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Consumo

Las mujeres en tratamiento de Reproducción Asistida solo deben vacunarse contra la gripe si son grupo de riesgo

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La campaña de vacunación contra la gripe está en marcha y las mujeres que desean iniciar un tratamiento de Reproducción Asistida se plantean la conveniencia de vacunarse o no. En principio, la vacuna de la gripe se recomienda durante el primer trimestre del embarazo. El Dr. Manuel Muñoz, director de IVI Alicante, indica que “las mujeres que están sometidas a  tratamiento de reproducción deben ser tratadas como el resto de la población, si tiene algún factor de riesgo, por ejemplo: alguna enfermedad crónica (cardiovascular o respiratoria o diabetes) se recomienda la vacuna, pero no es necesaria si no existen alguna de estas circunstancias”.

En las clínicas IVI, los ginecólogos siguen las recomendaciones tanto de las consejerías de Salud como del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, y aconsejan a las embarazadas vacunarse contra la gripe, sobre todo a aquellas cuyo parto esté previsto para invierno. Según el Dr. Manuel Muñoz, “de esta forma se protege a la madre y al bebé de esta cepa durante los primeros meses de vida”.

En su opinión, “la vacuna de la gripe tiene un alto grado de seguridad y no se ha encontrado ninguna reacción adversa; a pesar de ello, se recomienda retrasar la vacunación hasta que finalice el primer trimestre del embarazo como medida de prevención ante posibles efectos secundarios para el bebé”.

Otras vacunas previas al embarazo

Respecto a otras vacunas que preocupan a las pacientes, el Dr. Manuel Muñoz asegura que en los análisis que se realizan previos a los tratamientos de reproducción se incluye el estado de inmunidad para la rubéola y la hepatitis B. “La primera está incluida en el calendario vacunal de las niñas, pero en ocasiones las mujeres adultas no están inmunizadas. En ese caso, se recomienda vacunar y esperar tres meses antes de comenzar el tratamiento de reproducción, ya que la vacuna se administra en conjunto con la parotiditis y el sarampión en la llamada triple vírica”, explica el Director de IVI Alicante.

En cuanto a la vacuna de la hepatitis B, los especialistas de IVI aconsejan que se administre en general en grupos de riesgo, especialmente personal sanitario, pero si no existe ese factor de riesgo, puntualizan que no es necesaria.

Y durante el embarazo… 

Además de la de la gripe, el Ministerio de Sanidad recomienda desde 2015 que las embarazadas se vacunen frente a la tosferina entre las semanas 27 y 36 de gestación. Según el Dr. Manuel Muñoz “se ha demostrado que de esta manera se protege de esta infección respiratoria a los niños menores de tres meses”.

La vacunación antitetánica se recomienda en mujeres embarazadas que no estén vacunadas y según el momento gestacional en que se encuentren se debe suministrar de la siguiente manera: dos dosis vacunales, la primera al menos 60 días antes del parto, y la segunda al menos 20 días después de la primera dosis. Con ello, se protege frente al tétanos neonatal y puerperal. O bien, una única dosis administrada al menos 60 días antes del parto.

En el caso de que la mujer embarazada ya esté vacunada se recomienda una dosis de refuerzo.

Sin embargo, durante el embarazo están “contraindicadas las vacunas del sarampión, rubéola, parotiditis, varicela, desde tres meses antes de la gestación y durante la totalidad del mismo ya que podrían provocar infección fetal”, advierte el Dr. Manuel Muñoz.

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Consumo

Ley de desperdicio alimentario 2026: Descuentos obligatorios en supermercados desde abril

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Los 5 'superalimentos' de moda

La nueva ley contra el desperdicio alimentario entra en vigor este mes de abril y trae importantes cambios que afectan tanto a consumidores como a la hostelería, supermercados y tiendas de alimentación. Entre las medidas destacan los descuentos obligatorios en productos próximos a caducar o con apariencia imperfecta, así como nuevas obligaciones para bares y restaurantes sobre la comida sobrante.


Descuentos en productos “feos” y próximos a caducar

A partir de abril, las grandes superficies (superiores a 1.300 m²) estarán obligadas a dedicar espacios a frutas y verduras imperfectas o “feas”, que presentan formas o tamaños irregulares, ofreciendo precios hasta un 30% más bajos.

Además, los supermercados podrán ampliar los productos en oferta que se acerquen a su fecha de consumo, incentivando a los compradores a aprovechar alimentos cercanos a caducar y reducir el desperdicio. Esto supone un ahorro significativo para los consumidores y fomenta hábitos de compra más sostenibles.


Obligaciones para la hostelería: el derecho al tupper

Los bares y restaurantes deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante en un envase reutilizable o reciclable, sin coste adicional. Los establecimientos tendrán que informar explícitamente sobre este derecho.

Excepciones:

  • Formatos de bufé libre o similares, donde la comida no tiene límite de disponibilidad, quedan exentos según el artículo 8 de la ley.

Donaciones de excedentes y sanciones

La ley también obliga a los establecimientos a promover acuerdos de donación de alimentos sobrantes a organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

  • Las microempresas quedan exentas de esta obligación.
  • El incumplimiento conllevará sanciones.

Educación del consumidor y optimización de etiquetas

La normativa incluye medidas de sensibilización para que los consumidores comprendan las diferencias entre fecha de caducidad y consumo preferente, permitiéndoles planificar sus compras y aprovechar mejor los productos.

Se revisarán las etiquetas para optimizar la información y aumentar el número de alimentos en oferta, reduciendo el desperdicio y fomentando un consumo más responsable.


Entrada en vigor

Según el BOE, la ley entrará en vigor el 2 de abril de 2026, marcando un antes y un después en la lucha contra el desperdicio alimentario en España.

Con estas medidas, los consumidores podrán ahorrar en la compra diaria, disfrutar de descuentos en supermercados, y contribuir a un sistema alimentario más sostenible y consciente.

Desde este jueves 1 de abril de 2026, todo el sector hostelero en España deberá aplicar medidas obligatorias para evitar el desperdicio de comida. La normativa, impulsada por el Gobierno y enmarcada en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, se extiende ahora a todos los bares, restaurantes y servicios de catering.

Qué cambia desde hoy para la hostelería

La ley, que ya afectaba a pequeños establecimientos desde hace un año, se amplía ahora a todo el sector. Esto implica que cualquier negocio de restauración deberá:

  • Adoptar medidas para reducir el desperdicio de alimentos
  • Facilitar al cliente llevarse la comida no consumida
  • Mejorar la gestión de compras y almacenamiento
  • Priorizar la donación de excedentes aptos para el consumo

Esta normativa afecta tanto a grandes cadenas como a negocios locales en ciudades como Valencia.

Objetivo: reducir el desperdicio de comida

El objetivo principal de esta ley es reducir el volumen de alimentos que se tiran cada año, un problema con impacto:

  • Económico
  • Social
  • Medioambiental

España genera miles de toneladas de residuos alimentarios anuales, y una parte importante procede del sector hostelero.

Medidas obligatorias en bares y restaurantes

Entre las principales obligaciones destacan:

1. Ofrecer envases para llevar

Los establecimientos deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante, fomentando prácticas como el “doggy bag”.

2. Planes de prevención

Los negocios tendrán que implantar estrategias internas para optimizar:

  • Compras
  • Conservación
  • Uso de ingredientes

3. Donación de excedentes

Siempre que sea posible, los alimentos no vendidos deberán destinarse a:

  • Bancos de alimentos
  • Entidades sociales

También afecta al catering

La normativa no solo impacta en bares y restaurantes, sino también en:

  • Empresas de catering
  • Eventos y celebraciones
  • Servicios de comida colectiva

Esto supone un cambio importante en la organización de grandes eventos.

Posibles sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas, lo que obliga al sector a adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.

Un cambio hacia un consumo más responsable

La ampliación de esta normativa marca un paso más hacia un modelo de consumo sostenible. El sector hostelero, clave en la economía española, deberá ahora equilibrar rentabilidad y responsabilidad ambiental.

Con esta medida, España se alinea con las políticas europeas de reducción del desperdicio alimentario y refuerza su compromiso con la sostenibilidad.

 

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