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La Real Senyera sale del Ayuntamiento para ser restaurada

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La Senyera facsímil de la bandera de 1545, que preside la procesión del 9 d’Octubre, ha salido esta mañana del Museo Histórico Municipal donde se custodia, para ser trasladada y restaurada en el Instituto Valenciano de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Generalitat.

El alcalde de València, Joan Ribó, ha anunciado la restauración de la bandera que preside la procesión cívica del pueblo valenciano desde el año 1928, y ha avanzado el proyecto de elaborar una nueva réplica de la Senyera del siglo XVI mediante nueva tecnología «que nos facilite acercarnos lo más posible a la Senyera original, y nos permita hacer una bandera fácil de llevar y de preservar para el futuro».

Ribó ha justificado la elaboración de la nueva réplica porque «las banderas no duran eternamente». El año pasado, la Concejalía de Patrimonio Histórico y Artístico firmó un convenio de colaboración con el proyecto Silknow de la Universitat de València, a fin de estudiar la Senyera de 1545, desde el punto de vista de su manufactura, elementos componentes y estado de conservación. Este estudio, cuando esté acabado, ofrecerá información muy valiosa de cara a plantear la creación de una réplica lo más fiel posible al original.

La Senyera ha sido trasladada esta mañana desde el Museo Histórico al Salón de Cristales, donde ha sido extendida, plegada y cuidadosamente envuelta para su transporte hasta la sede del Instituto Valenciano de Restauración, Restauración e Investigación de Bienes Culturales, IVACOR, donde se procederá a su restauración.

La actual enseña es obra del sedero Eduardo Sanchis Romero, réplica de la Real Senyera de 1545, y se conserva actualmente, muy malograda por el paso del tiempo, en el Museo Histórico y, desde 1928, desfila cada año en la procesión cívica del 9 d’Octubre.

 

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Los propietarios de vivienda podrán beneficiarse de una deducción fiscal de hasta 3.000 euros en 2026

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El año fiscal 2026 comienza con buenas noticias para los propietarios de vivienda en España. Un Real Decreto-ley aprobado a finales de 2025 prorroga una serie de medidas económicas y sociales que incluyen importantes incentivos fiscales para quienes realicen obras de mejora de la eficiencia energética en sus inmuebles, permitiendo acceder a una deducción de hasta 3.000 euros en la declaración de la Renta.

La medida, respaldada por la Agencia Tributaria, busca impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario y reducir el consumo energético de los hogares, en línea con los objetivos de sostenibilidad marcados a nivel europeo.

¿En qué consiste la deducción de 3.000 euros?

La deducción más relevante para los propietarios particulares es la que permite desgravar el 40% del importe invertido en obras de eficiencia energética, con una base máxima anual de 7.500 euros, lo que se traduce en un ahorro fiscal directo de hasta 3.000 euros por vivienda.

Esta deducción se aplica tanto a viviendas habituales como a inmuebles destinados al alquiler, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

Requisitos para acceder a la deducción fiscal en 2026

Para beneficiarse de este incentivo, las obras realizadas deben cumplir criterios técnicos muy concretos, entre ellos:

  • Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o

  • Mejorar la calificación energética del inmueble hasta las letras A o B

El cumplimiento de estos objetivos debe estar debidamente acreditado, ya que la Agencia Tributaria exige documentación técnica para validar la deducción.

El papel clave del certificado energético

Uno de los requisitos imprescindibles es disponer de dos Certificados de Eficiencia Energética:

  1. Un certificado previo al inicio de las obras

  2. Un certificado posterior que acredite la mejora obtenida

Este segundo documento deberá haberse emitido antes del 1 de enero de 2027 para que la inversión pueda imputarse correctamente al ejercicio fiscal de 2026. Sin estos certificados, no se reconoce el derecho a la deducción, independientemente del importe invertido.

Atención a la forma de pago: el efectivo no vale

Desde la Agencia Tributaria recuerdan un aspecto que suele generar problemas en muchas declaraciones: los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.

Para que la inversión sea válida, los trabajos deben abonarse mediante:

  • Transferencia bancaria

  • Tarjeta de crédito o débito

  • Cheque nominativo

  • Ingreso en cuenta

Esta exigencia busca combatir la economía sumergida y garantizar la trazabilidad de las operaciones en el sector de las reformas.

Deducción del 60% para edificios residenciales

Además de la deducción individual del 40%, la normativa contempla otra deducción del 60% para actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales completos, también con un límite máximo anual de 3.000 euros por contribuyente.

Esta modalidad está especialmente pensada para comunidades de propietarios que acometan mejoras integrales en fachadas, cubiertas o sistemas comunes de climatización.

Reformas más habituales para alcanzar el ahorro máximo

Las actuaciones que suelen permitir acceder a la deducción máxima incluyen:

  • Sustitución de ventanas por cerramientos de alta eficiencia

  • Mejora del aislamiento térmico en fachadas y cubiertas

  • Instalación de sistemas de aerotermia

  • Renovación de sistemas de calefacción y refrigeración

Además del ahorro fiscal, estas reformas reducen de forma notable el consumo energético y la factura de luz y gas.

Una medida fiscal con impacto social y ambiental

El Gobierno enmarca esta deducción dentro de una estrategia más amplia para reducir la dependencia energética de los hogares, mejorar el confort de las viviendas y avanzar hacia un modelo residencial más sostenible, apoyado en fondos europeos.

Para muchos propietarios, la deducción de hasta 3.000 euros en 2026 supone un incentivo clave para acometer reformas que, de otro modo, se aplazarían.

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