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La vacuna de Oxford es eficaz y segura, según resultados contrastados

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Londres, 8 dic (EFE).- La vacuna contra la covid-19 sintomática desarrollada por la universidad inglesa de Oxford con la farmacéutica AstraZeneca tiene unos niveles de seguridad aceptables y es eficaz, según los resultados preliminares de la Fase 3 de las pruebas clínicas publicados este martes en la revista «The Lancet».

Los expertos de Oxford publicaron hoy, por primera vez, las conclusiones de sus pruebas clínicas, que arrojaron una ausencia de hospitalizaciones o de «enfermedad severa» en los individuos del grupo vacunados.

Estos resultados sobre la eficacia clínica del fármaco (AZD1222) -revisados por otros expertos independientes- proceden del análisis de un grupo pre-específico de la Fase 3 efectuado en el Reino Unido y Brasil con 11.636 sujetos, al que se añade «datos de seguridad» de un total de 23.745 individuos testados en cuatro pruebas desarrolladas en el Reino Unido, Brasil y Sudáfrica.

El equipo de Oxford, liderado por Andrew Pollard y Sarah Gilbert, constató que su vacuna, administrada en dos dosis (preparatoria y de refuerzo), es efectiva en una media del 70 %, si bien la variación en la cantidad de cada dosis incide en el resultado.

Así, cuando se administra media dosis seguida de una dosis completa, el nivel de eficacia de la vacuna asciende al 90 % y desciende al 62 % cuando los voluntarios reciben dos dosis enteras del preparado.

Entre las 23.745 personas inmunizadas, solo tres en un periodo medio de 3,4 meses experimentó «efectos adversos serios» que podrían ser atribuidos a la vacuna, aunque todos se han recuperado o están recuperándose y siguen participando en las pruebas clínicas, explicaron los expertos de Oxford en un comunicado.

«En próximos análisis, con la inclusión de más datos a medida de que estén disponibles, investigaremos diferencias en sub-grupos clave -como los adultos mayores-, diversas etnias, dosis, tiempos de administración de vacunas de refuerzo, y así determinaremos qué respuestas inmunes ofrecen protección ante infecciones o enfermedades», precisó Merryn Voysey, uno de los autores del estudio.

Pollard, por su parte, destacó que «la eficacia de nuestra vacuna» ha excedido los umbrales fijados por las autoridades sanitarias, entre ellas las de la Unión Europea (UE), que aún debe dar su visto bueno a este fármaco.

«Solo lograremos controlar la pandemia si las licencias, fabricación y distribución de estas vacunas puede llevarse a cabo en una escala sin precedentes, y el proceso de vacunación llega hasta los más vulnerables», señaló el científico de Oxford.

La AZD1222 ha sido elaborada a partir de la modificación genética de un virus común de resfriado que afecta a chimpancés, pero que no causa enfermedades en humanos y es capaz de expresar la proteína S del SARS-CoV-2, el coronavirus que provoca la covid.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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