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La jornada de reflexión, marcada en València por la final de la Copa del Rey

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VALÈNCIA, 25 May. (EUROPA PRESS) –

La jornada de reflexión de las elecciones municipales de este domingo estará marcada en València por la final de la Copa del Rey que enfrentará en Sevilla al Valencia CF y al FC Barcelona: el alcalde, Joan Ribó, y el candidato de Ciudadanos, Fernando Giner, viajarán hasta la capital andaluza y las alcaldables por el PSPV, Sandra Gómez, y el PP, María José Catalá, lo verán desde el ‘cap i casal’.

Tras los 15 días de campaña, el alcalde y candidato por Compromís a revalidad el cargo, Joan Ribó, viajará hasta Sevilla para asistir a la final copera en el estadio Benito Villamarín, y volverá a València una vez concluya el partido. Giner (Cs) también se sumará a los aficionados valencianistas que se desplazarán a Sevilla.

Por su parte, la socialista Sandra Gómez acudirá por la mañana junto a miembros de su equipo de campaña al Palo Market Fest, en los jardines de Viveros, comerán juntos y por la noche se reunirán para ver el partido de fútbol en las pantallas que ha instalado el club en el cauce del Túria.

María José Catalá, que tiene entrada para acudir a la final al haberle tocado en el sorteo entre los socios del club, se quedará «en principio» en València y se acercará a la ‘fanzone’ del Valencia CF. Después verá el partido, aunque su equipo no ha detallado dónde.

Un día diferente se plantea la candidata de Podemos, María Oliver, que pasará la jornada de reflexión junto al mar, mientras que el aspirante de Vox, José Gosálbez, dedicará el día a pasear, descansar y estar con su familia, y verá el partido por la noche.

VOTACIONES Y NOCHE ELECTORAL
Ya el domingo, el candidato más madrugador será Fernando Giner, que votará a las 10.30 horas. A las 11 horas lo harán Joan Ribó, Sandra Gómez y María José Catalá. A las 12 votarán María Oliver y el candidato de Vox.

Para seguir el escrutinio Compromís optará nuevamente por su sede de la plaza del Pilar, mientras que Podemos también lo hará desde La Morada, en la calle Cádiz y el PP en su sede de la Plaza de América. Vox seguirá los resultados desde su sede del Paseo de Ruzafa.

El PSPV repetirá el escenario elegido para las autonómicas, el Mercado de Tapinería, y Cs ha cambiado de hotel en esta segunda cita, ya que tiene previsto hacerlo en esta ocasión desde el Hotel Senator de València, ubicado en la plaza Manuel Sanchis Guarner.

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La única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones, según una abogada

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10 trucos para pagar menos impuestos
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Qué es el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.

Cómo evitar el pago del impuesto

Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.

Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:

  • Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.

  • Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.

Conclusión

La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.

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