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La jueza deniega la petición de libertad de Eduardo Zaplana por motivos de salud

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La titular del juzgado de instrucción número ocho de Valencia, que investiga el caso Erial, ha denegado la petición del expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana para ser puesto en libertad. La defensa del exministro la solicitó la semana pasada alegando «motivos humanitarios» por la enfermedad que sufre su cliente, leucemia, y reclamaba, como alternativa, un arresto domiciliario.

La Fiscalía Anticorrupción se opone al entender que persiste el riesgo de fuga y la posibilidad de destrucción de pruebas. Además, la juez indica que durante su estancia en la cárcel de Picassent, el expresidente valenciano ha evidenciado encontrarse bien ya que solicitó el uso del gimnasio de la prisión. La magistrada ha denegado así la petición pese a los informes médicos, incluido el forense, que informan negativamente de la permanencia en prisión de Zaplana.

En el auto de prisión del pasado 22 de mayo, la jueza acusó a Zaplana de los delitos de blanqueo de capitales, cohecho, prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraude en la contratación, delito fiscal, falsedad documental, asociación ilícita para delinquir y grupo criminal.

En el caso Erial, el juzgado de Instrucción número 8 de Valencia investiga, entre otras actuaciones, el presunto cobro de comisiones derivadas de la concesión de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV), realizadas en 1997 durante la gestión de Zaplana al frente de la Generalitat, y del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana, puesto en marcha en 2003.

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El Gobierno no se responsabiliza de las víctimas de la vacuna covid: «Se la pusieron voluntariamente»

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El Ministerio de Sanidad se desentiende de las víctimas de la vacuna contra el COVID-19 y ahora rechaza la responsabilidad de la Administración, a pesar de un dictamen específico de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps) que establece por primera vez la relación de causalidad entre la administración de la vacuna Spikevax-COVID-19 de Moderna y la miocarditis grave.

En su respuesta a un procedimiento de reclamación patrimonial, el Ministerio de Sanidad argumenta que cualquier ciudadano que reciba atención médica debe aceptar los efectos adversos derivados de la misma, siempre y cuando haya dado su consentimiento informado. Además, sostiene que la posibilidad de sufrir el daño reclamado fue divulgada por la Aemps al administrarse la vacuna y que ésta fue recibida voluntariamente, por lo que no puede considerarse un daño antijurídico imputable a las administraciones públicas.

Los hechos se remontan a diciembre de 2021, cuando un ciudadano recibió la vacuna contra el COVID-19 tras la imposición del Certificado COVID-19 Digital de la UE en casi todo el país y bajo la premisa de que la vacuna era segura y efectiva. Sin embargo, poco después de la vacunación, comenzaron a manifestarse síntomas alarmantes que llevaron a una hospitalización urgente en la UCI del Hospital.

A pesar de que los médicos inicialmente consideraron un infarto de miocardio, pronto relacionaron los síntomas con la vacuna COVID-19, dada la proximidad temporal con la vacunación. Después de estabilizar al paciente, el diagnóstico final fue miocarditis aguda, probablemente como reacción a la vacuna, según los informes médicos.

Dictamen de la Aemps

Aunque la Aemps reconoce la relación probable entre la vacuna y la miocarditis, el Ministerio de Sanidad se exime de responsabilidad, argumentando que la posibilidad de efectos adversos fue comunicada previamente y que la vacunación fue voluntaria.

El abogado de la víctima critica la falta de información accesible para el público sobre los riesgos reales de la vacuna y señala que la campaña de vacunación del Ministerio de Sanidad transmitía un mensaje de seguridad. Además, destaca la responsabilidad moral del Ministerio en resolver el procedimiento de reclamación, que ha permanecido estancado por más de dos años, a pesar del dictamen de la Aemps.

 

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