %, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores, mientras que en las terrazas al aire libre el aforo es del 100 %.

Los locales deberán estar cerrados a las 23:30 horas, y la ocupación de las mesas serán de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, salvo que sean convivientes.

La distancia entre mesas será de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas exteriores, y el consumo será siempre sentado en mesa, al tiempo que estará prohibido el uso de la barra, fumar o el baile.

Se exceptúan del límite horario de cierre los servicios de hostelería de hospitales y clínicas; de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos; los situados en empresas y lugares de trabajo, en centros educativos o en centros residenciales, y los de áreas de servicio de vías de comunicación.

A partir de la conclusión del horario establecido para establecimientos de restauración y hostelería, éstos podrán continuar su actividad solo y exclusivamente para las personas usuarias de los mismos, hasta su horario de cierre habitual, sin perjuicio de la sujeción al resto de medidas establecidas para los establecimientos de restauración y hostelería.

El toque de queda únicamente podrá incumplirse para la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios o de atención veterinaria; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y el retorno al lugar de residencia habitual.

También en caso de asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies, o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Se limita al 75 % el aforo en los espacios de culto y para reuniones y celebraciones religiosas, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros, así como para otras actividades, como congresos; salas de cine y teatro; atracciones de feria, zoológicos o acuarios.

Este aforo regirá también para los establecimientos y locales comerciales, los mercadillos que desarrollen su actividad en la vía pública al aire libre, y las sedes festeras, que podrán abrir para la realización de sus actividades habituales en las franjas horarias de 10:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 22:00 horas.

En los hoteles, albergues turísticos, casas rurales y otros alojamientos similares, la apertura de zonas comunes podrá ser también de hasta el 75 % del aforo, y se mantiene suspendida la actividad propia de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un aforo limitado al 50 % y un máximo de 50 personas en espacios al aire libre y de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.

En el caso de las ceremonias no religiosas, también podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el 50 % de su aforo, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.

No se permite la realización de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes, y en el caso de otro tipo de eventos de cualquier naturaleza, que puedan implicar aglomeración de personas, el aforo será del 75 %, con un máximo de 500 personas en interiores, y 1.000 al aire libre.

Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla a partir de los seis años, excepto para realizar deporte al aire libre; para el baño y los periodos de descanso antes o después del baño, y los momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

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Valencia

Alerta en el AVE: Adif limita la velocidad en varios puntos entre Madrid, Barcelona y Valencia

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velocidad trenes España
Trenes de alta velocidad de la línea Madrid-Valencia - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

Adif ha levantado las limitaciones generales de velocidad en la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, aunque mantiene restricciones en seis puntos kilométricos concretos, donde los trenes circularán a un máximo de 230 kilómetros por hora, según han informado fuentes del gestor de infraestructuras ferroviarias a Europa Press.

La decisión llega tras una revisión técnica de la infraestructura ferroviaria, en la que se han detectado zonas concretas con incidencias relacionadas con vibraciones en la vía, lo que obliga a aplicar medidas preventivas para garantizar la seguridad de los pasajeros y del material rodante.

Restricciones de velocidad en la línea Madrid-Valencia

En el caso de la línea de alta velocidad Madrid-Valencia, Adif mantiene también limitaciones de velocidad en varios tramos. En concreto:

  • En cuatro puntos de la red, la velocidad máxima está limitada a 160 kilómetros por hora.

  • En otros puntos kilométricos “muy concretos”, la circulación se limita a 200 kilómetros por hora.

Estas restricciones se aplican de forma preventiva mientras continúan los trabajos de análisis y supervisión de la infraestructura ferroviaria.

Nuevas denuncias de vibraciones reportadas por los maquinistas

Fuentes de Adif han señalado que los maquinistas ya han empezado a reportar nuevas denuncias sobre puntos donde perciben vibraciones en la vía. Este tipo de informes son clave para el gestor de infraestructuras, ya que permiten identificar posibles problemas estructurales o de mantenimiento antes de que supongan un riesgo mayor.

Las vibraciones pueden estar relacionadas con diversos factores, como el estado del balasto, el desgaste de los carriles, asentamientos del terreno o problemas en la geometría de la vía. Por este motivo, Adif suele aplicar limitaciones de velocidad temporales mientras se realizan inspecciones técnicas y trabajos de mantenimiento correctivo.

Puntos kilométricos afectados en la línea Madrid-Barcelona

En la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, los puntos donde se aplicará un límite de 230 km/h se sitúan en:

Vía 1:

  • Punto kilométrico 27,160

  • Punto kilométrico 138,600

  • Punto kilométrico 170,950

Vía 2:

  • Punto kilométrico 50,880

  • Punto kilométrico 143,760

  • Punto kilométrico 283,830

Estos tramos representan zonas concretas del recorrido donde se han detectado incidencias o se está realizando un seguimiento especial.

Impacto en los viajeros y tiempos de viaje

Aunque las limitaciones de velocidad pueden generar cierta preocupación entre los usuarios, Adif subraya que se trata de medidas preventivas para garantizar la seguridad ferroviaria. En la mayoría de los casos, el impacto en los tiempos de viaje es limitado, ya que las restricciones afectan a tramos muy concretos y no a todo el recorrido.

No obstante, en situaciones de acumulación de incidencias o si se amplían las zonas afectadas, podrían producirse ligeros retrasos en los servicios de alta velocidad, especialmente en horas punta o en trenes de larga distancia.

Seguridad ferroviaria y supervisión continua

Adif mantiene un sistema de supervisión continua de las líneas de alta velocidad mediante inspecciones técnicas, sensores y reportes de los maquinistas. Este sistema permite detectar anomalías en tiempo real y aplicar medidas correctivas, como limitaciones de velocidad, trabajos de mantenimiento o sustitución de componentes de la vía.

La alta velocidad ferroviaria en España está considerada una de las más seguras del mundo, y este tipo de restricciones forman parte de los protocolos habituales para garantizar la fiabilidad del servicio.

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